Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 11 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 29

CONTRATOS - CONVOCATORIAS ACTAS
Conforme a lo dispuesto por los Art2, 6. 50, 61, 62, 102, 103, 104 y 105 del Estatuto Social y del Reglamento Electoral, el CLUB ATLETICO GIMNASIA Y
ESGRIMA DE JUJUY, convoca a sus asociados para el día 19 de marzo del 2022
a horas 09,00 fijada para el primer llamado y a horas 10,00 para el segundo llamado, en la sede de la institución, sito en calle Humahuaca nº 95 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a la Asamblea Ordinaria para tratar el siguiente orden del día: a.- Elección de dos 2 socios para que refrenden el acta juntamente con el presidente y el secretario general.- b.- Lectura y aprobación del acta de asamblea ordinaria anterior.- c.- Lectura, consideración y Aprobación de la memoria y balance año 2020; aprobación del informe de la Comisión Revisora de Cuentas año 2020; aprobación de la gestión año 2020; aprobación de la gestión de la Comisión revisora de cuentas año 2020. Todo correspondiente al Ejercicio económico:
iniciado el 01 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020.- d.- Elección para la renovación de Comisión Directiva: Vicepresidente 1, Vicepresidente 3, Secretario General, ProTesorero, Vocal Titular 1, Vocal Titular 3, Vocal Titular 5, Vocal Suplente 2; Vocal Suplente 4 y Vocal Suplente 6. Todos esos cargos por el mandato de 4 años de Diciembre del 2021 a Diciembre del 2025. Comisión Revisora de Cuentas: Miembro Titular 1, Miembro titular 2, Miembro titular 3.
Todos estos cargos por el mandato de 2 años de Diciembre del 2021 a 2023. A los fines del proceso eleccionario se establece el siguiente cronograma electoral: Día 04 de marzo de 2.022: Presentación en la sede de la institución de lista de candidatos desde horas 09,00 hasta horas 18,00, con elección de color, nombre de la misma y modelo del voto, constitución de domicilio y designación de apoderado, con los avales requeridos por el reglamento electoral. Día 07 de marzo de 2.022:
Oficialización lista de candidatos. Día 08 de Marzo de 2.022: Subsanación de errores y reemplazo de nombres de candidatos listas no oficializadas. Día 08 de marzo de 2.022: Designación por Asamblea Extraordinaria de los miembros de la Junta Electoral. Día 19 de marzo de 2.022: a.- Realización del acto eleccionario de 11,00 hs. a 18 hs. en la sede del Club, sito en calle Humahuaca nº 95, b.Escrutinio de 18 hs. a 20 hs. c Proclamación de candidatos a hs. 20,30.
Observaciones: conforme los dispone el Estatuto del Club Atlético Gimnasia y Esgrima de Jujuy, podrán ser candidatos todos aquellos socios activos mayores de 22 años de edad que tengan por lo menos un 1 año de antigedad, tener la cuota societaria al día y no estar cumpliendo sanciones disciplinarias.-Fdo. Walter Fabián López-Presidente.21/23/25 FEB. 02/04/07/09/11/14/16 MAR. LIQ. Nº 27071-27044 $3.628,00.En la ciudad de San Salvador de Jujuy a los 04 días del mes de marzo del año 2022 en la Sociedad GRAN HOTEL PANORAMA S.A. en Belgrano 1295 y en cumplimiento de la convocatoria efectuada oportunamente y con la presencia de los Directores Sres. WALTER JAIME y JUAN CARLOS ABUD ROBLES de acuerdo al acta de designación publicada en boletín oficial oportunamente y siendo las 18 hs. se reúnen para dar tratamiento al orden del día de la reunión de directorio según el siguiente orden del día: A convocatoria a asamblea ordinaria para el día 24 de marzo del 2022 a hs 18 a los efectos de tratar el siguiente orden del día:
Distribución de dividendos en los términos del articulo 68 y 224 de la ley 19550.En un todo de acuerdo resuelven llevar adelante la convocatoria en los términos del inciso precedente, no siendo para mas se da por concluida la presente reunión ordenando su publicación en el boletín oficial a sus efectos y en cumplimiento de las exigencias legales pertinentes, siendo las 19 hs se da por concluida la reunión.Fdo. Walter JaimePresidente.09/11/14 MAR. LIQ. N 27238-27246-27248-27249 $2.700,00.Escritura Número Seis 6.- Sección "A".- Modificación de Estatuto de "BIENES
S.R.L."- Cesión de Cuotas Sociales de "BIENES S.R.L." Nuda propiedad con reserva de usufructo: PEDRO VIRGILIO BELLOMO A FAVOR DE PEDRO
ALBERTO BELLOMO TERRÓN Y OTROS: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los Seis días del mes de Febrero del año dos mil dieciocho, ante mí, Maria Cristina Palacios, Escribana Titular del Registro número dieciséis, comparecen, por una parte PEDRO VIRGILO BELLOMO, Documento Nacional de Identidad número 8.171.038, CUIT 20-08171038-5, nacido con fecha 27/01/1945, de profesión ingeniero civil, acompañado por su cónyuge en primeras nupcias, la señora HERMINIA HONORIA TERRÓN, Documento Nacional de Identidad número 4.770.529, nacida con fecha 27/02/1944, ambos domiciliados en calle Coronel Arias número 421 del Barrio Ciudad de Nieva de esta Ciudad; y por la otra lo hacen los señores, PEDRO ALBERTO BELLOMO TERRÓN, Documento Nacional de Identidad número 23.581.333, CUIT 20-23581333-6, nacido el 17/11/1973, licenciado en administración de empresas, casado en primeras nupcias con María Belén Jenefes, domiciliado en calle Pasquini López número 318, Barrio Alto La Viña de esta Ciudad, JOSÉ ADRIAN BELLOMO TERRON, Documento Nacional de Identidad número 26.793.951, CUIT 23-26793951-9, nacido el 19/12/1978, casado en primeras nupcias con Silvana Lis Labarrere, arquitecto, domiciliado en calle Las Espuelas sin número, lote 2, manzana AP4, Barrio Bajo La Viña de esta Ciudad, LUCIANO BELLOMO
TERRON, Documento Nacional de Identidad número 26.232.266, CUIT 20-26232266-2,
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nacido el 26/09/1977, empresario, casado en primeras nupcias con María Pía Izquierdo, domiciliado en calle El Lapacho número 199, Barrio Los Perales de esta Ciudad, y la señorita, MARÍA PAULA BELLOMO TERRÓN, Documento Nacional de Identidad número 32.629.930, CUIL 27-32629930-3, soltera, nacida con fecha 18/04/1987 por lo tanto de 30 años de edad-, de profesión Licenciada en Filosofía, domiciliada en calle República del Uruguay número 1851, Barrio 23 de Agosto de esta Ciudad. Todos argentinos. Personas a quienes individualizo y son de mi conocimiento, las que declaran bajo juramento que a la fecha, no se registran sobre ellas restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad. Intervienen por sus propios derechos, y el señor Pedro Alberto Bellomo Terrón lo hace además en nombre y representación y en su calidad de socio gerente de la sociedad denominada BIENES S.R.L., CUIT 30-70871359-3, con domicilio de su sede social en calle Belgrano número 1387 de esta Ciudad, con los datos de constitución e inscripción que se relacionan seguidamente, documentación de la que a la vez, surge la calidad invocada y sus facultades suficientes para este acto.- I
Exposición: El señor Pedro Virgilio Bellomo expone: I.1. Que es titular de Doscientas Cincuenta 250 cuotas sociales, con un valor nominal de Pesos Cien $100,oo cada una, es decir por un total de Pesos Veinticinco Mil $25.000,oo, de la sociedad de responsabilidad limitada denominada "BIENES S.R.L cuyo contrato social y estatuto fuera otorgado mediante escritura número 26 de fecha 12 de mayo de 2003, autorizada por mí al folio 78 del protocolo de dicho año, e inscripto en el Registro Público de Comercio hoy Registro Público de esta Provincia, al folio 283, Acta 271 del Libro II de "SRL", y a los folios 268/277, y bajo Asiento 29 del Legajo VII de SRL del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 02 de julio de 2007; habiéndose otorgado un aumento de capital mediante Escritura número 104 de fecha 06 de noviembre de 2013, autorizada por mí al folio 259, del protocolo de dicho año, la que fuera inscripta en el Registro Público de Comercio hoy Registro Público de esta Provincia bajo Asiento Nº 21, a los folios 92 a 105, del Legajo XVII, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL, con fecha 23/04/2014. I.2. Que las mencionadas cuotas sociales se encuentran totalmente integradas, y que el capital de la sociedad asciende a la suma de $100.000,00.- I.3. Que sobre las mencionadas cuotas sociales no se registra ningún género de gravámenes, restricciones o derechos reales. I.4. Que el número de cuotas de las que es titular le impide dividirlas en las cantidades que necesita a los efectos de este acto, sin fraccionarlas, por lo que a fin de poder continuar con el otorgamiento de la cesión que se instrumentará en esta escritura, es necesario previamente dejar modificada y consecuentemente salvada esta cuestión, a cuyos efectos cuenta con la conformidad de los restantes socios.- II Modificación del Estatuto: En base a lo expuesto precedentemente, los señores, Pedro Virgilio Bellomo, Pedro Alberto Bellomo Terrón, José Adrián Bellomo Terron y Luciano Bellomo Terron, socios integrantes de BIENES
S.R.L. y quienes representan la totalidad del capital social de dicha sociedad, resuelven por unanimidad modificar la cláusula TERCERA de su estatuto, la que a partir de ahora, queda redactada de la siguiente forma: TERCERA: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Cien Mil $100.000,oo, dividido en 2000 Cuotas de Pesos Cincuenta $50,oo cada una. La sociedad podrá exigir cuotas suplementarias de capital, hasta un monto máximo equivalente a cinco 5 veces el capital actual, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 160 de la Ley de Sociedades vigente. La forma en que este capital es aportado e integrado por los socios se establece en el capítulo "I.4" del presente instrumento.- Por lo demás quedan sin modificación alguna las restantes cláusulas del contrato y estatuto social de la mencionada sociedad.- III
Cesión: III.1.Objeto: El señor Pedro Virgilio Bellomo -en adelante denominado el cedente-, Dice: que siendo ésta su voluntad, por este instrumento, Cede y Transfiere a Título de Donación a favor de los señores PEDRO ALBERTO BELLOMO TERRON, JOSÉ ADRIÁN BELLOMO TERRON, LUCIANO BELLOMO TERRON y MARIA
PAULA BELLOMO TERRON en adelante denominados los cesionariosla Nuda Propiedad de la totalidad de las cuotas sociales antes individualizadas, en partes iguales
es decir, conforme la modificación que se acaba de efectuar, ciento veinticinco 125
cuotas sociales a cada uno de ellos-, Reservandose El Usufructo Vitalicio sobre las mismas. Agrega que la presente cesión-donación es gratuita y sin cargo alguno, y que la misma debe ser considerada como un anticipo de la porción hereditaria legítima de los cesionarios, quienes son sus únicos hijos. III.2. Aceptación: Por su parte, los cesionarios manifiestan: que Aceptan la presente cesión en los términos establecidos, subrogándose, en todos los derechos y obligaciones correspondientes a la participación del socio cedente en BIENES S.R.L., cuyo contrato social y estatuto declaran conocer y aceptar.
Agregan que agradecen la liberalidad que les acaba de efectuar su padre. III.3.
Conformidad-Derecho de Preferencia: El señor Pedro Alberto Bellomo Terrón, en su calidad de gerente de Bienes S.R.L., manifiesta: que con fecha anterior al presente instrumento, la sociedad ha sido debidamente Notificada de la intención de efectuar la cesión de cuotas sociales a favor de la señorita MARIA PAULA BELLOMO TERRON, lo que a su vez fue comunicado a los restantes socios, no teniendo objeción alguna con la misma y renunciando a ejercer el derecho de preferencia a adquirir las cuotas en cuestión, establecido en la cláusula NOVENA del estatuto social.-Por su parte, los señores, José Adrián Bellomo Terrón, Luciano Bellomo Terrón, y Pedro Alberto Bellomo Terrón en sus calidades de socios de Bienes S.R.L., expresan su total conformidad con la cesión efectuada a favor de su hermana, la señorita Paula Bellomo Terrón, y con su incorporación a la sociedad, renunciando a ejercer el derecho de preferencia a adquirir las cuotas en cuestión, establecido en la cláusula NOVENA del estatuto social. III.4. Pacto Sobre Ejercicio de Derechos: En este estado, nudos propietarios y usufructuarios pactan que los derechos que le corresponden al Usufructuario respecto de las cuotas cedidas son: a A percibir las utilidades correspondientes a la participación societaria que se cede, incluidas las del ejercicio económico en curso. b A percibir las utilidades por cuotas que provengan de todo tipo de capitalización, como ser capitalización de utilidades antes no distribuídas, de reservas, revalúos contables o cualquier otra causa. c A percibir cualquier otro beneficio económico que otorgue la sociedad a sus socios. d A participar con voz de todas las asambleas reuniones de socios ordinarias y extraordinarias. e A votar en las asambleas ordinarias, así como en las asambleas reuniones de socios de cualquier índole en las que se traten cuestiones relativas a la distribución de utilidades, y/o que requieran unanimidad de acuerdo al estatuto social. f A ejercer el derecho de fiscalización previsto
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/3/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date11/03/2022

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Edition count1228

First edition10/01/2018

Last issue28/06/2024

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