Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 24/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 24 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 23

Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- Consultas al 388-4047128.- San Salvador de Jujuy, 08 de Febrero de 2.023.- Dra. ANA ROMINA NEBHEN Prosecretaria.24/27 FEB. 01 MAR. LIQ. Nº 31327 $1.100,00

EDICTOS DE USUCAPION

El Dr. HORACIO JOSÉ MACEDO MORESI, Juez de la Vocalía 10 de la Sala IV de la Cámara Civil y Comercial en el Expte. Nº D-002106/2013:
Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: Valdiviezo, Enrique E. c/ Vergara, Josefa Estela; Luna, Mario y otros procede a notificar la siguiente sentencia: "En la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 26 días del mes de octubre de dos mil veintidós, reunidos en el recinto de la Sala Cuarta de la Cámara en lo Civil y Comercial, sus integrantes naturales los Jueces, Horacio José Macedo Mor esi, la jueza Silvia Elena Yécora y Gustavo Alberto Toro; bajo la Presidencia del primer nombrado, vieron y analizaron el Expte. Nº D- 002106/2013: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles:
Valdiviezo, Enrique E. c/ Vergara, Josefa Estela; Luna, Mario y otros, y su agregado Expte. A-50394/2011 caratulado Medidas Preliminares para Prescribir Valdiviezo Enrique Ejidio c/ sucesores de Desiderio Chocobar y otros, y luego de deliberar; El Juez Horacio José Macedo Moresi, dijo: ANTECEDENTES:
FUNDAMENTOS: RESUELVE: 1 Hacer lugar a la demanda interpuesta en autos por prescripción adquisitiva de dominio promovida por el Sr.
Enrique Ejidio Valdiviezo en contra de Ricardo Roberto Chocobar, Arturo Mateo Nievas, Mercedes Palmira Alderete, Mario Adolfo Luna, Josefa Estela Vergara y Américo José Eduardo Chocobar hoy sus sucesores Maria Rosa Benitez, Eduardo Chocobar, Augusto Chocobar, Silvia Chocobar y Rosana Chocobar y en consecuencia declarar que por la posesión de más de 20 años iniciada el 3 de marzo de 1988, ha adquirido la propiedad del inmueble urbano ubicado en calle Gobernador Tello Nº 17 del Barrio Centro de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Departamento San Pedro, el cual según plano de mensura para prescripción adquisitiva, aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles Nº 10609 de fecha 29-12-2010, parcela parcela 16 - manzana 25 - Circunscripción 1 Sección 1, ubicada en Gobernador Tello Nº 17 Departamento de San Pedro. Tiene las siguientes características: 5,25 metros de frente, 5,17 metros de contrafrente al norte, en el costado oeste en línea quebrada mide: partiendo desde la línea de frente del punto 1 al 6 con ru mbo norte 14,76 metros, del punto 6
hasta dar con la línea del contrafrente punto 5 con rumbo norte 6,70 metros, en el costado este en línea quebrada mide partiendo desde la línea de frente del punto 2 al 3 con rumbo norte 14,67 metros del punto 3 hasta dar con la línea de contrafrene punto 4 con rumbo norte 6,69 metros. Y limita al sud limitando con Gobernador Tello y al norte oeste y este con la parcela 8 Padrón D-3756, encerrando una superficie total de 111,99 metros cuadrados, cuya inscripción se ordena, previa notificación a las partes presentes y publicación de esta sentencia por edictos arts. 540 y 541 del C.P.C: 2 Impon er las costas por su orden.
3 Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se aporte elementos necesarios a tales fines conforme lo dicho en los fundamentos. 4 Firme la sentencia, cúmplase con las inscripciones correspondientes en la Dirección General de Inmuebles a cuyo efectos se extenderá testimonio de esta resolución, el que juntamente con el plano de mensura servirá de título de propiedad el que una vez inscripto deberá ser entregado al interesado, previo pago de las obligaciones fiscales que correspondieren y publicación de esta sentencia por edictos arts. 540 y 541 del C.P.C. y un medio de comunicación radial de amplio espectro en la zona. 5 Regístrese, agréguese copia en autos, notifíquese por cédula, dese intervención a C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas. Firmado Electrónicamente: Jimena Patricia Angel Tapia. San Pedro de Jujuy, 27 de diciembre de 20.- I.- Proveyendo a lo solicitado en el escrito Nº 529944 Dra.
Otaola, María Agustina ordenase la publicación de la sentencia de fecha 26 de octubre de 2022 por edictos, por tres 3 veces, dentro de un período de cinco 5 días, en el boletín oficial y un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble. La publicación deberá contener la designación del Tribunal, secretaría y carátula de la causa, y una descripción pormenorizada del inmueble, su ubicación y sus colindancias. art. 531, 532 y 541 del C.P.C..- II.
III. IV. . V Firmado Electrónicamente: MILENA SOLANA ELGUERO"
17/22/24 FEB. LIQ. Nº 31354 $1.650,00.El Dr. Esteban Javier Arias Cau, Vocal de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Vocalía 3, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en el Expte. N C-136224/19, caratulado: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES EN EXP. PRINCIPAL B195892/08: RUIZ ISABEL MARIA Y OTROS c/ PRIMERA HILANDERIA Y TEJEDURIA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA, procede a notificar a PRIMERA HILANDERIA Y TEJEDURIA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA y toto los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, la providencia que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Junio de 2022. I.- Atento el informe actuarial y lo solicitado por la parte actora en su escrito de fecha 15/06/22, dése a la accionada PRIMERA HILANDERIA y TEJEDURIA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA y todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, por decaído el derecho que dejó de usar y haciendo efectivo el apercibimiento con que fuera emplazado, téngase por contestada la demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C. y 538 Ley 5486, y notifíquese la presente providencia por Edictos y en lo sucesivo Ministerio Ley. II.-No habiendo sido notificadas en persona, oportunamente y si correspondiere, se designará al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en su representación III.- Para la notificación del presente, Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local tres veces en cinco días.- IV.- A tal fin, deberá la parte interesada, presentar las diligencias digitales en bandeja colaborativa del Sistema Integral de Gestión Judicial, para su control y firma. V.- Al pedido de apertura a prueba, téngase presente, hasta tanto se cumpla lo precedentemente dispuesto.- VI.- Notifíquese por cédula. Fdo. DR. ESTEBAN
JAVIER ARIAS CAU-VocalAnte mí: DR. NESTOR DE DIEGO-Secretario.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días en un diario de circulación local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 04 de noviembre de 2.022.22/24/27 FEB. LIQ. Nº 31393 $1.650,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dra. Mirta del M. Vega - Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-042342/2022, Caratulado:
EJECUTIVO: DAVID ALFREDO GONZALEZ C/ OMAR EDUARDO PAREDES, procede a notificar al SR. OMAR EDUARDO PAREDES DNI Nº 16.785.971 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: SAN PEDRO DE JUJUY, 6 DE FEBRERO DE 2023.- AUTOS Y VISTOS: .-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 24/2/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date24/02/2023

Page count47

Edition count1234

First edition10/01/2018

Last issue12/07/2024

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