Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 14 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 110

873

2020 de la CONCESIÓN de la MINA denominada PAYO VI sobre una superficie de DOS MIL OCHOCIENTAS HECTÁREAS CON CATORCE
ÁREAS 2.800,14 ha, en el Distrito Salar de Cauchari, Departamento SUSQUES de esta provincia, para explotación de MINERAL de PRIMERA
CATEGORÍA LITIO y BORATO, a favor de MINERA EXAR S.A., CUIT
Nº 30-70966758-7, sobre terreno de la COMUNIDAD ABORÍGEN
TERMAS DE TUZGLE PUESTO SEY informes de Dirección Provincial de Inmuebles, fs. 122, y Secretaría de Pueblos Indígenas, fs. 114, en los que no se registran solicitudes de adjudicación individual Informe de Instituto Jujeño de Colonización, fs. 106, conforme ubicación dada por Registro Gráfico a fs. 07 y 84, con las siguientes coordenadas: P.1: X7367917,99
Y3425908,48; P.2: X7367938,49 Y3430945,45; P.3: X7362077,39
Y3430945,45; P.4: X7362077,39 Y3428844,58; P.5: X7362577,79
Y3428844,58; P.6: X7362577,79 Y3425908,47; encontrándose acreditados los extremos de ley y cumplimentado el art. Art 28, punto 1. c del Dec. Nº 5772-P-2010 reglamentario de la Ley 5063 General del Medio AmbienteResolución DMyRE Nº 08/2017 del 19/09/2017 de aprobación de Actualización de Informe de Impacto Ambiental para el Proyecto Salares Cauchari Olaroz - Etapa Exploración - a fin que toda persona que se considere con interés, deduzca sus pretensiones en el plazo de SESENTA DÍAS 60
días contados desde la última publicación y bajo apercibimiento de no ser oídos vencido dicho plazo.- Publíquese por tres 3 veces en quince 15 días, en el Boletín Oficial y un Diario Local.- San Salvador de Jujuy, 10 de junio de 2020.-

Acuerdos de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy Resuelve: 1º Hacer lugar a la demanda interpuesta por MIGUEL
ALFREDO CÓRDOBA en contra de ANDAR AUTOMOTORES S.R.L. y condenar a éste para que en el plazo de treinta días 30 días ponga a disposición del actor un automóvil 0 Km. marca Chevrolet Spin LTZ 5
asientos. Ante la eventualidad de que se hubiese discontinuado su producción o importación, deberá sustituirse el mismo por otro automotor de la marca que se fabrique en su reemplazo, de iguales o similares características al descripto.- En de incumplimiento, deberá actuarse conforme lo normado en el Art. 466 del C.P.C.- 2º Condenar a la accionada ANDAR
AUTOMOTORES S.R.L. a abonar a la actora en el plazo de diez días, la suma de Cuarenta Mil Pesos $40.000 en concepto de daño punitivo, la que en caso de incumplimiento, devengará un interés correspondiente a la tasa activa del BNA.- 3º Imponer las costas del proceso a los accionados.- 4º Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes hasta que se arrimen pautas suficientes para su ponderación.- 5º Registrar, agregar copia en autos, notificar, protocolizar, dar cuenta a los organismos de contralor.- Fdo. Dra. Norma B. Issa Pte. de Trámite. Dres. Carlos M.
Cosentini y Alejandra M. L. Caballero. Vocales. Ante Mí: Dra. Mercedes Hansen. Secretaria.- Para tal efecto se publicaran en el Boletín Oficial y en un diario de tirada local por tres veces en cinco días.- Asimismo se hace constar que los plazos concedidos, serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los edictos respectivos.- San Salvador de Jujuy, 12 de noviembre de 2019.-

14/21/28 SEPT. LIQ. N 21102 $879,00.-

14/16/18 SEPT. LIQ. Nº 20655-21158 $801,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dr. Diego A. Puca-JuezJuzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 3, en el Expte. C-053.762/15, caratulado:
Ejecutivo: CARDOZO ROMINA CELIA c/ GUTIERREZ MONICA
ESTER, hace saber a la SRA. GUTIERREZ MONICA ESTER, que se ha dictado la siguiente Resolución San Salvador de Jujuy, 4 de Agosto del 2.020.- Autos y Vistos:- ResultaConsiderando - Resuelve: 1 Regular los honorarios profesionales del Dr. Jorge Aníbal Fiad, en la suma de Pesos Doce Mil Quinientos Veinte $12.520,00 con más un interés igual a la tasa activa cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678, n 235 desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere, conforme los argumentos expuestos en los considerandos.- 2 Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo. Dr. Diego A. PucaJuezAnte mí Dra. Natacha BuliubasichPro-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 04 de Agosto del 2.020.09/11/14 SEPT. LIQ. N 21108 $801,00.El Director de Trámites y Archivo Administrativo de la Provincia informa en el marco de la Ley N 3815/1981 que se encuentra disponible en la página web del Boletín Oficial www.boletinoficial.jujuy.gob.ar el listado de expedientes seleccionados por la Comisión de Expurgo destinados a ser destruidos correspondientes al período comprendido entre el año 1987 al año 1992. Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces quedando a disposición de cualquier interesado el listado de Expedientes a destruir por el lapso de 15
días a partir de la última publicación. Juan Carlos Dada Director de Trámites y Archivo Administrativo de la Provincia de Jujuy.11/14/16 SEP. S/C.Dra. Norma Beatriz IssaPte. de tramite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala IIIra.
de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº C035503/14, caratulado: Acción Emergente de la Ley del Consumidor:
CORDOBA MIGUEL ALFREDO c/ ANDAR AUTOMOTORES S.R.L., se procede a notificar a ANDAR AUTOMOTORES S.R.L. la siguiente SENTENCIA: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr.
Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, Republica Argentina, a los once días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve, reunidos en el Recinto de
La Sala IV del Tribunal del Trabajo, Vocalía N 10 a cargo del Dr. Eladio Guesalaga-Juez Presidente de Tramite Subrogantecon asiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº A-44727/10, caratulado: Indemnización por Despido y otros rubros: TAPIA, SERGIO
ALBERTO c/ DEMISA CONSTRUCCIONES S.A.: VILLENA ALDO
ALBERTO, se ha dictado el siguiente decreto: En la ciudad de de San Pedro de Jujuy, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil veinte.Resulta:Resuelve: 1 Hacer lugar a la demanda incoada por SERGIO
ALBERTO TAPIA en contra de ALDO ALBERTO VILLENA y condenarlo a abonar al primero la suma dineraria que se determine conforme los considerandos del primer voto, con mas los intereses a la tasa activa cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde que cada crédito fue debido y hasta su efectivo pago.- 2 Diferir la imposición de costas y la regulación de honorarios para el momento que la perito se expida y hubiera bases para ello.- 3 Rechazar la demanda por horas extras, pago de días feriados y no laborales, indemnización por fondo de desempleo Art. 18 Ley 22250, indemnización del Art. 19 Ley 22250.- Indemnización Art. 8 y 15 de la Ley 24013, Indemnizaciones previstas en la Ley 25323 art 1 y 2.- 4 Notifíquese, agréguese copia en autos, etc. 2do. Dra. Silvia Elena YecoraJuez Presidente de Tramite por habilitación y los Dres. Eladio Guesalaga y Gustavo Alberto Toro-Jueces ante mi Dra. Ana Granao-Secretaria.- Publíquense Edictos por tres veces en cinco días.- Haciéndose saber que el mismo es sin cargo de diligenciamiento atento que el mismo fue impuesto a la parte actora, quien goza del beneficio de justicia gratuita.- San Pedro de Jujuy, 08 de Septiembre de 2020.14/16/18 SEPT. S/C.Dr. Aldo Hernán Lozano, Agente Fiscal de conformidad a lo dispuesto por el Art. 203 del Código Procesal Penal, en la causa Nº P-214137-MPA, Recarat.
ROBERTO RUBEN CAZON p.s.a. Estafa-Ciudad, procede por la presente a notificar al llamado ROBERTO RUBEN CAZON que en la causa de mención se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 14 de Mayo de 2020.- Conforme a las actuaciones practicadas por la Delegación Fiscal de Investigaciones Complejas Brigada de Investigación Capital, agregada a fs. 175 a 181, surge el desconocimiento del domicilio y actual paradero del imputado ROBERTO RUBEN CAZON, con último lugar de residencia conocido en Almirante Brown N 1560, San Salvador de Jujuy, por lo que corresponde citarlo por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, para que se presente a estar a derecho en la presente causa que se tramita por ante esta Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y Contra la Administración Pública, sita en calle Urquiza N
462 de ésta ciudad, en el término de cinco 5 días a partir de la última publicación que se hará por tres 3 veces en cinco 5 días, en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad a lo establecido por el Art. 203 del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de solicitar al Sr. Juez de Control declare su rebeldía y pedido de captura Arts. 203 del C.P.P..- Notifíquese.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/9/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date13/09/2020

Page count8

Edition count1247

First edition10/01/2018

Last issue09/08/2024

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