Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 10/5/2021
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada
Página 28
n
Granada, lunes, 10 de mayo de 2021
tas, los referidos padrones se entenderán elevados a definitivos.
Contra la inclusión, exclusión o alteración de cualquiera de los datos del padrón cobratorio, cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el Presidente de la Comunidad, en el plazo de un mes contado desde el día inmediato siguiente al del término de exposición pública, o presentar recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación del acto que pone fin a la vía administrativa ante el tribunal competente de dicha jurisdicción.
Asimismo y de conformidad con lo establecido en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace saber a todos los partícipes de la Comunidad de Regantes, y por los conceptos indicados, que el plazo de ingreso será único y comprenderá desde el día 17/05/2021 al 16/07/2021, ambos inclusive o inmediato hábil posterior.
El pago de los recibos se podrá efectuar mediante el juego de recibos facilitados al efecto y en caso de no recibirlo o de pérdida puede obtener una copia en las oficinas tanto de la Comunidad como de esta Recaudación y abonando su importe en:
- La Caixa, c/c nº ES10-2100-4696-8102-0003-5976
- Caja Rural, c/c nº ES25-3023-0163-45-5018138403
- Bankia, c/c nº ES24-2038-3549-03-6000011749
- Cajamar, c/c nº ES69-3058-3009-06-2720011605
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, los recibos serán recargados con el 10% mensual, y hasta el 30% máximo según lo establece el art. 10 y siguientes de las Ordenanzas de la Comunidad.
El inicio del periodo ejecutivo determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28
de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, y en su caso de las costas que se produzcan.
Aprobación de los repartos y cuantificación de los mismos:
- Aprobados en junta general ordinaria celebrada el 7
de febrero de 2020, prorrogada por la Junta de Gobierno de 23/12/2020 con una cuota para administración de 170,38 euros/hectárea, la cuota por limpia de acequia de 25,60 euros/hectárea.
Granada, 3 de mayo de 2021.-El Recaudador, Abén Rodríguez López. n
n
B.O.P. número 87