Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/11/2018

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Noviembre, 21 de 2018.-

1529

Boletín Oficial Nº 130

al Dr. Federico Ignacio Mendoza, abogado del foro local, para realizar los trámites de inscripción ante el Registro Público de Comercio, con facultades para aceptar modificaciones al texto del presente contrato y otorgar los instrumentos que fueran necesarios a los fines de la inscripción. El autorizado se encuentra facultado, asimismo, para acompañar y desglosar documentación y depositar y retirar las sumas referidas en el art. 149 2do. Párrafo de la ley 19550.- ACT. NOT. B 00447160- ESC. MARIA
FLORENCIA TELLTIT. REG. Nº 97- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
21 NOV. LIQ. Nº 16077 $230,00.DECLARACION JURADA.- San Salvador de Jujuy, 25 de octubre de 2018.- HERNAN FEDERICO
VALLEJO, DNI Nº 2029707712, de nacionalidad Argentina, nacido/a el 14/11/1982, profesión:
SERVICIOS DE ASESORAMIENTO, DIRECCIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL, estado civil:
Soltero/a, con domicilio real en la calle Gobernador Snopek S/N del B San Pablo de la Localidad de Yala, procedo a informar bajo Declaración Jurada que la ubicación completa de la sede social y/o el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la sociedad se encuentra en calle Necochea N 75 P 1 Dto 3, B Centro, de San Salvado de Jujuy.- Asimismo, cumplo en informar que el correo electrónico de la entidad es: corporativo@centroftnancieroregional.com y respecto a la condición de socio de dicha sociedad declaro que no soy personas expuesta políticamente ante la UIF
según Resolución Nº 11/2011.- ACT. NOT. B 00447157- ESC. MARIA FLORENCIA TELLTIT.
REG. Nº 97- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
21 NOV. LIQ. Nº 16078 $230,00.-

EDICTOS DE USUCAPION
San Salvador de Jujuy, 16 de Junio del año 2014. REF. EXPTE. Nº B-157705/06, caratulado Prescripción Adquisitiva: Martínez de Lerma, Adriana C/ Martínez, Nicolás Dionisio y Otros I
-Asistiendo razón a lo manifestado por la Dra. Carmen Del Huerto David a fs. 218, revocase por contrario imperio el I párrafo de la providencia de fecha 22 de Octubre del año 2013 fs. 214 teniendo por cumplido la intimación que le fuera efectuada y por actualizado el Plano de mensura obrante a fs.
191 de autos. II - Asimismo, a fin de continuar con el tramite de los presentes y previo a correr TRASLADO de demanda, atento lo informado en el informe socio-ambiental obrante a fs. 133 de autos citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Sres. Liliana de Caliva López, P.
Alzogaray, Feliz Alavarez, Paula Zorrilla de Gutiérrez y Alberto Cortez para que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del termino de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. IIICitase y emplazase a quienes se consideran con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón B-147, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 8, Parcela 11, Matricula B-8281 ubicado en la Ciudad de El Carmen, de titularidad registral de los Sres. Anastacio Alberto Cortez, Nicolás Dionicio Martínez y José Gabino Martínez a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del termino de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. IVAsimismo ordenase la exhibición de los edictos ordenados precedentemente, en la Municipalidad de El Carmen y trasmítanse lo mismos mediante radiodifusión local durante 30
treinta días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Lay 5486 modificatoria del C.P.C. VActuando en autos el principio en el art. 50 del C.P.C
.imponese a las partes interesadas la carga de confeccionar las diligencias y los edictos ordenados para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaria de esta Sala. VINotifique por cedula. VINotifíquese por cedula.- Fdo. Noemí Adela Demattei de Alcoba-Vocal-por ante mí: Dra. Agustina González Fascio - Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 15 de noviembre de 2017.14/16/21 NOV. LIQ. Nº 14924 $ 775,00.La Sala II de la Cámara Civil y Comercial, Vocalía Nº 4, en el Expte Nº CC-123.390/18 caratulado Prescripción Adquisitiva de Inmueble: FERREIRA SARMIENTO FELIX y CONDE
FERNANDEZ MARCELINA c/ RODRIGUEZ WALTER ARMANDO y Otros y quienes se consideren con Derecho Notifica al Sr. ALBERTO RODRIGUEZ y/o sus Herederos; Sra.
ANGELICA RODRIGUEZ y/o sus Herederos y a Quienes se consideren con derecho sobre el inmueble, el siguiente proveído San Salvador de Jujuy, 18 de Octubre de 2018.- I.- Téngase por presentada a la Dra. Marina Olga Paredes Martínez en nombre y representación de Félix Ferreira Sarmiento y Marcelina Conde FernándezII.- AtentoIII.- Córrase traslado de la presente demanda a los accionados IV.- Cítase a Walter Armando Rodríguez; Alberto Rodríguez; Angélica Rodríguez;
Esteban Cardozo; Juan Llanos y Osvaldo José Cuenca a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de 15 días hábiles de notificados bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V.- Cítase y emplázase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Parcela 4, Manzana 6, Sección 1, Circunscripción 1, Matrícula N-4002, Padrón N-5064, ubicado en calle Prolongación Éxodo Nº 571 del Bº Santa Clara de la ciudad de La Quiaca, a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de quince días hábiles de notificados bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- VI.-VII.- Impónese a la parte interesada VIII.-IX.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Enrique R. Mateo-Juez-Ante mí: Dr.
Néstor A. De DiegoSecretario.16/21/23 NOV. LIQ. Nº 15697 $465,00.-

del juicio y, si consideraren afectados sus derechos, pidan participación como demandados: 1 Estado Provincial 2 La Municipalidad de San Salvador de Jujuy 3 Los colindantes SRES. Marcos Joaquín CARDOZO calle Patagonia Nº 186 Barrio ALMIRANTE BROWN, Villegas Luis CASTRO calle Rondeau Nº 27 Barrio Cuyaya, Raquel Liliana ARJONA calle Los Helechos Nº 815 Barrio CHIJRA, Mafalda ALANCAY calle Santa Victoria Nº 835 Barrio SAN FRANCISCO DE ALAVA, Ariel Cesar ARJONA calle Los Helechos Nº 815 Barrio CHIJRA. Su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos y no serán declarados rebeldes. La manifestación formulada por los citados de formar parte del proceso deberá ser expresa, clara y concluyente. 3 Publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local conforme art. 532
del C.P.C. Conf. modificación Ley 5486.- 4 Además deberán exhibirse los edictos correspondiente al inmueble a usucapir en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy. Transmitir mediante radiodifusión local durante treinta días, debiendo acreditarse, en ambos casos, con la certificación respectiva conf.
Art. 535º del C. P. Civilmodif. Ley 5486.- 5 Conforme lo dispuesto por el Art. 536º del C.P. Civil modif. Ley Nº 5486, cumpla la actora con la colocación del cartel indicativo conteniendo los datos de la demanda de usucapión, con actuación del Sr. Juez de Paz, debiendo acompañar fotografías certificadas por Escribano Público o Juez de Paz del cumplimiento de la presente obligación las que serán agregadas en autos. 6 Hágase saber a la Dra. María Daniela BRAVO que deberá confeccionar los oficios ordenados en el presente, para su posterior control y firma ante la Actuaria, quedando facultada para su diligenciamiento y/o persona que la misma designe. 7 Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau-Vocal HabilitadoAnte mi Dra. Mariana Drazer Secretaria. Publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. San Salvador de Jujuy, 18 de octubre de 2018.16/21/23 NOV. LIQ. Nº 15765 $465,00.Dra. María Del Huerto Sapag, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-121.037/18 Prescripción Adquisitiva de Inmueble en Expte. Principal C-56578/15; SUAREZ MABEL NOEMI c/ TRAMONTINI PABLO, publíquese el siguiente Decreto; San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre del año 2018. Citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón A-s/n, Circ. 1, Sección 3, Manzana 1, Parcela s/nDominio L IX F 465208, Reins. L 1F 295-A 251, ubicado en Calle Goyechea N 11 B San Martín de esta Ciudad de la Provincia de Jujuy de titularidad registral del SR.
PABLO TRAMONTINI a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Sr. DIEGO FERNANDO PADILLA, para que tomen conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. Ordenase la exhibición de los edictos ordenados precedentemente, en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, Pcia. de Jujuy y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 Treinta días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C. San Salvador de Jujuy, 17 Octubre de 2018.21/23/26 NOV. LIQ. Nº 15928-16081 $465,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION
Dra. María Del Huerto Sapag, Juez de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Vocalia 6, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº B-165302/06, caratulado: MAS VENTAS S.A.C.F. C/ PEREZ
SERGIO ROLANDO S/ Incidente Ejecución de Sentencia.- Se hace saber al Sr. Pérez, Sergio Rolando D.N.I. Nº 22.880.586 que en los autos de referencia se han dictado los siguientes proveídos: "San Salvador de Jujuy, 11 de diciembre de 2006, Téngase por presentado al Dr. Ekel Meyer, por constituido domicilio legal, por sus propios derechos y en representación de MAS VENTAS S.A. CIA Financiera, a mérito del informe actuarial que antecede. Atento a lo solicitado, teniendo presente las constancias del proceso principal, líbrese en contra del accionado Sergio Rolando Pérez, en el domicilio denunciado, mandamiento de intimación de pago, de la cantidad de $969,09, importe de la planilla aprobada. En defecto de pago, trábese embargo hasta cubrir dicha cantidad, sobre bienes muebles de propiedad del accionado, de uso no indispensables, que se encuentren en el domicilio denunciado, designándose depositario judicial de los mismos, al propio afectado, y en caso de ausencia o negativa, a tercera persona de responsabilidad y arraigo, con las formalidades y prevenciones de ley.- Asimismo, se lo intimara para que manifieste si los bienes embargados reconocen prenda o algún otro gravamen y en caso afirmativo, indique el nombre del acreedor y monto de deuda. En el mismo acto, se lo citará de remate, que dentro de los cinco días de notificado, oponga excepciones legitimas, si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Asimismo, intímeselo para que en el término precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio de Asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores Resolucionescualquiera fuere su naturalezapor Ministerio de Ley. Intimase al Dr. Ekel Meyer, para que en el termino de cinco días, proceda a dar cumplimiento con aporte inicial, estampilla profesional, estampilla previsional y tasa de justicia sobre los honorarios que ejecuta, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de $5 por cada día de demora, además de lo establecido por el Art.19 de la L.O.T. Notifíquese por Cedula. Fdo. Dra.
Noemí Adela Demattei De Alcoba, Vocal. Por Ante Mi Dra. Olga Teresa Ivacevich. Proveído Fs. 97
"San Salvador de Jujuy 21 de Marzo del Año 2017. I-Atento las constancias de autos y lo solicitado por el Dr. Ekel Meyer a fs. 96, notifíquese al demandado la providencia de fecha 11 de diciembre del año 2016 fs. 6 - mandamiento de intimación de pago mediante edictos los que se publicarán por tres veces en cinco días en el boletín oficial y un diario local. II - Actuando en autos el principio contenido en Art.
50 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar los edictos ordenados para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala. III - Notifíquese por cédula.- Fdo: Elsa Rosa Bianco - Juez Habilitada - Por Ante mi: Agustina Paola Taglioli Prosecretaria San Salvador de Jujuy, 24 de Septiembre Del Año 2018. 1.- Atento el estado de autos y lo manifestado por el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar a fs. 124, líbrese Edictos como se pide.- 2.Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma del Tribunal, las que deberán presentarse en Secretaria de esta Sala.- 3.- Notifíquese por cedulas.- Fdo.: Dra. María del Huerto Sapag - Juez - Por ante mí: Dra.
María Emilia Del Grosso - Prosecretaria.- "Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación de la Provincia de tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, a los 29 días del mes de Octubre del 2018.14/16/21 NOV. LIQ. Nº 15723 $ 465,00.-

El Dr. Esteban Javier Arias Cau-Vocal Habilitado - en la Sala I, Vocalía 2 de la Cámara Civil y Comercial en el Expte. C-119392/18 Prescripción Adquisitiva de Dominio: CHAVEZ NORMA
ANGELICA; VILCA SABINO c/ PATZI ESPINOZA LUISA CRISTINA sobre el inmueble ubicado en calle El Cebil Nº 619 del Barrio Chijra de esta ciudad e individualizado como MATRICULA A-17433, PADRÓN A-37857, CIRCUNSCRIPCIÓN 1, SECCIÓN 6, MZNA. 85, PARCELA 14, procede a notificar el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Septiembre de 2018: 1. 2 En consecuencia, previo al traslado de la demanda, cítese para que comparezcan dentro del plazo de quince 15 días de ser notificados a fin de que tomen conocimiento
Dr. Juan Pablo Calderón Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-017049/16, Caratulado: EJECUTIVO TARJETA
NARANJA S.A. C/ ALBERTO ENRIQUE AIREYU, procede a notificar al SR. ALBERTO ENRIQUE
AIREYU DNI Nº 28.105.189 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Pedro de Jujuy, 11 de agosto de 2017. I.- Téngase presente Informe actuarial que antecede en consecuencia hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 475 del C.P.C. en consecuencia téngase por
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/11/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date21/11/2018

Page count16

Edition count1233

First edition10/01/2018

Last issue10/07/2024

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