Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 14 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 146

Penitenciario de Jujuy, según Decreto Ley N 20-G/71 modificada por Decreto N 4436G/71.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del ADJUNTOR PRINCIPAL
LUIS ANTONIO VARELA, D.N.I. N 28.646.503, Credencial N 1.188, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto N 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Servicio Penitenciario de Jujuy, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Servicio Penitenciario de Jujuy para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1707-MS/2020.EXPTE. N 1414-1253/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 OCT. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO JULIAN CESAR ANTONIO, D.N.I.
N 31.036.985, Legajo N 14.866, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO JULIAN CESAR
ANTONIO, D.N.I. N 31.036.985, Legajo N 14.866, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto N 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1708-MS/2020.EXPTE. N 1414-2301/2019.c/agdo. N 1414-509/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 OCT. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SARGENTO CATIVA ISMAEL
BENJAMIN, D.N.I. N 20.555.045, Legajo N 12.881, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del SARGENTO CATIVA
ISMAEL BENJAMIN, D.N.I. N 20.555.045, Legajo N 12.881, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto N
1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1709-MS/2020.EXPTE. N 1414-2302/2019.c/agdo. 1414-9860/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 OCT. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO PRIMERO HURTADO
ESCALANTE ISRRAEL, D.N.I. N 93.027.486, Legajo N 14.637, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N
2810-G/01.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO PRIMERO

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HURTADO ESCALANTE ISRRAEL, D.N.I. N 93.027.486, Legajo N 14.637, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto N 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1751-MS/2020.EXPTE. N 1414-237/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 OCT. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL MAYOR GERONIMO
SANTUSA ISABEL, D.N.I. N 23.334.303, Legajo N 13.027 de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N
2810-G/01.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del SUB OFICIAL MAYOR GERONIMO SANTUSA ISABEL, D.N.I. N 23.334.303, Legajo N 13.027, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14
inc. n de la Ley 3759/81 y Decreto N 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1766-MS/2020.EXPTE. N 1414-505/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 OCT. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del COMISARIO ESPINOSA FELIX RAMON, D.N.I.N Nº 22.820.880. Legajo Nº 12.575, de acuerdo a las previsiones del artículo 93
inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del COMISARIO ESPINOSA FELIX RAMON, D.N.I.N Nº 22.820.880. Legajo Nº 12.575, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. n de la Ley 3759/81.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley 1886/48.ARTICULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 1769-E/2020.EXPTE. N 200-40/2020.C/Agreg. 1050-85/20.SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 OCT. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase por extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Luis Gregorio Garzón, D.N.I. N 11.414.374, en contra del Memorándum de fecha 21 de enero de 2020, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, emitiéndose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.ARTICULO 3.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio procédase a notificar la parte dispositiva del presente, al Sr. Luis Gregorio Garzón, en el domicilio legal constituido.ARTICULO 4.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, pase a la Dirección
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date14/12/2020

Page count16

Edition count1234

First edition10/01/2018

Last issue12/07/2024

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