Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/5/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 09 de 2018.-

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Boletín Oficial Nº 52

Sebastián Cubela, el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 16 de Abril de 2018. Autos y Vistos: El Expte. Nº C-99.574/2017 caratulado Ejecución de Sentencia: SADAIC y Gimenez Leonardi Cattolica, Paola Virginia c/ Cubela, Emiliano Sebastian y Considerando Por todo ello, la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de La Provincia de Jujuy: Resuelve: I.Mandar llevar adelante la ejecución seguida en contra del Sr. Emiliano Sebastian Cubela, hasta hacerse acreedor Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música S.A.D.A.I.C. del íntegro pago de la suma de veintitrés mil setecientos noventa y tres pesos con 84/100
$23.793,00 en concepto de capital y la suma de cuatro mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100
$4.044,00 en concepto de honorarios a la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi Cattolica, con más las costas del juicio y con los intereses que ordena la sentencia que se ejecuta desde la fecha de mora hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas al ejecutado vencido Art.102
CPC.- III.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi Cattolica en la suma de mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con 00/100 $1.855,00., suma que en caso de mora devengará idéntico interés que para el capital. IV.- Aditar IVA a los honorarios en caso de corresponder. V.- Agregar copia en autos, notificar en la forma de estilo, protocolizar.- Fdo. Norma Beatriz Issa Pte. de Tramite - Carlos M. Cosentini y Alejandra Ma.
Luz Caballero VocalesAnte Mi María Florencia Rivas Prosecretaria. Es Copia: Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 27 de ABRIL de 2018.09/11/14 MAY. LIQ. Nº 13984 $465,00.Dr. Juan Pablo Calderón - Juez por Habilitación - del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaria N 17, en el Expte. Nº D-008433/14 caratulado Ejecutivo: Prepara Via Tarjeta Naranja S.A. c/ Rivetti Gustavo Guillermo.-, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: fs. 56. San Pedro de Jujuy 13 de octubre de 2016.- I.- Hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 475 del CPC, en consecuencia téngase por preparada la vía ejecutiva.- II.- En consecuencia y en virtud de lo dispuesto por los arts. 472 inc 2, 478 del CPC
líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de la demandada en el domicilio denunciado, por la suma de pesos catorce mil seiscientos cuarenta y cuatro con 79/100 centavos $14.644,79.- en concepto de capital, con mas la suma de pesos siete mil trescientos $7.300.- calculados provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas sumas reclamadas, designándose depositario judicial al propio accionado o a tercera persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.-III.Cítese de REMATE para que en el termino de cinco días concurra ante este Juzgado y Secretaria, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- IV.-Por igual termino, se intimara al demandado, para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en los sucesivo por Ministerio de la Ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza art. 52 y 154 del CPC.- V.-Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Oficial de Justicia.-VI.-Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VII.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Carlos Correa - Juez por habilitaciónante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan-Secretaria Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 10 de Octubre de 2017.09/11/14 MAY. LIQ. Nº 13844 $465,00.Dra Marisa Eliana Rondon - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 6, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Ríos Lara, Benigno León que en el Expte Nº C036621/14, caratulado: Credinea S.A c/ Ríos Lara Benigno León S/ Ejecutivo se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 31 de Octubre de 2017.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. C-036621/14 Caratulado Ejecutivo: Credinea S.A. C/ Ríos Lara, Benigno León del que Resulta Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra del Sr. Ríos Lara, Benigno León DNI
93.069.944 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos nueve mil cincuenta y ocho con 50/100 ctvos $ 9.058,50 con más los intereses de la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I - Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235 desde la mora 11/04/13 y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- IIRegular los honorarios profesionales del Dr. Martín Meyer en la suma de pesos tres mil quinientos $3.500, por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo expuestos en los considerandos a los que me remito en caso de ser necesario y en honor a la brevedad. III.-Imponer las costas a la vencida Art. 102
C.P.C. IVHacer efectivo el apercibimiento a fs. 11 en contra del SR. Ríos Lara, Benigno León DNI 93.069.944 mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y Cedula; y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VII.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo:
Marisa E. Rondon - Juez; Ante Mi: Valeria Alejandra Bartoletti-Prosecretaria mam.Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial art. 152 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de Noviembre del 2017.09/11/14 MAY. LIQ. Nº 13845 $465,00.Dra. Alicia Marcela Aldonate - Actuaria Titular de la secretaria N 16 del Juzgado C. y C. N 8
del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D-016961/16 Caratulado: Ejecutivo Prepara Vía: Tarjetas Cuyanas S.A. c/ Carlos Daniel Rojas hace saber que el Sr. Juez de la causa ha dictado el sgte. Decreto: San Pedro de Jujuy, 16 de Diciembre de 2016.- I.- Por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, por constituido domicilio legal y actuando en nombre y representación de TARJETAS CUYANAS S.A. a merito de Copia de Poder Gral.
Para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada se arrima en autos.- II.- Atento a la demanda ejecutiva con preparación de vía, con carácter previo y de conformidad a lo establecido en el art. 473, inc. 1 del C.P.C., cítese al Sr. Carlos Daniel Rojas en el domicilio denunciado, a reconocer el contenido de los instrumentos obrantes a fs. 14/17, como así también si la firma inserta en el, le pertenece, munido de sus documentos de identidad por ante este Juzgado N 8, Secretaria N 16, dentro de los cinco días de notificados, bajo apercibimiento de
dársele por reconocida la documentación que se ejecuta en autos, el que se hará efectivo si no compareciere o no justificare su inconcurrencia art. 475 C.P.C .- III.- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil en caso de feriado.- IV.- ComisióneseV.Notifíquese .-Fdo. Dr. Juan C. CorreaJuezAnte Mi: Dra. Alicia M. Aldonate - Sec.Publíquense Edictos en el boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 25 de Octubre de 2017.09/11/14 MAY. LIQ. Nº 13846 $465,00.De acuerdo a la Resolución Nº 126-SCA/2018. Expediente Nº 1101-73-V-2018. La empresa VILLANUEVA E HIJOS S.A. comunica que ha presentado el Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de 40 viviendas e infraestructura en la Ciudad de El Carmen, que tendrá una superficie 2.257,2m2 construidos. Dicho estudio se encuentra disponible para su consulta en las oficinas de la Secretaria de Calidad Ambiental, cita en la calle Republica de Siria Nº 147, 3er piso. - Publíquese en el Boletín Oficial por tres 3 veces en 5 días. 09/11/14 MAY. LIQ. Nº 14012 $465,00.De acuerdo a la Resolución Nº 128-SCA/2018. Expediente Nº 1101-111-V-2018. La empresa VILLANUEVA E HIJOS S.A. comunica que ha presentado el Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de 48 viviendas e infraestructura en Calilegua Dpto. Ledesma, que tendrá una superficie 2.719,2 m2 construidos. Dicho estudio se encuentra disponible para su consulta en las oficinas de la Secretaria de Calidad Ambiental, cita en la calle Republica de Siria Nº 147, 3er piso.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres 3 veces en 5 días. 09/11/14 MAY. LIQ. Nº 14014 $465,00.De acuerdo a la Resolución Nº 154/2018- SDS.- Del Expediente Nº 1102-153-C-2017; de fecha 24 de Abril del 2018.- En el presente Expte. iniciado por CICHELLO DANTE DNI:
7.819.778 se presenta la Publicación de Inclusión en el procedimiento de evaluación de Impacto Ambiental de PMSBN Plan de Manejo Sostenible de Bosques Nativos, que comprende 405 Has de Finca denominada Potrero de Cachipunco ubicada en el Distrito Siete Aguas, del Departamento: Santa Bárbara, de la Provincia de Jujuy.- Conforme lo previsto en los Decretos Reg Nº 5980/06 Art N 4 y artículos 3 y 4 del Decreto Nº 9067/07, reglamentarios de la Ley General del Ambiente, y la presentación a tal efecto de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado, que se encuentra a disposición del público en general, en oficinas centrales de esta Repartición, sita en calle República de Siria Nº 149 de la ciudad de San Salvador de Jujuy para su consulta.- Articulo N 2: Se deberá publicar a su cargo, por una 3
tres veces en 5 cinco días, en el Boletín Oficial de la Provincia y en diario provincial.09/11/14 MAY. LIQ. 14022 $465,00.De acuerdo a la Resolución Nº 073-SCA-2018 - LA ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES
UNIVERSITARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA comunica que desarrollará un proyecto de fraccionamiento que consistirá en la adecuación de una superficie de 3 has. para ser destinada a MENSURA Y ANTEPROYECTO DE LOTEO. El mismo se realizará en un predio ubicado dentro de la localidad de Rio Blanco en el departamento Palpalá, identificado con Padrón P-71937.- Las pautas y procedimientos para la realización del proyecto se encuadran en la Ley Provincial 2903/72 y normativa municipal vigente.- El parcelamiento incluye incorporación de un espacio verde y espacio para edificio Público, tal cual lo establece la ley de Fraccionamiento de Tierras.- Los lotes son, en general, de medidas regulares. La superficie de los lotes es mayor a 250 m2 y se categorizarían como terrenos de zona Urbana, según ley de Fraccionamiento de Tierras.- Los interesados podrán realizar sus observaciones por escrito, y conjuntamente con las pruebas que estimen pertinentes, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación del proyecto. Cabe mencionar que la documentación descriptiva del Proyecto de encuentra a disposición del público en general, para su consulta, en oficinas centrales de la Secretaria de Calidad Ambiental del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Jujuy, sita en calle República de Siria N 147 3 piso, de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.09/11/14 MAY. LIQ. 14079 $465,00.-

EDICTOS DE CITACION
Ref. Expte. Nº C-089931/17 caratulado: Ejecución de Sentencia en el Expte. Principal B218121/09: Adrián Antonio ARAMAYO y Christian Fernando LÓPEZ c/ Guillermo Eduardo Calsina, Guillermo Gustavo Calsina y Gladis Noemi Ayala.- Dra. Norma ISSA, Jueza, Pta. de Trámite de la Vocalía Nº 9 - Sala III - Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-089931/17 caratulado Ejecución de Sentencia y Honorarios en Expte.
Principal Nº B-218121/09: Adrián Antonio Aramayo y Christian Fernando López c/ Guillermo Eduardo Calsina y otros, cita y emplaza a los demandados, Sres. Guillermo Eduardo Calsina, Guillermo Gustavo Calsina y Gladis Noemi Ayala, para que en el término de cinco días a partir de la última publicación de edictos, pague ante ésta vocalía Nº 9, sala III de la cámara en lo civil y comercial de la provincia de Jujuy; la suma de pesos setecientos setenta y cuatro mil setenta y seis con sesenta y siete ctvos. $774.076,67 en concepto de planilla de liquidación aprobada en el Expte. principal el que corre agregado por cuerda, con más la suma de pesos setenta y siete mil cuatrocientos $77.400 estimado provisoriamente en concepto de acrecidas, y citarlos de remate a los ejecutados, a fin de que en el plazo de cinco 5 días, opongan excepciones legítimas si las tuvieren, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución.Publíquense edictos, en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación en la Provincia, tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 04 de Diciembre del 2017.- Dra. María Florencia Rivas - Prosecretaria.04/07/09 MAY. LIQ. Nº 13950 $465,00.Dra. María Cristina Molina Lobos, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaria Nº 11, en el Expte Nº C-075692/16, caratulado: Castillo S.A.C.I.F.I.A. c/ Cognetta Grimaudo Martin Gabriel S/ Ejecutivo cita y emplaza al
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/5/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date09/05/2018

Page count16

Edition count1235

First edition10/01/2018

Last issue17/07/2024

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