Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/7/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 13 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 77

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 2938-ISPTyV/2016.EXPTE Nº 0615-923/13.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2016.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, dependiente de la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, como se detalla a continuación:
CREÁSE:
PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL - LEY N 3161/74
CARGO
CATEGORÍA
1 5
ARTICULO 2.- Designase en el cargo Categoría 5, Agrupamiento Técnico, Personal de Escalafón General - Ley N 3161/74, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, Unidad de Organización G-2 del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, a SANDY Edgar Favio, CUIL N 2013729862-8, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTICULO 3.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal 01-01-01-01-00 PLANTA PERMANENTE, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 01-01-01-18-8 Regularización Personal Ley N 5749/12 y Ley N 5835/14 correspondiente a la Unidad de Organización G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.ARTICULO 4.- Como consecuencia de lo anteriormente dispuesto y en virtud de la previsiones de la Ley N 5749/12, queda rescindido el Contrato de Locación de Servicios en el cargo categoría 12 C7 del Escalafón General suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el agente SANDY Edgar Favio.ARTICULO 5.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2946-ISPTyV/2016.EXPTE Nº 615-920/13.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2016.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, dependiente de la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, como se detalla a continuación:
CREÁSE:
PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL - Ley N 3161/74
CARGO
CATEGORIA
1 3
ARTICULO 2º.-Desígnese en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Personal de Escalafón GeneralLey 3161/74, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, Unidad de Organización "G2" del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, a PONCE Noelia Sabina del Milagro, CUIL N 27-28646381-4, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTICULO 3.-Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal 01-01-01-01-00 PLANTA PERMANENTE, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 01-01-01-18-8 Regularización Personal Ley N 5749/12 y Ley N 5835/14 correspondiente a la Unidad de Organización "G2" Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.ARTICULO 4.-Como consecuencia de lo anteriormente dispuesto y en virtud de la previsiones de la Ley N 5749, queda rescindido el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y la agente PONCE Noelia Sabina del Milagro.ARTICULO 5.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2947-ISPTyV/2016.EXPTE Nº 615-926/13.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2016.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización G-2 Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, dependiente de la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, como se detalla a continuación:
CREÁSE:
PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL - Ley N 3161/74
CARGO
CATEGORIA
1 3
ARTÍCULO 2º.-Desígnese en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Personal de Escalafón General, Ley 3161/74 de la Planta de Personal Permanente de la
886

Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, Unidad de Organización "G-2" del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, a VILLANUEVA Sonia Liliana, CUIL N
27-23984323-4, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTICULO 3º.-Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal 01-01-01-01-00 PLANTA PERMANENTE, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 01-01-01-18-8 Regularización Personal Ley N 5749/12 y Ley N 5835/14 correspondiente a la Unidad de Organización "G-2" Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.ARTICULO 4.-Como consecuencia de lo anteriormente dispuesto y en virtud de las previsiones de la Ley N 5749, queda rescindido el contrato de Locación de Servicios, suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y la agente VILLANUEVA, Sonia Liliana.ARTICULO 5.-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5403-S/2017.EXPTE Nº 721-1802/15.Agdos. Nº 721-1578/15; Nº 721-1758/15; Nº 721-1795/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N 721-1802/15 y agregados N 721-1758/15, N 721-1795/15, N 7211578/15, sobre compras varias, a la partida "L" Deuda Pública 3-10-15-01-26 para pago obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2017, Ley N 6001, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto, y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2º.-El presente Decreto será refrendando por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5618-G/2017.EXPTE Nº 400-3574/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Designase, a partir de la fecha del presente Decreto, Ministro de Cultura y Turismo, al Licenciado en Ciencia Política, FEDERICO POSADAS, D.N.I. N
22.958.940.ARTÍCULO 2.-Dése la correspondiente intervención a Escribanía de Gobierno.ARTICULO 3.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5948-MS/2018.EXPTE Nº 1400-373/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 ENE. 2018.VISTO:
Los presentes obrados a través de los cuales la Sra. Alejandra Judith Sardina Aldapi, D.N.I. N 31.399.022, ex Agente de Policía de la Provincia de Jujuy con patrocino letrado del Dr. Homero Alberto Ramón Orellana y Dr. Ubaldo Héctor Núñez, interpone Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio en contra del Decreto N 3973-MS/17; y CONSIDERANDO:
Que, obra presentación de la recurrente solicitando se revoque por contrario imperio, modifique o dicte otro acto, por ser inoportuno e ilegítimo y afectar su derecho subjetivo e interés legítimo y Garantías Constitucionales;
Que, la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad considera que el pronunciamiento final en la vía administrativa lo realiza el Gobernador de la Provincia, Intendentes y Presidentes de Comisiones Municipales y que en contra de los actos dictados por ellos no es posible articular recurso administrativo alguno siendo únicamente admisible la impugnación judicial mediante el proceso;
Que, obra intervención de Asesoría Letrada de Fiscalía de Estado donde considera que corresponde rechazar por improcedente el recurso tentado por la administrada, en contra del acto administrativo dictado por la máxima autoridad de la Provincia, dejándose constancia que es al solo efecto de dar cumplimiento a lo normado en el artículo 33 de la Constitución Nacional, sin que la misma implique rehabilitar la instancia administrativa y/o reanudar plazos vencidos;
Que, rola copia del Decreto N 3973-MS/17, mediante el cual se dispone la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de Cesantía a la presentante por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15 inc. d del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/7/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date13/07/2018

Page count12

Edition count1231

First edition10/01/2018

Last issue05/07/2024

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