Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/12/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 02 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 137

TRANSFIERASE DE:
JURISDICCION:
F MINISTERIO DE EDUCACION
U. DE O.: F4 SECRETARIA DE GESTION EDUCATIVA
FINALIDAD: 5
CULTURA Y EDUCACION
FUNCION:
2 EDUCACION MENTAL
PARTIDA
1-1-1-1-1-6 Asignación de la Categoría 619.489,00
A:
JURISDICCION:
F MINISTERIO DE EDUCACION
U. DE O.: F4 SECRETARIA DE GESTION EDUCATIVA
FINALIDAD: 5
CULTURA Y EDUCACION
FUNCION:
2 EDUCACION MENTAL
PARTIDA
1-1-1-1-1-6 Asignación de la Categoría 619.489,00
ARTICULO 4.- Desígnase, a partir de la fecha del presente Decreto, en la Planta Permanente del Ministerio de Educación, en la Categoría 1- Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General y para prestar servicios en la Escuela N 325 de la Localidad de San Francisco de Alfarcito, Departamento Cochinoca, a los siguientes agentes que se indican a continuación:
Apellido y Nombre D.N.I.
Escuela QUIPILDOR, FLORENCIA SABINA 25.574.407N 325
ALEJO, EMILIANA BEATRIZ
23.622.848N 325

Localidad CUPOF
San Francisco de Alfarcito 137771
San Francisco de Alfarcito 137772

ARTICULO 5.- Designase, con retroactividad al 1 enero de 2019, en la Planta Permanente del Ministerio de Educación, en la Categoría 1- Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General y para prestar sus servicios en la Escuela que se, indica a la Señora:
Apellido y Nombre D.N.I.
Escuela Localidad CUPOF
ALEJO, AMANCAY
San Francisco de 35.041.493 N 325
137773
ANAHI
Alfarcito ARTICULO 6.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 4 y 5 del presente Decreto se atenderá con la partida presupuestaria de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos vigente.ARTICULO 7.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y por el Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10523-E/2019.EXPTE Nº 1056-14411-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2019 a la Categoría 24
Agrupamiento Administrativo del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la SRA.
NOEIVII ELINA ZEQUEIROS, CUIL N 27-12007809-2, Personal de Planta Permanente, Categoría 19 - Agrupamiento Administrativo del Escalafón General en el Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos - Ley N 6113, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.:
"4" Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada: 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10582-S/2019.EXPTE Nº 200-94/19.Agdos. Expte. Nº 700-866/18, Nº 716-1178-BV/18 y Nº 716-0885-BV/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en carácter de Apoderado Legal de la Sra. ARISPE HILDA D.N.I. N 13.427.681, en contra de la Resolución N 5264-S-19, emitida por el Ministro de Salud en fecha 18 de febrero de 2019 por las razones expuestas en el exordio. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10679-S/2019.EXPTE Nº 715-753/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Disponese la promoción de la Sra. Margarita Buendia, CUIL 27-10473600-4, al cargo categoría A-5 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413/88, de
1551

la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 1º de enero del año 2.019.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto se imputará a la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Recursos, ejercicio 2019, Ley N 6113, prevé para la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana", la partida de Gastos eh Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-37 "Adecuación Ley N 4413 y Ley 5502" U. de O. "6" Secretaría de Salud de la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del art. 3, Anexo I y del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los tramites, comunicaciones y modificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10739-S/2019.EXPTE Nº 200-88/19.Agdos. Nº 700-863-18, Nº 716-1177-18, y Nº 716-982-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por ser formalmente improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en su carácter de apoderado legal de la Sra. María Elena Rubio, D.N.I. N 10.626.649 en contra de la Resolución N 5266-5-19 emitida por el Sr.
Ministro de Salud en fecha 18 de febrero de 2019.ARTICULO 2.- Déjese constancia que el presente acto administrativo se emite al solo efecto de dar cumplimiento al art. 33 de la Constitución Provincial, sin que ello implique rehabilitar instancias caducas o reanudar plazos vencidos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10740-S/2019.EXPTE Nº 200-89/19.Agdos. Nº 700-764/18 Nº 715-1709/18 y 715-2383/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. Vilte, Haydee Luisa, DNI N
23.637.263, en contra de la Resolución N 5263-S-19, emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 18 de febrero de 2019. ARTICULO 2.- Déjese constancia que el acto administrativo se emite al solo efecto de dar cumplimiento al art. 33 de la Constitución Provincial sin que implique la reapertura de instancias fenecidas o caducas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10748-S/2019.EXPTE Nº 733-330/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SET. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Disponese la promoción de la Sra. María Trinidad Vargas, CUIL 27-06704529-2, al cargo categoría 24, Agrupamiento Administrativo, Escalafón General, Ley 3161, de la U. de O.: R6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, a partir del 1 de enero del año 2.019.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto se imputará a la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N 6113, prevé para la jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, la Partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-0137 "Adecuación Ley N 4413 y Ley 5502" U. de O. "6" Secretaría dé Salud de la Jurisdicción "
" misterio de Salud.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del art. 3, Anexo I del Decreto N
8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los tramites, comunicaciones y modificaciones necesarias, y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10826-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 200-48/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Apruébese en todas sus partes el "Memorándum de Entendimiento Convenios de Colaboración Autobuses Interurbanos Propulsados por Energía Eléctrica"
suscripto en fecha 24 de Enero de 2019 por la PROVINCIA DE JUJUY y las Empresas:
Empresa Jujeña de Energía Sociedad Anónima EJESA y Empresa Jujeña de Servicios Energéticos Dispersos Sociedad Anónima EJSEDSA.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date02/12/2019

Page count16

Edition count1231

First edition10/01/2018

Last issue05/07/2024

Download this edition

Other editions