Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/2/2024

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 26 de febrero de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
25

Víctor Almada, DNI 31.202.519, argentina, nacido en fecha 15/2/1985 en Victoria, hijo de Juan Ramón Almada y de Nora Celestina Oviedo, actualmente domiciliado en Gdor. Sola entre Padre Spiazzi y Av. Belgrano, de la ciudad de Victoria.
A continuación se transcribe la resolución en su parte pertinente: Acta Nº 4117 de sentencia oral de juicio abreviado Art. 391 del C.P.P.: En la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, a los 15 días del mes de Febrero de 2024, siendo las 11:15 horas en la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantías, se constituye el Sr. Juez, Dr.
José Alejandro Calleja, para celebrar la audiencia señalada en los autos: Almada, Juan Víctor - Abuso sexual simple calificado por la situación de convivencia con menor de 18 años; exhibiciones obscenas calificadas y grooming, todos en concurso material IPP Nº 18293, RESUELVO: 1 1 Homologar el convenio de juicio abreviado presentado por las partes de acuerdo a los arts. 391 y 480 del C.P.P.E.R.2 Declarar que JUAN VICTOR ALMADA, ut supra filiado, es autor material penalmente responsable de los hechos constitutivos de los delitos de Abuso sexual simple calificado por la situación de convivencia con menor de 18 años; exhibiciones obscenas calificadas y grooming, todos en concurso material y en grado de autor, previstos en los arts. 119, último párrafo en función del inc. f; 129, segundo párrafo; 131, 45 y 55 del Código Penal; y, en consecuencia condenarlo a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional. asimismo, y dentro de las reglas previstas en el art. 27 bis del CP. se le impone al imputado por el plazo de tres años: A
Mantener residencia en el domicilio denunciado y dar aviso inmediatamente al Tribunal en caso de modificación del mismo; B Obligación de realizar tareas comunitarias no remuneradas en una entidad de bien público por una carga horaria total de 96 horas, a cumplirse en el término de un año, lo cual se implementará mediante la entrevista con el Sr. Oficial de Prueba de la jurisdicción, respecto del lugar, modalidad, alcance y control de la medida; C Prohibición de acercarse a la menor víctima L.G.M.S.; a su grupo familiar y a su domicilio a una distancia menor a 200 metros, o de mantener cualquier tipo de contacto con la misma, ya sea en forma personal, por interpósita persona, o a través de cualquier tipo de comunicación telefónica o electrónica; debiendo retirarse de cualquier lugar público y/o privado en que ella se encuentre, como así también la prohibición de realizar cualquier acto molesto, violento y/o perturbador.3 Cumpliméntese con las disposiciones contenidas en la Ley N 10.016 BO 02/05/11, y su Decreto Reglamentario N 4273, arts. 6, inc. a y 10, ordenando la extracción del patrón genético del condenado y su posterior inclusión en el Registro Provincial de Datos Genéticos que funciona en el ámbito del Servicio de Genética Forense dependiente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, conforme al Procedimiento para la toma de datos personales y muestras de material biológico de personal que serán incorporadas al RPDG, aprobado por Resolución N 104/2022 AAA del STJ de fecha 21/06/22; librándose la solicitud de carga del Formulario F-002, y oportunamente se gestionará el turno al Médico forense jurisdiccional para la toma de muestras en la forma prescripta.4 Tener presente la expresa renuncia a los plazos procesales para la interposición del recurso de casación.5 Declarar las costas a cargo del imputado arts. 584 y 585 del C.P.P..
6 Registrar, librar los despachos correspondientes, hacer saber conforme al art. 73, inc. e, del C.P.P. y, oportunamente, archivar.- Se deja constancia que la audiencia ha sido videograbada en disco al que se asigna el Nº 4117.- - Fdo. digitalmente por el Sr. Juez de Garantías, Dr. José Alejandro Calleja.
Victoria, 19 de febrero de 2024 - María del Luján Maiocco, OGA Victoria.
S.C-00016312 3 v./28/02/2024

-- -- -En los autos caratulados: Chiara Zapata Franco Emiliano s/ Robo simple en grado de tentativa, robo agravado por escalamiento, hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa, hurto simple, robo agravado por escalamiento y robo agravado por escalamiento en grado de tentativa todos en concurso material Nº G 4263, IPP24036 - 24039 - 24040 - 24041 - 23772, que tramita ante este Juzgado de Transición y Garantías de Victoria, E. Ríos, para informar que en esta causa, en fecha 19 de febrero de 2024 se ha dictado sentencia de cumplimiento efectivo, respecto del imputado Franco Emiliano Chiara Zapata, Documento Nacional Identidad 45.388.611, argentino, nacido en fecha 23/12/2003, en Victoria Entre Ríos, hijo de Walter y de Claudia Carolina Zapata, actualmente alojado en Unidad Penal N 5 de esta ciudad.

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/2/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date26/02/2024

Page count81

Edition count4783

First edition01/12/2003

Last issue08/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
2526272829