Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2018

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Septiembre, 03 de 2018.-

1131

Boletín Oficial Nº 98

Inc. a, c y z del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial R.R.D.P, conforme artículo 26 Inc.
a del mismo cuerpo legal., firmado por el Sr. Gobernador CPN. GERARDO RUBEN MORALES y por el Ministro de Seguridad Interino Lic. MIGUEL ANGEL SINGH. En consecuencia se le notifica que en el término de 12 hs. el Sr. COLQUE RUBEN deberá hacer entrega en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística ubicado en Avenida 1 de Mayo N 988 predio Bajo Alviña Barrio Villa San Martín, la totalidad de los elementos provistos armamento, cargadores, cartuchos, baqueta, etc. en tanto la Credencial Policial deberá hacerla entrega en el Departamento Personal sito en Avenida Santibáñez N 1372 Barrio Centro ciudad Capital, todo ello bajo apercibimiento de iniciarse las Actuaciones Sumarias Judiciales correspondientes en caso de no restituir los elementos mencionados.
Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia del Decreto 5914-MS/17 a disposición del Sr. COLQUE RUBEN.- Fdo. Gabriela MolinaComisario General.31 AGO. 03/05 SEPT. S/C.Dr. R. Sebastian Cabana-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. SONIA DEL CARMEN RIVERA, D.N.I. Nº 20.733.805 que en el Expte Nº C-097.941/17, caratulado: Ejecutivo: VEA MURGUIA, MARIA GUADALUPE c/
RIVERA, SONIA DEL CARMEN, se dictó el siguiente Proveído fs. 49: San Salvador de Jujuy, 27 de Agosto del 2018.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 07 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber la accionada Sonia Del Carmen Rivera, D.N.I. Nº 20.733.805 que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- Notifíquese art. 154 del C.P.C.- rfs. Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfán: Secretaria.- Proveído de fs. 07: San Salvador de Jujuy, 19 de Septiembre de 2017.- I.- Por presentada la DRA. MARÍA GUADALUPE VEA
MURGUIA VERDE, por sus propios derechos, por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- II.- Previo a proveer lo que por derecho corresponda, intímese a la parte actora a acreditar en autos el sellado faltante de rentas en el pagaré presentado en autos, en el término de Cinco Días, bajo apercibimiento de notificar su incumplimiento a los organismos respectivos y sin perjuicios de considerarse la voluntad de no instar el trámite de la presente causa.- III.- Cumplido, atento lo solicitado, y de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de SONIA DEL CARMEN RIVERA, DNI. Nº 20.733.805, hasta cubrir la suma de pesos treinta y un mil cien con 00/100 ctvos. $31.100,00.- en concepto de capital y con más la suma de pesos nueve mil trescientos treinta con 00/100 Ctvos. $9.330,00.- presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- IV.- En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- V.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.
Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Arts. 52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VI.-- Notifíquese ART. 155 C.P.C.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana:
Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfán: Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 27 de Agosto de 2.018.03/05/07 SEPT. LIQ. Nº 15156 $465,00.El Dr. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial N 4 Secretaria N 8 en el Expte. N C106658/18, caratulado: Ejecutivo: PEÑALOZA, MIGUEL EMANUEL c/ ZALAZAR, DIEGO
RAMON procede a notificar el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 05 de Julio de 2018.Atento las constancias de autos y lo solicitado en el escrito que antecede, notifíquese por edictos a DIEGO RAMON ZALAZAR DNI Nro. 26.091.897, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts 472 y 478 del CPC, intímase a la accionada a depositar la suma de $16.000 que se reclaman por capital, con más la suma de $4.800
para acrecidas legales.- Cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8, sito en Independencia esq. La Madrid, 1er. Piso, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intímase al demandado a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dra.
María Cecilia Hansen, Prosecretaria.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 10 de Julio de 2018.- Secretaria N 8, a cargo de la Dra.
María Cecilia Hansen, Prosecretaria.03/05/07 SEPT. LIQ. Nº 15161 $465,00.Dra. María Cristina Molina Lobos, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6- Secretaría Nº 11, en el Expte. Nº C-099447/17, caratulado: Ejecutivo: FRANCO OSCAR ADOLFO c/
CABRERA JIMENA ANALIA.- hace saber por este medio a la Sra. Jimena Analía Cabrera, que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente Sentencia que ha continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 25 de Junio de 2018.- Autos y Vistos Considerando Resuelve: 1º Mandar llevar adelante la ejecución seguida por OSCAR ADOLFO FRANCO en contra de la Sra. JIMENA ANALIA
CABRERA, hasta hacerse el acreedor de íntegro pago de la suma de pesos trece mil setecientos $13.700 con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235, desde la mora y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 2º Imponer las costas a la parte demandada vencida Art. 102 del C.P.C.- 3º Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. Juan Ernesto Nieto, en la suma de pesos cinco mil $ 5.000 en el doble carácter, de conformidad a la doctrina legal de honorarios mínimos sentada por el Superior Tribunal de Justicia y a los nuevos montos fijados mediante Libro de Acordadas Nº 21, Fº 05/07 Nº 03 de fecha 26/02/2.018, fijados a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia hasta su efectivo pago más IVA si correspondiere.- 4º Notificar por Edicto y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley Art. 154 del C.P.C..- 5º Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. María Cristina Molina Lobos-Juez. Ante mí: Dra. Lucia Frías-Firma Habilitada.-

Publíquense edictos en el boletín Oficial y un diario local por término de tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de Julio de 2.018.03/05/07 SEPT. LIQ. Nº 15076 $465,00.De acuerdo a la Resolución N 137-SCA/2018- Expediente N 1101-79-C/2018- Los Señores ALEJANDRO SANTOS CONDORI, HUGO CONDORI Y JUAN CARLOS CONDORI han solicitado la Factibilidad Ambiental para el Loteo Matrículas C-3672, C-3673 y C-3674, Padrón C1054, Circunscripción 1, Sección 3, ManzanaParcela 4G mensura y división Barrio Cerrado, Dpto.
San Antonio Ubicación Los Alisos, Provincia de Jujuy.- La obra constituye la división del perímetro total en lotes de 15x40 para la construcción de unidades habitacionales.- El correspondiente Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general para su consulta, en las oficinas de la Secretaría de Calidad Ambiental, ubicada en República de Siria N 147, Piso 3 de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación del Proyecto.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy por tres 3 veces en cinco 5 días.03/05/07 SEPT. LIQ. Nº 15176 $465,00.-

EDICTOS DE CITACION
Dr. Jorge E. Meyer, Juez de este Tribunal de Familia, Sala I, Vocalía N 2, Secretaria Dra. María Laura Caballero, en el Expediente N C-061787/2016, caratulado: Atribución del uso de la Vivienda Familiar MÁRQUEZ ROSA DEL VALLE c/ YÁNEZ HÉCTOR OMAR, en Exp. Principal B197344/2008, cita por edictos al Sr. Héctor Omar Yánez, tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local, para notificarlo de los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 23 de Marzo de 2016. Por presentada la Dra. Vilma Viviana Quiroga, en nombre y representación de Rosa Del Valle Márquez D.N.I. Nº 13.889.245, por constituido domicilio legal y por parte a mérito del Poder General presentado. Del incidente de Atribución del Uso de Vivienda Familiar Traslado al Sr. Héctor Omar Yánez D.N.I. Nº 14.787.524 por el término de diez días, bajo apercibimiento de ley. Art. 208 del C.P.C.. Notificaciones en Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Concédase el Beneficio de Justicia gratuita hasta que acredite los informes invocados art. 113
CPC.- San Salvador de Jujuy, 8 de Abril de 2016. Advirtiendo que el domicilio real de la parte demandada se sitúa en la Provincia de Chubut ampliase el plazo para contestar el traslado conferido a fs. 20 en treinta días en razón de la distancia.- San Salvador de Jujuy, 26 de Febrero de 2018.- Atento las constancias de autos y proveyendo el escrito que antecede, notifíquese mediante edictos como se pide, el traslado de la demanda ordenada en providencia de fs. 20 al Sr. Héctor Omar Yánez, con domicilio desconocido.- Notifíquese Art. 155 C.P.C.- FDO. Dr. Jorge E. Meyer-Juez-, ante mi Dra.
María Laura CaballeroSecretaria.-San Salvador de Jujuy, seis de marzo 2018.29/31 AGO. 03 SEPT. LIQ. Nº 15070-15069-15068 $465,00.Por disposición del Titular de la Fiscalía de Investigación Penal Nº 12 Dr. Ernesto Lían Resua, Secretaria a cargo de la Dra. Florencia Zalloco por habilitación, en el Expte. Nº 31590/17, Caratulado Ibáñez, Juan Luis y Farfan, Franco Gabriel p.s.a. Robo con Arma - San Pedro, se cita, llama y emplaza al inculpado FARFAN, FRANCO GABRIEL, DNI Nº 35.677.641, con dlio. en Calle Prolongación Pedro Goyena N 506 B Primavera de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Dpto. San Pedro de la provincia de Jujuy, para que se presente a estar a Derecho en la causa de referencia, dentro de los cinco días posteriores a la última publicación del presente Edicto, que se hará por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de declarar su REBELDÍA en caso de incomparencia sin causa debidamente justificada Art. 120 del C.P.P.. Sin Cargo.- San Pedro de Jujuy, 22 de Agosto de 2018.31 AGO. 03/05 SEPT. S/C.Dr. Aldo Hernán Lozano, Agente Fiscal de la Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y contra la Administración Pública de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº P-70720/14 caratulado CORVALAN
Rebeca p.s.a. de usurpación-Ciudad, ha dispuesto la notificación mediante la publicación del presente por tres 3 veces en cinco 5 días, de la imputada REBECA CORVALAN, mayor de edad, argentina, soltera, comerciante, con domicilio desconocido, nacida el 16 de diciembre de 1964 en esta Ciudad Capital, hija de Cesar Eduardo Corvalán y de Eloísa Natalia Mercado, DNI Nº 27.844.303, del requerimiento fiscal de citación a juicio recaída en la presente causa fs. 130/132 vlta., y cuya parte dispositiva expresa: Requisitoria de Citación a Juicio. Al Tribunal en lo Criminal II:. . .Petitum: Por lo expuesto y conforme lo normado por los arts. 383 y 384 del C.P.P., solicito a V.E. disponga la citación a Juicio de la presente causa, seguida contra la inculpada REBECA CORVALAN, ya filiada, a quien éste Ministerio acusa como probable autora penalmente responsable del delito de Usurpación, en los términos del art. 181 del Código Penal de la Nación. F.I.P. Nº 4, 08 de Junio de 2017.- Fdo: Dr. Aldo Hernán Lozano-Agente Fiscal-Dra. Silvia Díaz-Secretaria.- La presente publicación deberá realizarse sin cargo alguno. Secretaria de la Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y contra la Administración Pública ex F.I.P. Nº 4, 21 de agosto de 2018.31 AGO. 03/05 SEPT. S/C.Dra. Estrella Eliazarian Juezdel Tribunal de Familia Sala II Vocalía 4, en el Expte. Nº C-106977/18
Acción de Reclamación de Filiación: Guzmán FlaviaCeballos Francisco cita y a los posibles herederos y/o a los que se consideren con derechos sobre los bienes del Sr. Francisco Ceballos con las copias respectivas, por el término de quince días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere Art. 298 del C.P.C.- Asimismo, y por el mismo término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 kms. del asiento de este Tribunal de Familia Vocalía IV, bajo apercibimiento de notificársele las posteriores resoluciones por Ministerio de ley Art. 52 del C.P.C..- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Atento lo solicitado y lo dispuesto por Art. 162 del C.P.C., notifíquese a los posibles herederos mediante la publicación de edictos.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial, en un diario local por tres veces en cinco días, haciéndole saber a los accionados, que los términos empezaran a correr a partir del quinto día posterior a la última publicación, y que las copias para traslado se encuentran en secretaria a su disposición.- San Salvador de Jujuy, 16 de Abril de 2018.03/05/07 SEPT. LIQ. Nº 15113 $465,00.El Dr. Carlos M. Cosentini, Vocal de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el expte. N C-100358/17 caratulado Prescripción Adquisitiva de Inmueble en expte. principal C-059968/16: VACA SANTOS GREGORIO y VACA, HECTOR JOSE c/
BERNAL ZAMBRANA, ENRIQUE conforme lo prescribe el Art. 531 del C.P.C., cita y emplaza al Sr. ENRIQUE BERNAL ZAMBRANA y/o sus herederos, y a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble individualizado como MATRÍCULA A-15.862-12390; Padrón A-12.390; Circunscripción 1; Sección 10; Manzana 113; Parcela 4, Ubicado en calle López y Planes Nº 2.149, Bº Villa Alberdi -

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date03/09/2018

Page count8

Edition count1242

First edition10/01/2018

Last issue29/07/2024

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