Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/4/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 06 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 38

Que, la empresa INDOPLER SA presentó en fecha 12 de mayo del año 2017, mediante nota 399/2017-SCA, la Solicitud de Factibilidad Ambiental para su planta de reciclado de materiales no ferrosos a partir de baterías en desuso, sita en Ruta Provincial N1 Km 17, Parque Industrial Alto la Torre, en la ciudad de Palpalá, adjuntando un Estudio de Impacto Ambiental Detallado EsIAD presentado de conformidad a las disposiciones de los Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 y 9067/07.Que, mediante Resolución N453/2018-SCA, de fecha 04 de enero del año 2018, se dispuso la clausura total y temporal de la empresa INDOPLER S.A. debido a la constatación de irregularidades en el proceso y en la gestión de los residuos, así como por operar sin las correspondientes autorizaciones provinciales, y se solicitó la presentación de un Plan de Trabajo que contemple las acciones necesarias que la empresa debería llevar a cabo, el que fue finalmente cumplimentado en fecha 31 de enero del año 2018.Que, mediante Resolución 034/18-SCA, de fecha 15 de febrero del corriente año, se dispuso el cese de la clausura a la empresa y se solicitó la instalación de termómetros en el interior de los filtros de mangas, la conclusión de las obras de contención de aguas pluviales y de pavimentación y la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado para la construcción del relleno de seguridad para disponer escorias finales de procesos.Que, mediante Resolución Nº 050/2018-SCA, de fecha 23 de febrero de 2018, se otorgó PreFactibilidad Ambiental al Proyecto Planta de reciclado de metales no ferrosos presentado por INDOPLER S.A y se incluyó a la etapa de construcción y operación del mismo en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad a las disposiciones de los Decretos 5980/06 y 9067/07, teniéndose por presentado el EsIAD mediante la nota 399/17SCA.Que, el área técnica de la Dirección Provincial de Fiscalización y Pasivos Ambientales DPFyPA procedió a evaluar el EsIAD presentado por INDOPLER S.A., surgiendo observaciones que fueron cursadas mediante Nota N 86/18-SCA, a lo que la empresa dio contestación, surgiendo nuevas observaciones que fueron notificadas mediante Nota N 131/18SCA y respondidas en su totalidad por la empresa en fecha 05 de marzo del 2018.Que, con fecha 27 y 28 de febrero, 02 y 05 de marzo del año 2018, la empresa INDOPLER S.A.
realizó la publicación de una descripción sucinta del proyecto mencionado ut-supra, en el Boletín Oficial de la Provincia, y en Diarios Provinciales, dando cumplimiento al artículo N 4
de la Resolución N 50/2018-SCA, y que cumplido el plazo de 10 diez días hábiles, contados a partir de la fecha de la última publicación, no se ha recepcionado en esta Secretaría observaciones al proyecto.Que, se dio intervención a la Municipalidad de Palpalá con objeto de que emitiera opinión respecto al proyecto y no se recibió objeción por parte de la misma.Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Ambiente tomo la intervención que le compete, solicitando la presentación de documentación legal que fue notificada a la empresa en fecha 23 de febrero mediante Nota N 131/18 y N 150/18-SCA, la cual fue cumplimentada por la empresa en fecha 09 de marzo del año 2018.Que, la empresa dio cumplimiento a todas las observaciones técnicas realizadas al EsIAD y presentó la documentación legal solicitada por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Ambiente, y por lo tanto corresponde otorgar Factibilidad Ambiental al proceso de Reciclados de materiales no ferrosos de la empresa Indopler S.A.Que, por otro lado, la Ley N6053 Impositiva de la Provincia de Jujuy, establece las tasas retributivas a abonar por el servicio de evaluación de impacto ambiental en los términos del D.R
Nº 5980/06.Por ello;
LA SECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTICULO N 1: Otorgar Certificado de Aptitud Ambiental Nº 0080, que como anexo único forma parte integrante de la presente resolución, a la empresa INDOPLER S.A., sita en ruta Provincial N 1 Km 17 - Parque Industrial Alto la Torre de la ciudad de Palpalá, Provincia de Jujuy, el que tendrá vigencia por el termino de 2 dos años a partir del día de la fecha, sujeto a las condiciones establecidas mediante la presente Resolución.ARTICULO Nº 2: INDOPLER S.A. deberá realizar los monitoreos que se detallan a continuación: a Aire, frecuencia trimestral: Inmisión en cuatro esquinas del predio.
Parámetros: CO, NOx, SO2, MPT y PM10 con determinación de fracción respirable, Niebla ácida H2SO4, Pb, As, Sb Emisiones gaseosas de todas las chimeneas existentes en la planta.
Parámetros: CO, NOx, SO2, MPT, Niebla ácida H2SO4, Pb, As, Sb. b Agua, frecuencia semestral: Canal de desage pluvial: Parámetros: pH, Pb, As, Sb. c Suelos, frecuencia semestral: Calidad de suelos en cuatro puntos de la planta a 20 cm y 60 cm de profundidad.
Parámetros: Pb, As, Sb e Hidrocarburos totales. d Escorias finales de procesos, Frecuencia Anual: Caracterización de residuos peligrosos según lo reglamentado por el anexo VI del D.R.
N 831/93 inciso d. Parámetros: Pb, As,Cd,Zn,Cu. Los resultados de estos monitoreos deberán ser presentados trimestralmente ante esta Secretaría, con copia de los protocolos de laboratorio correspondiente.ARTICULO Nº 3: INDOPLER S.A. deberá cumplimentar lo solicitado por el articulo N 6 de la Resolución N 034/2018-SCA.ARTICULO Nº 4: La Secretaría de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental.ARTICULO Nº 5: Las disposiciones de la presente Resolución no eximen a INDOPLER S.A.
por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio que las actividades del laboratorio pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.ARTICULO Nº 6: El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolución dará lugar a que esta Secretaría aplique las sanciones establecidas por el D.R. N5606/02.ARTICULO Nº 7: Fíjese como tasa retributiva por el servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, el monto equivalente a 1000 MIL LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N6053 Impositiva de la provincia de Jujuy. Dicha suma será abonada en tesorería de esta Secretaría e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente Nº 3-200-0941007656-8, denominada Secretaría de Calidad Ambiental, cargo Banco Macro Bansud S.A., San Salvador de Jujuy, antes de la finalización del día hábil siguiente al de su percepción.ARTICULO Nº 8: La presente Resolución que contiene el Dictamen de Factibilidad Ambiental agota la vía administrativa. La parte Resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una 1 vez en el Boletín Oficial de la Provincia art. 28 Dec.
5980/06. Luego, deberá remitir copia de la publicación a este Organismo.
ARTICULO Nº 9: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría. Notifíquese a INDOPLER S.A., a la Municipalidad de la Palpalá, a la Dirección de Saneamiento Básico y Residuos Peligrosos y al Área Técnica de la DPFyPA de esta Secretaría, a sus efectos.
Cumplido, archívese.

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Dra. María Fernanda Yapur Secretaria de Calidad Ambiental.06 ABR. LIQ. Nº 13564 155,00.MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.DEPARTAMENTO EJECUTIVO.EXPEDIENTE Nº 16-2358/-2018-1.DECRETO Nº 0642.18.040.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 ABR. 2018.VISTO:
El Decreto Nº 452.18.040 de fecha 19 de marzo de 2018, mediante el cual se llama a Licitación Pública Nº 3/2018, para el día 06 de abril del corriente año, referente a la ADQUISICIÓN DE
ROPA DE TRABAJO PARA EL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE; y CONSIDERANDO:
Que, a los efectos de evitar nulidad en el proceso licitatorio, se estima conveniente postergar la fecha de realización de la presente Licitación;
Que, ante ello este Departamento Ejecutivo estima conveniente prorrogar el acto licitatorio fijando como nueva fecha de apertura de sobres el día 17 de abril de 2018 a horas diez hs.
10:00;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Postergase el acto licitatorio del día 06 de abril de 2018 correspondiente a la Licitación Pública Nº 03/2018 referente a la Adquisición de Ropa de Trabajo para el Personal que Presta Servicios en la Dirección General de Tránsito y Transporte, fijándose como nueva fecha de Apertura de los Sobres para dicha Licitación, el día 17 de abril de 2018 a horas diez hs. 10:00 en el Salón de los Intendentes de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy; si el día señalado fuere inhábil para la administración municipal, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente en el mismo lugar y a la misma hora, pudiendo presentarse solo aquellos proveedores que hasta la fecha y horario originalmente fijado hubieren presentado propuesta. Las ofertas podrán presentarse hasta una hora antes de la fijada para la apertura de sobres, en la Dirección General de Compras y Suministros.ARTICULO 2º.- Por intermedio de la Dirección General de Compras y Suministros, procédase a remitir las correspondientes invitaciones de rigor a las firmas proveedoras interesadas en participar de la presente Licitación Pública.ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial y pase para su conocimiento y demás efectos a las siguientes dependencias: Dirección General de Compras y Suministros, Dirección Notarial, Contaduría General, Dirección General de Presupuesto y Dirección General de Auditoria Interna Municipal.Arq. Raúl E. Jorge Intendente.06/09 ABR. S/C.-

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS
EJE SA Convocar a los Señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 17 de abril de 2018 a las 09:30 horas en primera convocatoria, y a las 10:30 horas en segunda convocatoria, en la sede legal de la Sociedad, ubicada en calle Independencia Nº 60, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, para tratar el siguiente:
Orden del Día: 1.-Designación de dos accionistas para firmar el Acta. 2.-Consideración de la memoria, inventario, balance general estado de situación patrimonial, estado de resultados, estado de evolución del patrimonio neto, estado de flujo de efectivo, cuadros anexos, notas complementarias e informe de la Comisión Fiscalizadora correspondientes al Ejercicio Nº 21
iniciado el 1º de enero de 2017 y cerrado el 31 de diciembre de 2017. 3.-Remuneración del Directorio y Síndicos integrantes de la Comisión Fiscalizadora, correspondiente al Ejercicio Nº 22 cerrado el 31 de diciembre de 2017. 4.-Aprobación de la gestión del Directorio, de la Comisión Fiscalizadora y de los Gerentes, correspondiente al Ejercicio Nº 22 cerrado el 31 de diciembre de 2017. 5.-Distribución de utilidades del Ejercicio Nº 22 cerrado el 31 de diciembre de 2017. 6.-Elección de cuatro Directores Titulares y cuatro Directores Suplentes por las acciones Clase A, elección de dos Directores Titulares y dos Directores Suplentes por las acciones Clase B, y elección de un Director Titular y un Director Suplente por las acciones Clase C, todos ellos por el período que determine la Asamblea. 7.-Elección de dos miembros Titulares y de dos miembros Suplentes de la Comisión Fiscalizadora por las acciones Clases A y B, y elección de un miembro Titular y un miembro Suplente por la Clase C, todos ellos por el período que determine la Asamblea.
NOTAS: El punto 6 será tratado y resuelto en Asamblea Especial de los socios titulares de acciones Clases A y B respectivamente, según lo establecido en el artículo 14 del Estatuto Social. El punto 7 será tratado y resuelto en Asamblea Especial conjunta de los socios titulares de acciones Clases A y B, según lo establecido en el artículo 30 del Estatuto Social. Para asistir a la Asamblea, los accionistas deberán cursar una comunicación a la Sociedad para su registro en el Libro de Asistencia a Asambleas con tres 3 días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la celebración de Asamblea artículo 18 del Estatuto Social. En el caso de concurrir mandatarios, éstos deberán dar cumplimiento a lo que establece el artículo 239 de la Ley 19.550.23/26/28 MAR. 04/06/08 ABR. LIQ. N 13459 $ 1500,00
EJSED SA: Convocar a los Señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 17 de abril de 2018 a las 11:30 horas en primera convocatoria, y a las 12:30 horas en segunda convocatoria, en la sede legal de la Sociedad, ubicada en calle Independencia Nº 60, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, para tratar el siguiente:
Orden del Día: 1.-Designación de dos accionistas para firmar el Acta.2.-Consideración de la memoria, inventario, balance general estado de situación patrimonial, estado de resultados, estado de evolución del patrimonio neto, estado de flujo de efectivo, cuadros anexos, notas complementarias e informe de la Comisión Fiscalizadora correspondientes al Ejercicio Nº 22
iniciado el 1º de enero de 2017 y cerrado el 31 de diciembre de 2017. 3.-Remuneración del Directorio y Síndicos integrantes de la Comisión Fiscalizadora, correspondiente al Ejercicio Nº
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/4/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date06/04/2018

Page count16

Edition count1230

First edition10/01/2018

Last issue03/07/2024

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