Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/6/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Junio, 03 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 62

interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago.-2º Imponer las costas al demandado vencido Art. 102 del C.P.C.3º Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente, hasta tanto quede firme la presente, se practique y apruebe en autos planilla general de liquidación.-4º Notificar por edicto y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley Art.154 del C.P.C..- 5º Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.Fdo: Dra. Marisa Eliana RondonJuez HabilitadaAnte Mí: Dra. Carolina Andrea Farfán Prosecretaria T. De Juzgado.- Publíquense en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 17 de Septiembre de 2.021.30 MAY. 01/03 JUN. LIQ. Nº 28450 $1.350,00.Dr. Miguel Ruiz Cointte, Actuario Titular de la Secretaria N 16 del Juzgado C. y C. N 8 del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D024059/18 caratulado: Ejecutivo: SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO S. A. c/ ARNALDO ELOY CUELLAR hacer saber que el Sr. Juez de la causa ha dictado la sgte. Resolución: San Pedro de Jujuy, 05 de marzo de 2020.: Autos y Vistos Resulta Considerando Resuelve: I. - Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra del Sr. Arnaldo Eloy Cuellar, D.N.I. N 23.307.627, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON 76/100 $35.198,76.- Dicho monto devengara desde la mora de la deudora 10/04/18 hasta su efectivo pago, un interés a la tasa activa promedio que mensualmente cobra el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta días.- II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada art.102 del C.P.C..- III.- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente, hasta tanto se cuente con planilla de liquidación definitiva acda. N 30/84 del Excmo. S.T.J. y art.58, ley 6.112.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado con respecto a la constitución de domicilio legal, notificándose al accionado en lo sucesivo por ministerio de ley.- V.- Notificar por cedula, protocolizar, hacer saber y dar copia, fdo. Dr. Matías Leonardio Nieto-JuezAnte miDra. Alicia M. AldonateSecretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 22 de Diciembre de 2021.30 MAY. 01/03 JUN. LIQ. Nº 28451 $1.350,00.Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-139632/19 caratulado:
EJECUTIVO: COMPAÑÍA ARGENTINA S.A. c/ ORTEGA JORGE LUIS, hace saber al Sr. ORTEGA JORGE LUIS, el siguiente decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DE JULIO DE 2019.- Por presentado la DRA. ANALIA ELIZABETH ALMAZAN en nombre y representación de COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A. a merito de poder general para juicios que en copia juramentada acompaña, por parte y por constituido domicilio legal. De conformidad con lo dispuesto por los Art,472 inc.4,478 del C.P.C. líbrese mandamiento de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO
en contra del SR. JORGE LUIS ORTEGA D.N.I. N 31.442.603 en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS: TREINTA Y SIETE MI L CATORCE
CON 39 CTVOS. $37.014,39 en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS: DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SIETE CON 19 CTVOS
$18.507,19 calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso expreso monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante. Cít eselos de Remate a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.
Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo antes señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio l egal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por minister io de ley art.52 del C.P..C.Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. A tal fin comisiónese para el cumplimiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda con la facultad de allanar domicilio y requerir auxilio de la fuerza pública si fuera necesario, A tal fin líbrese mandamiento. Notifíquese por art.154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Marisa E. RondonJuezAnte Mi. Dra. Gabriela Montiel-Firma Habilitada.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días, en conformidad con lo dispuesto en el art. 162 del C.P.C., bajo apercibimiento de designar a indefensor oficial de Ausentes.- Secretaria Habilitada: Dra. Gabriela E. MontielFirma Habilitada.- San Salvador de Jujuy ,28 de Octubre del 2.020.30 MAY. 01/03 JUN. LIQ. Nº 28453 $1.350,00.La Dra. María Margarita Nallar, Juez del Tribunal en lo Criminal N 3 de la Provincia de Jujuy, en la causa N 2618/19: NIETO, ANGEL GUSTAVO, p.s.a.
Lesiones Graves Culposas Agravadas por la conducción un vehiculo con motor-Perico, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 203 del C.P.P., procedo por el presente notificar a ÁNGEL GUSTAVO NIETO: argentino, D.N.I. N 34.605.671, desocupado, alfabeto, hijo de Sandra Noemí Páez y de Juan Ángel Nieto, nacido el 05 de abril de 1990 en Ledesma, con último domicilio conocido en calle Ricardo Vilca N 444- 100 ViviendasDuplexde la Ciudad Perico; que en la causa de mención ha recaído el siguiente proveído que dice así San Salvador de Jujuy, de Mayo de 2.022.- Atento a que el imputado ÁNGEL GUSTAVO NIETO no reside en el último domicilio real denunciado conforme surge del informe de fs. 278 y 303, cítese al mismo por Edict os para que comparezca en el plazo de cinco días contados desde la última publicación, ante este Tribunal a constituir domicilio legal y denunciar su actual domicilio real, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su detención Arts. 114, 120 y 203 del C.P.Penal.- Notifíquese.- Fdo. Dra. María Margarita Nallar, Pte. de Trámite, Ante mi Dr. Rodrigo J. BurgosPro Secretario.- Secretaria del Tribunal Criminal N 3, 23 de Mayo de 2.022.30 MAY. 01/ 03 JUN. S/C.Dra. Marisa Eliana Rondon, Juez Habilitada en lo Civil y Comercial de Primera Instancia del Juzgado N 6 Secretaria N 11, en el EXPTE. C-13963.4/2019, caratulado: Ejecutivo: COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S.A. c/ RODRIGUEZ ALDO OMAR.- cita y emplaza al demandado SR RODRIGUEZ, ALDO OMAR D.N.I. 20.261.339 mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Veintisiete Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 65/100
$27.461,65 en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Cinco Mil Cuatrocientos Noventa y Dos $5.492 calculadas provisoriamente para responder a ulteriores del presente juicio. En defecto de pago se lo cita de REMATE para que en el termino de cinco días concurra este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevar adelante esta ejecución y por igual termino deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarse en lo sucesivo por ministerio de la ley Arts. 52del C.P.C. y de nombrarle en caso de incomparecencia al Defensor de Pobres y Ausentes que por turno corresponda con quien se seguirá el juicio Art 474 del CPC. Notifíquese por cedula.
Fdo. Dra. Marisa Eliana RondonJuez HabilitadaAnte Mi-Dr. Fabián Carlos LemirFirma Habilitada.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia de tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 15 de Julio de 2.021.01/03/06 JUN. LIQ. Nº 28446 $1.350,00.Dr. Miguel Ruiz Cointte, Actuario Titular de la secretaria N 16 del Juzgado C. y C. N 8 del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D029167/19 caratulado: EJECUTIVO: COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA S. A. c/ JULIO ZENON FLORES hacer saber que el Sr. Juez de la causa
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/6/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date02/06/2022

Page count28

Edition count1244

First edition10/01/2018

Last issue02/08/2024

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