Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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Paraná, lunes 10 de enero de 2022

mismo, bajo apercibimiento de ley -art. 728 inc. 2º CPCC. y art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-..-Fdo. Julio César Marcogiuseppe, Juez.Concordia, 30 de setiembre de 2021 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00025567 3 v./12/01/2022

-- -- -El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1, Dr. Julio C. Marcogiuseppe, de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, Secretaría de quien suscribe, en los autos caratulados Dalmao Susana Ercilia y Venturino Luis María s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 13665, cita y emplaza por el término de treinta días corridos 30 días a herederos y acreedores del causante SUSANA ERCILIA DALMAO, DNI N 4.597.355, hija de Esteban Bartolomé Dalmao y de Santa Ercilia González, estando su último domicilio real en calle San Juan N
1731 de Concordia, y del causante LUIS MARIA VENTURINO, D.N.I. N 5.817.889, hijo de Heraclea Vica y Enrique Donato Venturino, estando su último domicilio real en calle San Juan N 1731 de Concordia.
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente reza: Concordia, 30 de Noviembre de 2021. Visto Resuelvo: 1.- Tener por presentados a Mariela Susana Venturino -DNI N 20.974.582-, Julio Cesar Venturino -DNI
N 21.513.570- y Viviana Andrea Venturino -DNI N 22.015.911-, con el patrocinio letrado de la Dra. Judith Fernanda Paz, con domicilio denunciado constituído, por parte, se le otorga intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Susana Ercilia Dalmao -D.N.I. N 4.597.355- y Luis María Venturino -DNI N 5.817.889-, vecinos que fueran de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los mismos, bajo apercibimiento de ley -art. 728 inc. 2º CPCC. y art. 2340 C.C.C. Ley 26.994. 4.- Dar intervención al Ministerio Fiscal -art. 722 inc. 1º del CPCC-. 5.- Tener presente la declaración de que el causante no cuenta con otros descendientes conocidos, conforme lo prescriben los arts. 718 in fine, 728 y 142 del CPCC. 6.- Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de la ciudad de Paraná E.R. confr. art. 135 Decreto Ley 6964. 7.- Dar intervención a la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER. 8.- Comunicar a Caja Forense -conforme Acuerdo Gral. S.T.J. Nº 21/2014-. 9.- Hacer saber al presentante, que deberá preservar los originales de la documentación adjunta en formato digital, los que deberán ser acompañados para su control antes de la oportunidad en que se solicite la declaratoria de herederos. 10.Denuncie el nombre de la persona y Documento y/o CUIT-CUIL del mismo a los fines de la generación del formulario para el pago de la tasa de justicia del restante universal promovido. A lo demás, oportunamente. Fdo.
Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 13 de Diciembre de 2021 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00025577 3 v./12/01/2022

DIAMANTE

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante, Dr.
Mariano Andrés Ludueño, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Dobler Jacobo s/
Sucesorio ab intestato" - Expte. Nº 15051, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos, acreedores y a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejados por JACOBO DOBLER - DNI N
8.580.331, vecino que fuera de la localidad de Valle María - Departamento Diamante - Provincia de Entre Ríos, fallecido en la localidad antes mencionada, en fecha 15 de octubre de 2021, a fin que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese por tres 3 días.
La presente se suscribe mediante firma electrónica -Resolución STJER N 28/20, del 12/04/2020, Anexo IV-.
Diamante, 20 de diciembre de 2021 - Manuel Alejandro Ré, secretario F.C. 04-00025533 3 v./11/01/2022

-- -- -El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante, Dr.
Mariano Andrés Ludueño, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Montenegro Julio Esteban y Acosta Rufina Aurora s/ Sucesorio ab intestato" Expte. Nº 14670, cita y emplaza por el término de

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/1/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/01/2022

Page count36

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First edition01/12/2003

Last issue02/08/2024

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