Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, lunes 7 de agosto de 2023

IX Protocolícese, regístrese, comuníquese en su parte dispositiva a la Jefatura de Policía de la Provincia de Entre Ríos, al Área de Antecedentes Judiciales del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná y al Servicio Penitenciario y líbrense los despachos y demás notificaciones pertinentes y, de quedar firme, archívese con las formalidades de ley. Con lo que no siendo para más, se dicta la presente, la que será notificada las partes.- Fdo.: Dr. Julián Carlos VERGARA -Juez de Garantías Nº 4 de Paraná.
El nombrado Ismael Hugo Ezequiel Hermosa, tuvo entrada por el delito de referencia en fecha 08/08/2022 primer hecho - leg. 192088; 13/09/2022 -segundo hecho - leg. 195209; 12/03/2023 - tercer hecho - leg. 213590;
28/04/2023 - cuarto hecho - leg. 218711, siendo sus referencias personales las siguientes: alias Cogoyo, Soltero, argentino, Documento Nacional Identidad 43348850, nacido en Paraná, el 02/05/2001, domiciliado en barrio San Jorge, calle 1377, casa Nº 15 entre Indios Beguaes e Indios Timbues de la ciudad de Paraná, hijo de Hugo Alberto Hermosa y de María de los Angeles RamírezSe hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 08/06/2027
ocho de junio de dos mil veintisiete.
Paraná, 1 de agosto de 2023 Estefania S. Herlein Medeot, secretaria.
S.C-00016112 3 v./09/08/2023

-- -- -En los autos Nº 14666 caratulados: Emili Andrés Brian - Fernández Alan Denis - Diaz Dalma Candela s/
Tentativa de homicidio victima: Claudio Darío Alvarez, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Brian Andrés Emili, Martín Micael Monzón y Alan Denis Fernández Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia: En la ciudad de Paraná, departamento homónimo, provincia de Entre Ríos, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil veintitrés RESUELVO: I.- Declarar coautor material y penalmente responsable a ANDRÉS BRIAN EMILI, DNI
39.259.942, por los delitos de: amenazas calificadas -por el uso de armasy de lesiones graves calificadas -con el concurso premeditado de dos o más personas-, en concurso real y en carácter de coautor, artículo 149 bis, párrafo 1, Parte 2a., 90, 92, 80 inciso 6, 45 y accesorias del artículo 12 del Código Penal Argentino, unificando la condena y condenándolo a la pena única de cinco años de prisión de ejecución efectiva, conforme a los fundamentos esgrimidos en los considerandos.
II Declarar coautor material y penalmente responsable a MARTÍN MICAEL MONZÓN, DNI: 42.206.645, por los delitos de: amenazas calificadas -por el uso de armasy de lesiones graves calificadas -con el concurso premeditado de dos o más personas-, en concurso real y en carácter de coautor, artículo 149 bis, párrafo 1, Parte 2a., 90, 92, 80 inciso 6, 45 del Código Penal Argentino, a la pena de cuatro años de prisión de ejecución efectiva con más las accesorias legales del artículo 12 del Código Penal Argentino, conforme a los fundamentos esgrimidos en los considerandos.
III Declarar coautor material y penalmente responsable a ALAN DENIS FERNÁNDEZ, DNI 40.407.730 por el delito de amenazas calificadas -por el uso de armas-, y en carácter de coautor, artículo 149 bis, párrafo 1, Parte 2a. unificando la condena y condenándolo a la pena única de nueve años de prisión de ejecución efectiva con más las accesorias legales del artículo 12 del Código Penal Argentino, conforme a los fundamentos esgrimidos en los considerandos..
IV.- Eximir del pago de las costas al condenado, por las razones esgrimidas en los considerandos - Art. 585
CPPER.V.- Practicar inmediatamente por parte de la OGA el correspondiente cómputo de pena, el cual una vez firme se remitirá con copia íntegra de la presente sentencia al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente y a la Dirección del Servicio Penitenciario de Entre Ríos.VI.- Consultar a la víctima y/o su representante legal y recabar su opinión en forma fehaciente, a través de la OGA, en los términos del artículo 11 bis de la Ley Nacional N 24.660 y comunicar la misma al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente.VII.- Comunicar, oportunamente a Registro Nacional de Reincidencia, a Jefatura Departamental Paraná y demás organismos pertinentes.-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/08/2023

Page count47

Edition count4799

First edition01/12/2003

Last issue31/07/2024

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