Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 27 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 48

EDICTOS DE USUCAPION

El Dr. Esteban Arias Cau Vocal Pte. de trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. N 3, en el Expte. C-194469/22 Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ARTURO ROBERTO HUMACATA c/MARÍA FLORES DE VALDIVIEZO, procede a notificar la presente providencia: San Salvador de Jujuy, 3 de marzo de 2022. I.- Por presentada a la Dra. Vilma Viviana Quiroga, por constituido domicilio y en representación del Sr. ARTURO ROBERTO
HUMACATA, a mérito de la copia de poder agregada en autos y debidamente juramentada. II.- Habiéndose cumplimentado con las medidas preparatorias y atento el estado del trámite, citase como terceros en los términos del Art. 534 del C.P.Civil conforme modificación Ley N 5486, al ESTADO PROVINCIAL, MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY y a los colindantes Sres. DESIDERIO ONTIVEROS y JUAN ALEJANDRO CAMARGO, en los domicilios denunciados en la Medida Preparatoria, para que comparezcan dentro de los quince días de ser notificados a fin de que tomen conocimiento del juicio y si consideraren afectados sus derechos, su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. III.- Publíquese edictos por tres veces, dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local y se transmitirá mediante radiodifusión local por treinta días debiendo acreditar con la certificación pertinente. conf. Art. 535º del C.P.Civilmodif. Ley 5486, a los fines de que comparezcan aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende prescribir. V.- Asimismo conforme lo dispuesto mediante providencia de fs.128penúltimo párrafo, cumpla la parte actora con la colocación del cartel indicativo conteniendo los datos de la demanda de usucapión, con actuación del Sr. Oficial de Justicia art. 536º del C.P.CivilModif.
Ley N 5486, a cuyos efectos líbrese el pertinente mandamiento. V.- Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VI.- Atento a lo normado en el último párrafo del artículo mencionado 1905, 5 y 7 del Código Civil de la República Argentina y Art .275 y ccs.
del C. P. Civil de la Provincia PREVIA FIANZA PERSONAL, dispóngase la anotación litis del inmueble objeto de la presente causa individualizado como:
Matricula A-41430, Padrón A-33978, Circunscripción 1, Sección 13, Manzana 137, Parcela o Lote 4, ubicado en Barrio Mariano Moreno, Villa Cerro Las Rosas de ésta Ciudad de San Salvador, de propiedad de la Sra. MARIA FLORES DE VALDIVIEZO.- VII.- A tales fines, líbrese oficio a la DIRECCION
PROVINCIAL DE INMJEBLES, facultándose para el diligenciamiento a la Dra. Vilma Viviana Quiroga y/o la persona que ella misma designe.- VIII.Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau, Pte. de trámite, ante mi Dr. Néstor de Diego Secretario.- San Salvador de Jujuy 03 de Marzo de 2022.22/25/27 ABR. LIQ. Nº 27552 $1.350,00.El Dr. Esteban Arias Cau Vocal Pte. de Tramite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. N 3, en el Expte. C-051390/15 Prescripción Adquisitiva GOMEZ ISABEL JULIA Y OTROS c/ PRIMERA HILANDERIA Y TEJEDURIA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA, procede a notificar el presente Providencia: San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre de 2021.- I.- Atento el informe actuarial que antecede dése a la accionada PRIMERA HILANDERIA y TEJEDURIA JUJEÑA SOCIEDAD MIXTA por decaído el derecho que dejó de usar, haciéndose efectivo el apercibimiento con que fuera emplazado, téngase por contestada la demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos art. 162 del C.P.C..- San Salvador de Jujuy, 28 de octubre de 2021.22/25/27 ABR. LIQ. Nº 27494-27491 $1.350,00.Dr. Jorge Daniel AlsinaVocal de Cámara en lo Civil y Comercial, Sala II, Vocalía 5, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. TELESFORA MAMANI
DE RIOS, que en el Expte. Nº B-251701/11: caratulado: Prescripción Adquisitiva en el EXPTE. Nº B-200.882/08: PUCA, ESTEBAN ABEL c/MAMANI DE
RÍOS, TELESFORA se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 21 de Marzo de 2022.- I.- Proveyendo a la presentación de fs. 160:
Atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado por el Dr. Tomas Agustín Snopek y en virtud de lo previsto por el Art . 298- 2 apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda a la accionada TELESFORA MAMANI DE LOS RIOS.- II.- En virtud de ello, notifíquese a TELESFORA
MAMANI DE LOS RIOS mediante Edictos, los que se publicarán por tres veces en cinco días en el boletín oficial y un diario local, debiendo la actora correr con la confección de los mismos para su posterior control y firma por Secretaría.- III.- Firme, se designará como representante de la misma al Defensor Oficial Civil que por turno corresponda.- IV.- Actuando en autos el principio contenido en los Arts. 50 y 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar los edictos correspondientes, para su posterior control y firma del Tribunal.- V.- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel AlsinaVocal.
Ante mí Dra. Aixa YazlleProsecretaria.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local, por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 29 de marzo de 2022.25/27/29 ABR. LIQ. Nº 27736 $1.350,00.Por la presente se le hace saber que en el Expte. C-170468/2020: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-121242/18: SALAS
TERESA: SALAS PABLO POLICARPO; FLORES DE SALAS CRUZ MARIA, radicado en la Sala I Voc. 3 de la Camara Civil y Comercial, se ha dictado lo siguiente San Salvador de Jujuy, 10 de marzo de 2022.VIICitase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como MATRICULA A-28097 - PADRON A-24984 - PARCELA 9- CIRC. 1- SECC. 6- MZA. 76 y 2 MATRICULA A-28098- PADRON A24985- PARCELA 10- CIRC. 1 -SECC. 6- MZA. 76, ambos ubicados en calle Armonía nº 192, Barrio Chijra de esta ciudad, a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del termino de quince dias hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. IV.- De conformidad a lo normado por el art. 535 del C.P.C., notifíquese el presente proveído mediante edictos por tres veces dentro del periodo de cinco días en el boletín oficial y un diario local, haciéndole saber a la parte actora que deberá acreditar con la certificación respectiva, la exhibición de los edictos en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y transmitir mediante radiodifusión local, durante treinta días. V.-; VIFdo. Dr. José Alejando López IriarteJuezAnte mí: Dra. Eleonora A. Calluso-Prosecretaria-.
25/29 ABR. 02 MAY. LIQ. Nº 27851-27945 $1.350,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date27/04/2022

Page count30

Edition count1228

First edition10/01/2018

Last issue28/06/2024

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