Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 12/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 12 de 2018.-

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Boletín Oficial Nº 115

órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social.- ARTÍCULO OCTAVO. Órgano de Gobierno: Las reuniones de socios se celebrarán cuando lo requiera cualquiera de los administradores. La convocatoria de la reunión se realizará por medio fehaciente.
También puede realizarse por medios electrónicos, en cuyo caso deberá asegurarse su recepción. Las reuniones podrán realizarse en la sede social o fuera de ella, utilizando medios que les permitan a los socios y participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, quedando sujetas a los requisitos del artículo 53, segundo párrafo, de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones que importen reformas al instrumento constitutivo o la disolución de la sociedad se adoptarán por mayoría absoluta de capital. Las resoluciones que no importen modificación del contrato, tales como la designación y la revocación de administradores, se adoptaran por mayoría de capital presente en la respectiva reunión.
Aunque un socio representare el voto mayoritario para adoptar resoluciones en ningún caso se exigirá el voto de otro socio. Sin perjuicio de lo expuesto, serán válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al órgano de administración a través de cualquier procedimiento que garantice su autenticidad, dentro de los diez 10 días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente o las que resulten de declaración escrita en la que todos los socios expresen el sentido de su voto. Cuando la sociedad tenga socio único las resoluciones del órgano de gobierno serán adoptadas por éste. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Los socios podrán autoconvocarse y sus resoluciones serán válidas si se encontrara presente la totalidad del capital social y el orden del día fuera aprobado por unanimidad.- ARTÍCULO NOVENO. Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.- ARTÍCULO DÉCIMO. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince 15 días de anticipación a su consideración por la reunión de socios.- ARTÍCULO UNDÉCIMO.
Utilidades, reservas y distribución: De las utilidades líquidas y realizadas se destinarán:
a el cinco por ciento 5% a la reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento 20%
del capital social; b el importe que se establezca para retribución de los administradores y síndicos y en su caso; c al pago de dividendos a las acciones preferidas en su caso; y d el remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción a su participación en el capital social, respetando, en su caso, los derechos de las acciones preferidas.- ARTÍCULO
DÉCIMO SEGUNDO. Disolución y liquidación: Producida la disolución de la sociedad, la liquidación será practicada por el o los administradores actuando a estos efectos conforme lo establecido en el artículo séptimo del presente. Cancelado el pasivo, y reembolsado el capital respetando el derecho de las acciones preferidas en su caso, el remanente, si lo hubiera, se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado.- ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Solución de controversias: Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los socios, sus administradores y, en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, cualquiera sea su naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en materia comercial con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- II.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS: En este acto el socio acuerda: 1. SEDE SOCIAL.
Establecer la sede social en Avenida Libertador N 540, UF 1, planta baja, barrio San Pedrito, ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy. 2. CAPITAL SOCIAL: El socio suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Ana Bárcena suscribe la cantidad de 20000 acciones ordinarias escriturales de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un cincuenta por ciento 50% en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación de boleta de depósito del Banco Macro, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos 2 años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.- 3. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL
ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE
PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Se decide designar Administrador titular a Ana Bárcena, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 34183728, CUIT Nº 27341837281, de nacionalidad Argentina, nacida el 26/07/1989, con domicilio real en calle Pedro Goyena N 373, San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que No es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera.- Administrador suplente a: Ana María De Bedia, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 14374016, CUIL/CUIT/CDI Nº 27 -7de nacionalidad argentina, nacido el 19/11/1960, con domicilio real en la calle Pedro Goyena 373, San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que No es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera.- La representación legal de la sociedad será ejercida por el/los administradores designados.- 4. DECLARACIÓN JURADA DE BENEFICIARIO
FINAL: Ana Bárcena, en mi carácter de representante legal, declaro bajo juramento que no hay persona humana que posea el carácter de beneficiario final, en los términos del artículo 510 inciso 6 de la Resolución General N 07/2015 de la Inspección General de Justicia.- 5. PODER ESPECIAL. Otorgar poder especial a favor de Guillermo Luis Vilte, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 30176717 para realizar conjunta, alternada o indistintamente todos los trámites legales de constitución e inscripción de la sociedad
ante el Registro Público, con facultad de aceptar o proponer modificaciones a este instrumento constitutivo, incluyendo el nombre social, otorgar instrumentos públicos y/o privados complementarios y proceder a la individualización de los libros sociales y contables ante el Registro Público. Asimismo, se lo autoriza para realizar todos los trámites que sean necesarios ante entidades financieras, la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P., Dirección General Impositiva, Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires A.G.I.P., Direcciones Generales de Rentas y Administración Nacional de Aduanas y/o todo otro organismo público o privado, quedando facultados incluso para solicitar la publicación del aviso en el diario de publicaciones legales.- ACT. NOT. B 00421293 ESC. MARIA
SUSANA BLASCO TIT. REG. Nº 66 S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.San Salvador de Jujuy, 27 de Septiembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
12 OCT. LIQ. Nº 15675 $350,00.Adenda de Instrumento Constitutivo de Farmaliber SAS - En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, República Argentina, el día 20 de septiembre de 2018 se celebra la presente ADENDA al instrumento constitutivo de la sociedad unipersonal FARMALIBER SAS, suscripto el día 26 de junio de 2018 por la Sra. Ana Bárcena, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 34.183.728, CUIT Nº 27-34183728-1, de nacionalidad argentina, nacida el 26/07/1989, estado civil soltera, con domicilio en calle Pedro Goyena 373, San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.-PRIMERA: La Sra. Ana Bárcena resuelve subsanar el error de tipeo en que incurrió al consignar su N de CUIT
en el instrumento constitutivo original, dejando establecido que el mismo es CUIT Nº 27-34183728-1. SEGUNDA: La Sra. Ana Bárcena resuelve subsanar la omisión en que incurrió el instrumento constitutivo al no constatar su profesión y la de la administradora suplente de la firma, consignando en este acto que la que suscribe es estudiante universitaria y que la Sra. Ana María de Bedia administradora suplente es de profesión Escribana.- TERCERA: La presente adenda se suscribe a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Registro Publico de Comercio en fecha 4 de septiembre del corriente año, en el marco del expediente N C-117.216/18
INSCRIPCIÓN DE FARMALIBER S.A.S..- En prueba de conformidad, se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina a los 20 días del mes de septiembre de 2018.- ACT. NOT. B 00436409 ESC. MARIA SUSANA BLASCO TIT. REG. Nº 66
- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.San Salvador de Jujuy, 27 de Septiembre de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
12 OCT. LIQ. Nº 15676 $230,00.-

REMATES
LUIS HORACIO FICOSECO
Martillero Público Mat. Prof. N 36
El día 18 del mes de octubre de 2018, a hs. 17,30 en calle Dávila Esq., Araoz del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, por cuenta y orden de PSA FINANCE COMPAÑÍA
FINANCIERA S.A. Acreedor Prendario Art. 39 de la Ley de Prenda N 12962 y art.
2229 del Código de Comercio, remataré: 1.- Un automotor marca CITROEN, modelo BERLINGO MULTISPACE HDI 92 XRT AM 18, tipo Sedan 5 Puertas, año 2017, motor marca CITROEN, Nº 10JBGR0001877, chasis marca CITROEN Nº 8BCGJ9HPAJG515766, Dominio AC 086 TS.- Secuestrado en Expte. C-118565/18:
Secuestro Prendario.- Condiciones de Venta: Sin Base, dinero de contado, al mejor postor, honorarios del Martillero 10% a cargo del comprador.- El vehículo se remata en el estado en que se encuentra y libre de gravámenes, pudiendo ser visto desde 1 hs. antes de la subasta. Deudas por patente, infracciones de tránsito y gastos de transferencia a cargo del comprador.- Esta subasta no se suspenderá aunque el día fijado fuese declarado inhábil. Edictos en Boletín Oficial y un diario local por tres veces en 10 diez días Art. 31
Ley de Prenda con Registro.- Por informes Tel. 156822132, Martillero Ficoseco.08/12/17 OCT. LIQ. 15611 $320,00.LUIS HORACIO FICOSECO
Martillero Público Mat. Prof. N 36
El día 18 del mes de octubre de 2018, a hs. 17,35 en calle Dávila Esq., Araoz del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, por cuenta y orden de VOLKSWAGEN FINANCIAL
SERVICES COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. Acreedor Prendario Art. 39 de la Ley de Prenda N 12962 y art. 2229 del Código de Comercio, remataré: 1.- Un vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo SAVEIRO 1.6, tipo PICK UP CABINA DOBLE, año 2017, motor marca VOLKSWAGEN, Nº CFZS26662, chasis marca VOLKSWAGEN Nº 98WLB45U1HP133479, Dominio AB 440 UY. Secuestrado en Expte. D-024306/18:
Secuestro Prendario. 2.- Un vehículo marca CHEVROLET, modelo PRISMA 1.4 N LT,
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 12/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date12/10/2018

Page count16

Edition count1245

First edition10/01/2018

Last issue05/08/2024

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