Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/3/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 09 de 2018.-

Anexo Boletín Oficial Nº 28

GOBERNADOR

Ministerio Público de la Acusación
RESOLUCION MPA Nº 717/2.017.San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre de 2.017.VISTO:
La solicitud del Dr. Sergio Marcelo Cuellar, Fiscal del Tribunal Criminal Nº 1 a fs. 85 y 86, por la que solicita el cambio del equipo de aire acondicionado de su despacho, y el pedido interno realizado por el Dr. Nicolás Camacho, Secretario Coordinador de Mesa de Registraciones y Estadística a fs. 87, que solicita un equipo de aire acondicionado Split frio/calor 6300/6500 WATS; y CONSIDERANDO:
Que el Sr. Fiscal del Tribunal Criminal Nº 1 expone en su solicitud que el equipo de aire acondicionado de su despacho fue revisado por el técnico designado por la administración, quién elevó un informe que consta a fs. 83 y 84, del cuál surge la conveniencia de ser reemplazado puesto que el arreglo del mismo resulta muy oneroso.Que el Dr. Camacho explica en su pedido que la oficina de la Mesa de Entrada Me.R.E.
carece de ventilación natural.Que esta Fiscalía General concuerda con los argumentos expuestos por ambos funcionarios y considera pertinente proveer los equipos solicitados, para así, proporcionar un ambiente adecuado de trabajo al personal del Ministerio Público de la Acusación.Que a fs. 89, se informa sobre la existencia de crédito presupuestario en las Partidas Presupuestarias 7.1.1.0. Bienes de Capital, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.Que, se ha solicitado presupuesto a la empresa ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna José.Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N
878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a.Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.-AUTORIZAR la Compra Directa de los Equipos de Aire Acondicionado solicitados a la firma ACOSTA MUEBLES de Acosta Laguna, José.2º.-AUTORIZAR el libramiento de Órdenes de Compra y luego de la entrega de los bienes, el libramiento de las Órdenes de Pago a favor de Acosta Laguna, José, propietario de la firma ACOSTA MUEBLES por la suma de Pesos Veinticuatro Mil Quinientos Cincuenta con 00/100 $24.550.-.3º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 Bienes de Capital.4º.-Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-

RESOLUCION MPA Nº 720/2.017.San Salvador de Jujuy, 06 de Octubre de 2.017.EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESUELVE:
1.- Promover a la Sra. Judith Haidee Fanny Quispe, legajo N 8.010, a la categoría 12-B
del Escalafón de Personal Administrativo, en razón de los argumentos expuestos en los considerandos y a partir de la fecha de la presente.2.- La agente cumplirá sus funciones en el ámbito de la Fiscalía General, con desdoblamiento de su horario en los turnos matutino y vespertino hasta completar la carga horaria diaria.3.- Declárase la vacancia de una categoría 11-B del Escalafón de Personal Administrativo.-

Dr. Sergio E. Lello Sánchez Fiscal General Ministerio Público de la Acusación RESOLUCION MPA Nº 718/2.017.San Salvador de Jujuy, 05 de Octubre de 2.017.EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1.-Disponer que la Sra. Natalia Vanesa Lobo, Legajo N 8.071, cumplirá sus funciones en carácter de Secretaria Privada de la Administración General, a partir de la fecha de la presente resolución.2.-Asimismo deberá ejercer funciones de Superintendencia de la sede del Ministerio Público de la Acusación que se encuentra en el Edificio de Calle Balcarce N 354 de esta Ciudad.3.- Déjase sin efecto la Resolución MPA N 413/2.017.Dr. Sergio E. Lello Sánchez Fiscal General Ministerio Público de la Acusación RESOLUCION MPA Nº 719/2.017.San Salvador de Jujuy, 05 de Octubre de 2.017.EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1.- Sustitúyase el artículo 16 del Reglamento Interno de los Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Acusación aprobado por Resolución MPA N 005/2.016 de fecha 19 de Enero de 2.016, el siguiente texto:
d Horario.
ARTÍCULO 16: La jornada diaria de labor para los empleados será de seis 6 horas. Se extenderá, en principio, coincidentemente con el Poder Judicial de la Provincia, de 7:30 a 13 horas y de 15:30 a 21 horas.Para los funcionarios la jornada diaria será de ocho 8 horas, debiendo cumplir sus funciones de 8:00 a 13:00 horas y de 18:00 a 21:00 horas. En el caso de las Fiscalías que tuvieren dos Actuarios, éstos deberán cubrir el horario vespertino en forma completa, es decir que su horario deberá intercalarse entre el de las 15:00 a 18:00 horas y el de 18:00 a 21:00.Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos precedentes, el Fiscal General de la Acusación, los Fiscales o los Jefes de las oficinas o áreas que lo requieran, podrán disponer la prolongación o alteración de dichos horarios por razones de mejor servicio.Dr. Sergio E. Lello Sánchez Fiscal General
Dr. Sergio E. Lello Sánchez Fiscal General Ministerio Público de la Acusación RESOLUCION MPA Nº 722/2.017.San Salvador de Jujuy, 10 de Octubre de 2.017.VISTO:
La solicitud del responsable del Sector de Mantenimiento del Ministerio Público de la Acusación a fs. 111, por la que requiere la compra de herramientas para el acondicionamiento y reparación en obra de edificios y oficinas del organismo: dos masas, dos puntas, dos corta fierros y una ruleta; y CONSIDERANDO:
Que esta Fiscalía General considera que el Sector Mantenimiento debe tener las herramientas suficientes para atender todas las necesidades de reparaciones, refacciones y obras menores que surgieran en los distintos edificios destinados a las dependencias del organismo.Que a fs.113, se informa sobre la existencia de crédito presupuestario en las Partidas Presupuestarias 7.1.1.0. Bienes de Capital, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.Que se ha solicitado presupuesto a la empresa CyC Materiales de Virginia Mercedes Caballero, con la cuál, este Ministerio tiene acordada una cuenta corriente.Que la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N
878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a.Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.-AUTORIZAR la Compra Directa de las herramientas detalladas a la empresa CyC
Materiales de Virginia Mercedes Caballero.2º.-AUTORIZAR el libramiento de la Orden de Compra y luego de la entrega de los bienes, el libramiento de las Órdenes de Pago a favor de Virginia Mercedes Caballero, propietaria de CyC Materiales por la suma de Pesos Un Mil Trescientos Veinte c/25/100
$1.320,25.3º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 Bienes de Capital.4º.-Protocolícese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Sergio E. Lello Sánchez Fiscal General Ministerio Público de la Acusación RESOLUCION MPA Nº 723/2.017.San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre de 2.017.EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1.- Autorizar a la Lic. María Soledad Cortés, psicóloga, C.U.I.L. N 23-30124847-4, Matr. Prof. N 521 para realizar la rotación ad honorem en carácter de residente por un período de cuatro 4 meses.2.- La rotante queda habilitada para la emisión de informes psicológicos que le fueran requeridos y sin perjuicio de otras funciones relacionadas con su especialidad que le fueran especialmente encomendadas, y quedando bajo la supervisión del Lic. Alejandro Javier Zamar, Legajo N 8.212 y la Lic. María Candelaria De Bedia, Legajo N 8.211, indistintamente; quienes suscribirán los informes y documentación en forma conjunta con la rotante.3.- La rotante queda sometida al reglamento de empleados y funcionarios del Ministerio Público de la Acusación, como así también al mismo régimen disciplinario, debiendo cumplir el horario establecido y con total de nueve 9 horas diarias.4.- Al finalizar el período de rotación, los supervisores deberán presentar al Sr. Fiscal General un informe de desempeño de la rotante, en un plazo no mayor de diez 10 días.5.- Queda manifestado que la rotación no genera vínculo laboral alguno, ni de otra naturaleza con el Ministerio Público de la Acusación; asimismo, la rotante deberá acreditar con carácter previo la cobertura de seguro del riesgos del trabajo.Dr. Sergio E. Lello Sánchez Fiscal General Ministerio Público de la Acusación RESOLUCION MPA Nº 724/2.017.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/3/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date09/03/2018

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First edition10/01/2018

Last issue31/07/2024

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