Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 30/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 169

Miércoles, 30 de agosto de 2023

Pág. 14659

Economía, Hacienda y Asistencia a Municipios.
Puesto creado en RPT
Cód/C.P
1.1.6/360

Denominación Gr. N.D.
Directora/or
A1

30

Plaza a crear en Plantilla
C.E.

Productividad.

Vínculo
Nº plaza
Denominación
Centro Coste
16.334,50

6.358,20

Directivo
3157

Directora/or
360

Infraestructuras Municipales.
Puesto creado en RPT
Cód/C.P

Denominación
1.1.5/500

Directora/or Adjunto
Gr. N.D.
A1

29

Plaza a crear en Plantilla
C.E.

Productividad.

Vínculo
Nº plaza
Denominación
Centro Coste
15.052,10

2.728,08

Directivo
3160

Directora/or Adjunta/o
500

Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Puesto creado en RPT
Cód/C.P

Denominación
1.1.5/010

Directora/or Adjunto
Gr. N.D.
A1

29

Plaza a crear en Plantilla
C.E.

Productividad.

Vínculo
Nº plaza
Denominación
Centro Coste
15.052,10

2.728,08

Directivo
3159

Directora/or Adjunta/o
010

II.- La presente propuesta conlleva incremento de gasto en retribuciones debido a la incremento en retribuciones básicas y complementarias derivado de la creación de cuatro nuevas dotaciones de plazas, por lo que de no existir crédito suficiente en las aplicaciones correspondientes de personal directivo de la plantilla de Diputación para atender los gastos derivados desde la entrada en vigor de la presente modificación y hasta la finalización del ejercicio 2023, será preciso realizar la modificación presupuestaria oportuna.
Considerando lo dispuesto en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, que establece en su apartado 1 que las plantillas deberán contener todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Que en su apartado 2 establece que las plantillas podrán ser ampliadas cuando el incremento de gasto quede compensado mediante la reducción de otras unidades o capítulos de gastos corrientes no ampliables.
El apartado 3 de la norma referida establece que la modificación de la plantilla durante la vigencia del Presupuesto requerirá el cumplimiento de los trámites establecidos para la modificación de aquél.
Y el artículo 127 del mismo texto legal determina que una vez aprobada la plantilla, o su modificación en este caso, corresponde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y su remisión a la Administración del Estado y, en su caso, a la comunidad autónoma respectiva.
III.- Corresponde al Pleno de la Corporación la aprobación de la presente modificación de la Plantilla, conforme a lo determinado en el artículo 33.1.f de la Ley 7/1985, previo dictamen de la Comisión de Recursos Humanos.

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 30/8/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

CountrySpain

Date30/08/2023

Page count36

Edition count5654

First edition02/01/2003

Last issue15/07/2024

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