Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/12/2018

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Diciembre, 21 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 143

medio de un balance general a la fecha de la cesión.- Novena IX.- Resolución Parcial: Sin perjuicio de las causales de resolución parcial establecidas en la legislación vigente, los socios, haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 89 de la Ley General de Sociedades prevé como causal de exclusión de uno o más socios, la negativa a suscribir cuotas suplementarias cuando la reunión de socios, con el voto favorable de más de la mitad del capital, así lo hubiese decidido.- Décima X.- Sucesores del fallecido: En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, podrán incorporarse a la sociedad sus herederos a partir del momento que acrediten esa calidad. En el iter actuará en su representación el administrador de la sucesión.- Undécima XI.- Administración: 1.- La administración y representación legal de la Sociedad estarán a cargo de uno o más Gerentes Administradores, socios o no, que ejercerán tal función designados por los socios y por el término de dos 2 ejercicios y podrán ser reelegidos por tiempo indeterminado. 2.- Tendrán todas las facultades para administrar y disponer bienes, e incluso para los actos que requieran poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9 del Decreto ley 5.965/63. En caso de pluralidad de gerentes, la administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo, en forma conjunta o indistinta, de cualquiera de los mismos, por el plazo de duración de sus mandatos.- 3.- La elección del Gerente Administrador se realizará por simple acuerdo de socios con mayoría de capital y podrá ser revocada en cualquier tiempo por igual procedimiento. Los gerentes deberán prestar la garantía exigida por el artículo 157 de la Ley General de Sociedades, mediante depósito en la Sociedad en efectivo, o en títulos públicos, o en acciones de otra/s sociedad/es en una cantidad equivalente a la suma de pesos veinte mil $
20.000 o constituir hipotecas, prenda o fianza otorgada por terceros a favor de la sociedad. Este importe podrá ser actualizado por reunión ordinaria de socios.- Duodécima XII.- Reuniones y decisiones: 1.- Los socios se reunirán ordinariamente cada seis 6 meses, pero para resolver cuestiones extraordinarias no habrá limitaciones a su convocatoria que podrá realizarse por cualquier cantidad de socios y/o por el Gerente si fuere socio. 2.- Las resoluciones sociales serán adoptadas por los socios mediante declaración escrita en la que todos expresen el sentido de su voto, volcado en el libro de actas, debiendo dichas actas ser firmadas por el gerente. 3.Para las resoluciones sociales que no conciernan a la modificación del contrato o la designación o revocación de gerente, se adoptará por la mayoría del capital presente en la reunión convocada al efecto. 4.- Los socios podrán establecer la nueva dirección y sede de la sociedad sin necesidad de modificar el contrato constitutivo. 5.- La fiscalización de la sociedad la realizarán los socios en los términos del Art. 55 de la Ley General de Sociedades. Cuando por aumentos de capital social la sociedad quedare comprendida en lo dispuesto por el segundo párrafo del art. 158 de la citada ley, la reunión de socios que determine dicho aumento designará un síndico titular y un síndico suplente.- Decimotercera XIII.- Ejercicio Social: 1.La sociedad cerrará su ejercicio económico el día 31 de diciembre de cada año. El gerente administrador realizará a dicha fecha un balance para determinar las ganancias y las pérdidas, el cual se pondrá a disposición de los socios con un plazo de treinta días de anticipación para su consideración. 2.- De las utilidades líquidas y realizadas se destinará un cinco por ciento 5% al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento 20% del capital social; para la retribución del administrador y el saldo se distribuirá entre los socios en proporción a sus aportes.- Decimocuarta XIV.- Árbitros: Cualquier diferencia, conflicto o controversia entre los socios, derivada del presente Contrato o su interpretación, en todos los casos deberá intentarse solucionar por vía de conciliación o mediación, siempre en el ámbito privado. Cuando la diferencia, conflicto o controversia se dé con la participación de la totalidad de los socios, la resolución que se adopte será oponible a la sociedad, sin perjuicio de los derechos de terceros, que no podrán ser afectados por la misma. Todas las notificaciones se harán por comunicación notarial, carta documento, telegrama, fax, e-mail o cualquier medio fehaciente que así se disponga o acuerden las partes. En los casos en que sea necesario promover alguna acción judicial, ésta será competencia exclusiva de los Tribunales Ordinarios de la provincia de Jujuy.
Para todos los casos se considerarán domicilios especiales constituidos los expresados al comienzo de este contrato respectivamente.- Decimoquinta XV.- Disolución: Disuelta la sociedad, la liquidación estará a cargo de los administradores o de quien designen los socios. 2.Una vez cancelado el pasivo, el saldo se adjudicará a los socios, en proporción al capital integrado.- Decimosexta XVI.- Poder especial: Se faculta a la Dra. PATRICIA LILIANA
CRUZ, MP Nº 2760, y/o al Dr. FEDERICO GARCÍA SARVERRY, MP Nº 2189, abogados del foro local y/o la persona que ellos designaren a efectos de realizar todos los trámites conducentes a la inscripción del presente instrumento por ante el Registro Público, pudiendo presentar escritos, contestar observaciones, solicitar desgloses, interponer recursos, publicar edictos, con facultades suficientes para aceptar y/o proponer modificaciones a todo o parte del presente contrato, como así también dar cumplimiento a cualquier exigencia que la autoridad de aplicación entienda corresponder.- Agotado el orden del día de la asamblea, y siendo las 14
horas, se da por finalizada la reunión, firmando de conformidad todos los presentes.- ACT.
NOT. B 00455742 - ESC. ANDREA CARINA LACSI - ADS. TIT. Nº 25 - S.S. DE JUJUY.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día conformidad al Art. 10 de la ley 19550.San salvador de Jujuy, 20 de Diciembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO.21 DIC. LIQ. 16418 $350,00.ACTA DE ASAMBLEA - En la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, a los 18 días del mes de diciembre de 2018, siendo las 08 horas, en la sede social de la entidad denominada ESTUDIO LASQUERA S.R.L., se reúnen las Sras. LASQUERA
GABRIELA ALEJANDRA DEL VALLE, de nacionalidad argentina, profesión contador pública, estado civil casada en primeras nupcias, nacida el 30 de diciembre de 1975, DNI Nº 25.005.158, con domicilio real en calle El Picaflor N 475 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, y PUENTE MIRTA ESTER, de nacionalidad argentina, profesión contadora pública, estado civil viuda de sus únicas nupcias, nacida el 19 de septiembre de 1948, LC Nº 5.869.244, con domicilio real en calle Gómez José Mariano N 152 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, todos quienes representan el cien por ciento del capital de la sociedad ut supra mencionada lo que da a la presente asamblea el carácter de unánime. ABIERTA LA ASAMBLEA: La socia, Sra. Puente María Ester propone a la Sra. Lasquera Gabriela Alejandra del Valle a los efectos de que se desempeñe como Presidente de la ASAMBLEA GENERAL de ESTUDIO
LASQUERA S.R.L.- Con la propuesta realizada se pone a consideración de la asamblea, se resuelve por unanimidad aceptar a la Sra. Lasquera Gabriela Alejandra del Valle, para que presida el acto social de referencia. Acto seguido, el Presidente propone el siguiente orden del día: 1. Aclaración respecto de la integración del capital social respecto de los bienes que cada uno de las socias aportan. Puesto a consideración el primer punto del Orden del Día, y a los
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fines de dar cumplimiento al requerimiento de las autoridades del Juzgado de Comercio, los socios declaran bajo fe de juramento que los bienes que se describen en el balance de inicio, fueron aportados conforme el siguiente detalle:
La Sra. LASQUERA GABRIELA
ALEJANDRA DEL VALLE, aportó equipos de computación por la suma de pesos sesenta mil $ 60.000 y muebles varios de oficina por la suma de pesos noventa mil $ 90.000, lo que totaliza la suma de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000 correspondiendo dicho monto al total de su participación societaria. Por su parte, la Sra. PUENTE MIRTA ESTER, aportó una Fotocopiadora Laser Jet Pro MFP M521dn por la suma de pesos treinta mil $ 30.000 y distintos bienes muebles por la suma de pesos veinte mil $ 20.000 lo que totaliza la suma de pesos cincuenta mil $ 50.000 correspondiendo dicho monto al total de su participación societaria. Agotado el orden del día de la asamblea, y siendo las 09 horas, se da por finalizada la reunión, firmando de conformidad todos los presentes.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 20 de Diciembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
21 DIC. LIQ. 16417 $350,00.ACTA N 7: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los veinticuatro días del mes de Mayo del año dos mil dieciséis, siendo las horas 18:00 se reúnen en el domicilio de LA COCHERÍA S.R.L. sito en calle Salta N 1325 de esta ciudad los socios integrantes de la misma Sr. Benito Sóximo Montenegro D.N.I. 11.663.759 y la Sra. Marta Elisa Tolay D.N.I.
16.886.943, abierta el acta el socio Benito Montenegro en su carácter de socio gerente de la Empresa, en uso de la palabra junto a la persona antes mencionada, manifiestan la necesidad de convocar a Asamblea Ordinaria de accionistas art. 234 de sociedades los que se encuentran presentes en unanimidad con el fin de tratar un tema pendiente de acta anterior, 1 renovación de autoridades de acuerdo y de conformidad a las facultades, deberes y obligaciones, expresamente determinado en el contrato constitutivo y de acuerdo a lo establecido por ley de sociedades N 19550 y luego de un intercambio de opiniones y manifestaciones vertidas resuelven por unanimidad lo siguiente 1 habiendo tomado los recaudos legales para la celebración del presente acto, deciden aprobar la convocatoria de Asamblea General extraordinaria prevista para el día 24 de Mayo del año 2016.- 2 luego de un breve intercambio de opiniones y posterior deliberación se ha decidido designar en el cargo de Socio Gerente de la Empresa por un nuevo período de 2 años a partir de la fecha 26-05-16, al socio Benito Sóximo Montenegro D.N.I. 11.663.759.-Habiéndose procedido a tratamiento completo del orden del día y concluida la íntegra lectura de la presente acta N 7 existiendo acuerdo y asistencia unánime, suscriben la misma todos los socios miembros de plena conformidad, sin más que tratar se levanta la sesión y dan por finalizado la reunión siendo las hs. 19:30 del día 24 de Mayo 2016Marta Elisa Tolay D.N.I. 16.886.943 y Benito Soximo Montenegro D.N.I. 11.663.759.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día conformidad al Art. 10 de la ley 19550.San salvador de Jujuy, 23 de noviembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO.21 DIC. LIQ. 16348 $ 280,00.ACTA Nº11: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy a los veinte 20 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho, siendo las horas 18:00, se reúnen en el domicilio de la sede de la empresa LA COCHERÍA S.R.L., sito en calle Ramirez de Velazco N668 de esta ciudad, los socios integrantes de la referida sociedad, el Sr. BENITO SÓXIMO
MONTENEGRO, DNI N11.663.759, juntamente con la Sra. MARTA ELISA TOLAY, DNI
N16.886.943. CUIL N27-16886943-1. Abierto el acto, el socio Sr. BENITO S.
MONTENEGRO en su carácter de socio gerente de la empresa, en uso de la palabra junto a la persona de Marta Elisa Tolay manifiestan la necesidad de convocar a Asamblea Extraordinaria de accionistas arts. 235 Ley de Soc. los que se encuentran presentes en unanimidad, con el fin de tratar los temas detallados en el orden del día, que se describen a continuación, manifiestan y exponen: 1.- Aprobar la convocatoria de Asamblea Extraordinaria; 2.- Aprobación del acta de prórroga del término de duración de la sociedad, dentro de las previsiones del art. 95 de la L.S.
y que autoriza la reforma del contrato social.- De conformidad a las facultades, deberes y obligaciones expresamente determinados en el contrato constitutivo y de acuerdo a lo establecido por la Ley de Sociedades N19.550 y modificatorias luego de un intercambio de opiniones y manifestaciones vertidas, resuelven por unanimidad, lo siguiente: 1.- habiendo tomado los recaudos legales para la celebración del presente acto, previa citación formal a la misma, deciden aprobar la convocatoria de Asamblea Extraordinaria prevista para el día veinte 20 del mes de febrero del año dos mil dieciocho en la sede de la sociedad, a horas 18:00 en primera convocatoria, con la presencia de los socios integrantes de la misma. 2.- Luego de una serie de intercambio de opiniones y posterior deliberación, habiendo decidido la reconducción desde su vencimiento, los socios por unanimidad han resuelto aprobar la presente acta de prórroga del término de duración de la sociedad por un nuevo plazo de 10diez años contados a partir del 31 de octubre del año 2.017 fecha de expiración del plazo del contrato original, la que según la cláusula segunda del contrato social, establecía una duración de diez años desde su fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, y que conforme la citada cláusula, autorizaba a prorrogar el plazo original a su vencimiento por periodos iguales, mayores o menores, por la decisión unánime de todos los socios. Es por ello, que siendo la voluntad unánime de que ello se realice, teniendo en cuenta el buen funcionamiento y crecimiento de la empresa, es que los socios deciden aprobar tal decisión como asimismo la modificación y reforma de la cláusula segunda del contrato societario original, en lo que hace a la duración de la Sociedad, todo ello conforme los plazos aquí renovados, obligándose a cumplir dicha renovación, todo ello para al mejor y correcto desenvolvimiento y gestión de la sociedad.Habiéndose procedido al tratamiento completo del orden del día, concluida la integra lectura de la presente Acta N11, existiendo acuerdo y asistencia unánime, suscriben la misma todos los socios miembros designados de plena conformidad, y sin mas que tratar, se levanta la sesión y dan por finalizado la reunión de Asamblea, siendo las horas 20:00 del día veinte 20 del mes de febrero del año 2.018.- Marta Eliza Tolay DNI N 16886943 y Benito Sóximo Montenegro DNI
N 11.663.759.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date21/12/2018

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