Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Noviembre, 23 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 131

14/16/18/23/25 NOV. LIQ. Nº 30509 $1.593,00.-

EDICTOS DE MINAS
El Dr. Pablo Gabriel Read, Juez Administrativo de Minas, en el Expte. Nº 1313-M-2009 ha dispuesto la publicación de Resolución Nº 57-J-2022 de la CONCESIÓN de la MINA denominada CHICO VI sobre una superficie de MIL CUATROCIENTAS HECTÁREAS CON 18 AREAS 1.400,18 ha., en el Distrito Olaroz, Departamento SUSQUES de esta Provincia, para explotación de mineral de PRIMERA CATEGORÍA LITIO y BORATO, a favor de PABLO MONCHOLI, DNI 25.846.687, CUIT 20-25846687-0, sobre terreno de propiedad de la COMUNIDAD ABORÍGEN DE OLAROZ CHICO informes de Dirección Provincial de Inmuebles, fs. 54, en territorio ocupado por la COMUNIDAD ABORÍGEN DE OLAROZ CHICO informe Secretaría de Pueblos Indígenas, fs. 60, en los que no se registran solicitudes de adjudicación individual Informe de Instituto Jujeño de Colonización, fs. 56 Arts. 2, 3, 45, 46, 50, 76 y concs. del CM, Art. 54, 55 y 57 del CPM, conforme ubicación dada por Registro Gráfico a fs. 34, con las siguientes coordenadas: P.1: X7416077
Y3424082,14; P.2: X7422373,77 Y3424082,14; P.3: X7422373,77 Y3427015,05; P.4: X7419173,77 Y3427015,05; P5 X7419173,77 Y3425572,88; P6
X7416077 Y3425572,88; inscripta INHIBICIÓN VOLUNTARIA del concesionario de realizar actos de disposición o gravamen sobre la propiedad minera, en virtud de contrato de exploración celebrado, por el plazo de cuarenta y dos 42 meses, a partir de la Aprobación del Informe de Impacto Ambiental;
encontrándose acreditados los extremos de ley y cumplimentado el Art 28, punto 1. c del Dec. Nº 5772-P-2010 reglamentario de la Ley 5063 General del Medio Ambiente - Resolución DMyRE Nº 030/2022 del 21/04/2022 aprobatoria de Informe de Impacto Ambiental Etapa de Exploración - a fin que toda persona que se considere con interés, deduzca sus pretensiones en el plazo de SESENTA DÍAS 60 días contados desde la última publicación y bajo apercibimiento de no ser oídos vencido dicho plazo.- Publíquese por tres 3 veces en quince 15 días, en el Boletín Oficial y un Diario Local.- San Salvador de Jujuy, 1 de noviembre de 2022.23/30 NOV. 09 DIC. LIQ. Nº 30648 $1.482,00.-

EDICTOS DE USUCAPION

Dra. Elba Rita Cabezas, Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Presidente de trámite en el Expte. N
C-196236/22 caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: BOLIVAR HUGO ALFREDO c/ ESTADO PROVINCIAL, notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, individualizado como: Circunscripción 2, Sección 2, Parcela S/Nº, Padrón I-S/Nº, ubicado en La BandaMaimará. Dpto. de Tilcara de esta Provincia, de propiedad del Estado Provincial, la siguiente providencia: SAN SALVADOR DE
JUJUY, 04 de octubre de 2022. II.- Atento constancias de autos e informe actuarial que antecede, córrase traslado de la presente demanda al ESTADO
PROVINCIAL, y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren Art. 298 del C.P. Civil, Art. 531º del C.P. Civil - Conf. modificación Ley 5486.
Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley. III.- A efectos de la notificación de todos los que se consideren con derecho, publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. IV.- Además deberán exhibirse los edictos en la Municipalidad de Maimará. Transmitir mediante radiodifusión local de Maimará, durante treinta días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva conf. Art. 535º del C.P.Civilmodif. Ley 5486. V.Conforme lo dispuesto por el Art. 536º del C.P. Civilmodif. Ley nº 5486, cumpla la actora con la colocación del cartel indicativo conteniendo los datos de la demanda de usucapión, con actuación del Sr. Juez de Paz de Maimará. VI.- X.-Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. ac Fdo: Dra. Elba Rita Cabezas-JuezAnte Mí: Dra. María Josefina BustamanteProsecretariaPublíquense Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos Art. 162 el C.P.C..- San Salvador de Jujuy, 28 de octubre de 2022.16/18/23 NOV. LIQ. Nº 30532-30527 $1.350,00.SALA I CAMARA CIVIL Y COMERCIAL VOCALIA N 3, en el Expte. N C- 178662/2021, Caratulado: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE
INMUEBLES EN EXPTE. PRINCIPAL N B-260374/2011: ALARCON, BARTOLA c/ JOSE SEVERO ZURUETA, notifica a quienes se consideren con derechos, la siguiente PROVIDENCIA: San Salvador de Jujuy, 11 de Junio de 2021. I.- Habiéndose cumplimentado con las medidas preparatorias, CITASE COMO TERCEROS en los términos del Art. 534º del C.P.C conforme modificación Ley Nº 5486, al ESTADO PROVINCIAL, MUNICIPALIDAD
DE PALPALA y a los colindantes JUAN ESTEBAN ORTIZ, MODESTA CARRAZANA, PAULINA CUSSI, LEOPOLDO FIGUEROA, ALEJANDRO
CASTILLO, DIONICIA ANTONIA CRUZ, HILDA ESTER ARMELLA, ANGEL ARIEL ARMELLA, GLADYS NELIDA ARMELLA, JUAN JOSE
MARTINEZ en los domicilios denunciados en las medidas preparatorias a fs. 104, para que comparezcan en el plazo de QUINCE DIAS de ser notificados a fin de que tomen conocimiento del juicios y si consideraren afectados sus derechos, su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. II.Publíquense edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local y se transmitir mediante radiodifusión local por treinta días debiendo acreditar con la certificación pertinente. conf. Art. 535º del C.P.C - modif. Ley 5486, a los fines de que comparezcan aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende prescribir. III.- Cumpla la parte actora con la colocación del cartel indicativo conteniendo los datos de la demanda de usucapión, con actuación del Sr. Oficial de Justicia art. 536º del C.P.C - Modif. LEY 5486, a cuyos efectos líbrese el pertinente mandamiento. IV.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el día siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. V.- Notifíquese por cédula. Fdo:
Dr. ESTEBAN J. ARIAS CAUVocal - Ante mi: Dra. SOFIA JEREZSecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.18/23/25 NOV. LIQ. Nº 30520 $1.350,00.SALA II CAMARA CIVIL Y COMERCIAL VOCALIA N 6, en el Expte. N C- 160843/2020, Caratulado: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE
INMUEBLES EN EXPTE PRINCIPAL N C-006277/2013: ALANCAY, ESTER CATALINA c/ PEDRO SERRUDO MERCADO, notifica a quienes
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date23/11/2022

Page count39

Edition count1245

First edition10/01/2018

Last issue05/08/2024

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