Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 5 de octubre de 2020

BOLETIN OFICIAL

detenta en la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones y el correspondiente a Funcionario Fuera de Escalafón Cargo N 40, contemplado en la Ley N 8620; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Adscríbase, a partir de la fecha, al Abogado Ricardo Esteban Villa, DNI N 21.835.719, Legajo N154.988, con domicilio en la calle Horacio Pietranera N 1.674 de Paraná, personal de la Planta Permanente de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Categoría 1 - Tramo Profesional C - a la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia, para desempeñarse como Asesor en dicho ámbito integrando su Cuerpo de Asesores, con retención del Cargo Categoría 1 - Tramo Profesional C - por el plazo de un año acorde la normativa vigente.
Art. 2 - Manténgase el nivel remunerativo, los adicionales y todo otro emolumento que corresponda y que percibe el agente adscripto.
Art. 3 - Dispónese para el Abogado Ricardo Esteban Villa, DNI N
21.835.719, el pago de la diferencia remunerativa entre la categoría y/o cargo que detenta como personal de planta permanente y el correspondiente al de Funcionario Fuera de Escalafón - Cargo 40.
Art. 4 - Autorízase a la Dirección General Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar al Abogado Ricardo Esteban Villa, DNI N 2l.835.719, la diferencia remunerativa dispuesta por el artículo 3 a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 5 - Impútese el gasto resultante de la aplicación del artículo precedente a las partidas de Personal de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia.
Art. 6 - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 7 - Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1175 GOB
ASIGNANDO TRANSITORIAMENTE FUNCION
Paraná, 5 de agosto de 2020
VISTO:
La gestión iniciada por la Dirección General de Recursos Humanos; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se interesa asignar transitoriamente las funciones de Jefe de División Control Plantas Orgánicas Nominales y Funcionales del Departamento de Control de Plantas Orgánicas al Sr.
Fernando Ariel González;
Que no obstante ser propuesta dicha asignación por la autoridad inmediata, quien se encuentra en condiciones de evaluar las necesidades del órgano y la idoneidad y méritos de sus dependientes, es el titular de este Poder Ejecutivo la autoridad competente para asignar funciones dentro de las Áreas previstas en la estructura orgánica de una repartición, conforme lo establece el Art. 1 del Decreto N
5384/03 GOB;
Que cabe informar que las funciones en cuestión, contempladas en la estructura orgánica de la repartición aprobada por Decreto N
4984/2002 GOB, se encuentran vacantes en virtud de que a su titular se le concediera el Beneficio de Jubilación Ordinaria Común;
Que las funciones que se interesan asignar serán con carácter transitorio dado que normativa mente no se encuentra previsto un procedimiento de concurso previo que permita acceder a su desempeño en virtud del mérito y competencia de los aspirantes a ejercerla;
Que en virtud de lo expuesto y habiéndose acreditado la previsión del cargo jerárquico dentro de la estructura orgánica de la Dirección General de Informática, no surgen objeciones que formular para la prosecución del trámite;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha efectuado el cálculo del costo que genera la gestión y ha adjuntado el volante de registro de reserva preventiva del gasto debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia;
Que en su intervención de competencia el Departamento Dictámenes y Asesoría Legal de la Dirección General de Recursos Humanos informa que en una vez que se le asigne la función, con carácter transitorio, al agente González le asistirá derecho a percibir el adicional por responsabilidad funcional previsto en el Anexo I, Punto G del Decreto N 4458/90 MGJOSP y su modificatorio Decreto N 2426/04
GOB;
Que el presente se dicta de conformidad a las disposiciones del Anexo I Inciso G del Decreto N 4458/90 MGJOSP, artículo 1 del Decreto N 5384/03 GOB y Decreto N 7376/08 GOB;

Por ello;

3

El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Asígnanse transitoriamente, a partir de la fecha del presente Decreto, las funciones de Jefe de División Control Plantas Orgánicas Nominales y Funcionales del Departamento de Control de Plantas Orgánicas de la Dirección General de Recursos Humanos, al Sr. Fernando Ariel González, MI N 28.913.482, personal de la Planta Permanente de la citada Dirección General.
Art. 2 - Otórgase el Adicional por Responsabilidad Funcional a partir de la fecha del presente, al Sr. Fernando Ariel González, MI
N 28.913.482, atento lo dispuesto por el artículo precedente.
Art. 3 - Impútase el gasto a DA 990, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 03, Entidad 0000, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 1, P. Principal 1, P. Parcial 3/4/6, Subparcial 1111/1100/1169/
1158/1001/1031/1051, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07
del Presupuesto vigente.
Art. 4 - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contablede la Gobernación a liquidar y hacer efectivos los importes correspondientes, conforme lo establecido por el presente texto legal.
Art. 5 - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6 - Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1204 GOB
AUTORIZANDO SOLICITUD DE COTIZACION
Paraná, 6 de agosto de 2020
VISTO:
La gestión iniciada por la señora Subsecretaría de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicación; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se interesa realizar una Solicitud de Cotización tendiente a la locación de un inmueble, conforme detalle a fs. 1, con destino al área de Redes Sociales; y Que luce autorización de la señora Secretaria de Comunicación a la prosecución favorable del presente trámite y del señor Secretario General de la Gobernación; y Que a fs. 3 la Unidad de Control de Inmuebles de Dominio Público y Privado dependiente de Fiscalía de Estado, procede a tomar intervención de competencia, informando que, de acuerdo a la base de datos de la repartición, no existe entre los bienes del Estado Provincial un inmueble disponible con las características peticionadas y solicitando que una vez realizado el acto de locación se remita a dicha dependencia copia del contrato; y Que obra en autos estimación del costo mensual que demandara la gestión, como asimismo pliego de Solicitud de Cotización y Modelo de Contrato; y Que obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicación, emitiendo Dictamen N
414/20 en forma favorable a lo solicitado en autos, así como de la Escribanía Mayor de Gobierno; y Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha realizado la reserva preventiva del gasto e informe técnico, con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia; y Que la presente gestión encuadra en los artículos 17, Inciso b y 26, Inciso b del Decreto N404/95 MEOSP texto único y ordenado de la Ley N 5140 y sus modificatorias, incluida la Ley N 8964, concordante con los artículos 5 Inciso 3, 6 Inciso 3, 7 Inciso 1,8 A Inciso 1 y del 109 al 118 bis y ter del Decreto N 795/96
MEOSP Reglamentario de las Contrataciones del Estado y sus modificatorios; y Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario autorizar a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional, a efectuar una Solicitud de Cotización tendiente a concretar lo requerido;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a efectuar una solicitud de cotización tendiente a la locación de un inmueble, con destino al área de Redes Sociales, dependiente de la Secretaría de Comunicación de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date05/10/2020

Page count46

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2020>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031