Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 02 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 86

Las presentes actuaciones mediante las cuales la Sra. Evangelista González-D.N.I. N 16.108.605, solicita adhesión a la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07; y CONSIDERANDO:
Que, la agente revista actualmente como Personal de Servicios Generales, Carácter Titular, Categoría 15, de la Escuela N 389 "Paso de los Andes", de la localidad de Catua, Departamento Susques, dependiente del Ministerio de Educación.
Que, rola informe de Dirección Provincial de Personal.
Que, interviene la Dirección Provincial de Presupuesto, en forma favorable informando la partida con la que se atenderá el presente.
Que, Contaduría de la Provincia informa que cuenta a la fecha con disponibilidad de crédito.
Que, obra dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, el cual es compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo, del que se desprende que corresponde emitir el acto administrativo pertinente que disponga promover a la Sra. González a la máxima categoría del Escalafón General de la Ley N 3161/74.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Promuévese con retroactividad al 1 de enero de 2023 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N" 3161/74; a la SRA. EVANGELISTA GONZÁLEZ, CUIL N 27-16108605-9, Personal de Servicios Generales, Carácter Titular, Categoría 15, de la Escuela N 389 "Paso de los Andes", de la localidad de Catua, Departamento Susques, dependiente del Ministerio de Educació n, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTÍCULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1, Se atenderá con la partida presupuestaria que a c ontinuación se detalla:
Ejercicio 2023.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325/2022, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la jurisdicción k Obligaciones a Cargo del Tesoro denominada: 1-1-1-1-1-60 Adecuación Ley Nº 5502.ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por. la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Decreto.ARTÍCULO 6.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupue sto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.C.P.N. GERARDO REBUN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8471-E/2023.EXPTE. Nº 1055-1168/07, Agreg. 1055-1169/07.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUN. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rectifícase el Artículo 1 del Decreto N 5926-E-2022 de fecha 27 de junio de 2022, el que quedará redactado como se detalla a continuación, en virtud de lo expuesto en el exordio.
"ARTÍCULO 1.- Autorizase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente N 1055-1168-07, C/ Agregado N 1055-1169-07, caratulado: "PROF. RAMONA DEL V. MORALES CON REPRESENTANTE LEGAL DRA. SILVANA E. ORTEGA PAGO DE DIFERENCIA
SALARIAL POR DESEMPEÑO DE CARGO DE MAYOR JERARQUÍA", con la Partida 03-10-15-1-27-0 "Gastos de Juicio contra el Estado Provincial Fiscalía de Estado", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO REBUN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8528-E/2023.EXPTE. Nº 1090-1720/21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUN. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1, Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente N 1090-1720-21 caratulado "ESCUELA DE
CAPACITACION LABORAL ALBERTO MEDRANO ORTIZ -JARDIN BURBUJITASOLICITA PAGO DE HABERES ADEUDADOS DE ENERO Y
FEBRERO 2020", cuando por derecho corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26-0
"Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023, Ley 6325, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Pr esupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/8/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date02/08/2023

Page count21

Edition count1247

First edition10/01/2018

Last issue09/08/2024

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