Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 8/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 26

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Granada, miércoles, 8 de febrero de 2023

la Seguridad Social, las nóminas y sus incidencias, las encomiendas de gestión y las aportaciones a Entidades Públicas o dependientes del Ayuntamiento, así como las facturas derivadas de los BastiBonos o ayudas a la pintura y cerramientos en el conjunto histórico.
De conformidad con lo establecido en el Artículo, 169
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público la modificación de las bases de ejecución, por plazo de 15 días.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170 del Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en apartado segundo de este artículo, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a Plazo de exposición y admisión de reclamaciones:
15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b Oficina de presentación: Registro General c Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
La Modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2023, se considerará definitivamente aprobado si durante el referido plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Baza, 1 de febrero de 2023.-El Alcalde, fdo.: Manuel Gavilán García.

NÚMERO 417

AYUNTAMIENTO DE BENALÚA DE LAS VILLAS
Granada
Decreto OEEP rectificación EDICTO
Advertidos sendos errores en las resoluciones de la oferta extraordinaria de estabilización de empleo temporal, y a tenor de lo establecido en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se resuelve:
El pasado 28 de diciembre de 2021 se aprobó la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el sector público, en la que se contemplaba entre otras cuestiones la posibilidad de articular procesos de Estabilización de Empleo Temporal que comprendieran aquellas plazas que cumplieran los requisitos exigidos en la citada Ley, al objeto de poner fin a un constante y sostenido aumento de la tasa de empleo temporal en el sector público.
Tal y como viene recogido en la exposición de motivos de la citada Ley La tasa de temporalidad registrada en el empleo público es ya superior a la registrada en el sector privado. Esta situación no solo se aleja de forma manifiesta del modelo de función pública configurado por nuestra Constitución Española, sino que compromete la adecuada prestación de los servicios públicos,
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en la medida en que la temporalidad impide articular políticas de recursos humanos dirigidas a garantizar la calidad de los servicios públicos. Esta situación puede atribuirse a varios factores.
En primer lugar, es preciso tener en cuenta los factores de tipo presupuestario. Así, en las últimas décadas las Leyes anuales de presupuestos han venido imponiendo criterios restrictivos para la dotación de plazas de nuevo ingreso del personal al servicio de todas las Administraciones Públicas en el marco de las directrices presupuestarias de contención del gasto público.
En segundo lugar, existe un grupo de factores relacionados con la insuficiente utilización de la planificación estratégica en la ordenación del empleo público, así como la falta de regularidad de las convocatorias y procedimientos de selección de personal para la cobertura de vacantes con carácter definitivo.
En efecto, se ha constatado que no siempre existe una práctica asentada de convocatoria periódica y sistemática, preferentemente con carácter anual, de las plazas vacantes, para su provisión definitiva. A su vez, la falta de convocatoria regular obedece a que los procedimientos de acceso al empleo público no se desarrollan, en muchos casos, con la agilidad y la celeridad necesarias para, respetando en todo caso las garantías inherentes a los mismos y la salvaguardia de los principios constitucionales y legales, permitir al mismo tiempo la dotación de personal en tiempo razonable y garantizar la prestación del servicio por la Administración.
El escenario descrito ha de completarse con la importante incidencia que la Directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el contrato de duración determinada, en adelante, el Acuerdo Marco, ha tenido y tiene en el ordenamiento jurídico español y, por tanto, en la evolución de la jurisprudencia la cláusula 5 del Acuerdo Marco prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Si bien esta cláusula no tiene efecto directo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en adelante, TJUE ha insistido en que la determinación del abuso corresponde a los jueces nacionales y que la aplicación de las soluciones efectivas y disuasorias dependen del Derecho nacional, instando a las autoridades nacionales a adoptar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar un eventual uso abusivo de la temporalidad.
En síntesis, la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad; y que las diferencias en el régimen jurídico del personal temporal y del fijo deben basarse únicamente en razones objetivas que puedan demostrar la necesidad de estas diferencias para lograr su fin
Por tanto, esta Ley 20/2021 de 28 de diciembre nace con el objetivo, entre otros, de articular procesos de selección específicos que pongan fin a las ya mencionadas altas tasas de temporalidad en el empleo público.
El artículo 2 apartado primero de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 8/2/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date08/02/2023

Page count78

Edition count5540

First edition01/06/2002

Last issue28/06/2024

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