Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Provincia de Entre Ríos y en un diario local, tamaño mínimo de fuente cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los mismos, bajo apercibimiento de ley, Art. 728 Inc. 2º CPCC y Art. 2340 CCC Ley 26.994. Fdo. Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00010933 3 v./09/09/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 de ésta ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Alejandro D. Rodríguez, Juez interino, Secretaría N 2, a cargo de la suscripta, sito en Mitre 26, 2
piso, Concordia, jdocyc4-con@jusentrerios.gov.ar, en autos caratulados Pérez Elbio Marcelo s/ Sucesorio testamentario, N 10240;
cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELBIO MARCELO PÉREZ, DNI N 5.818.083, nacionalidad argentina, nacido en Entre Ríos el 04 de septiembre de 1940 y fallecido en esta ciudad de Concordia el 17 de julio de 2020 de estado civil soltero y con ultimo domicilio calle Echage N 122, de la ciudad de Concordia, Entre Ríos; desconociéndose el nombre de sus padres según constancias del Acta de Defunción. Vecino que fuera de esta ciudad.Que, como recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena, en su parte pertinente: Concordia, 19 de agosto de 2020. Visto:
Resuelvo: 1.- Declarar extrínsecamente válido el testamento cuyo testimonio en Escritura Pública N 379 de fecha 08/10/2014 fue acompañado en fecha 07/08/2020, autorizado por el Escribano Javier Andrés de Santiago. 2.- Tener por promovido juicio testamentario de Elbio Marcelo Pérez, DNI N 5.818.083, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir de 1º/08/2015 y Art. 728 del CPCyC A
lo demás oportunamente. Notifíquese, conforme Arts. 1 y 4 Acordada 15/18 SNE. Fdo. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino.Concordia, 27 de agosto de 2020 Ana María Noguera, secretaria.
F.C. 04-00010941 3 v./09/09/2020
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 del Dr.
Diego Luis Esteves, Juez interino, Fassi Minerva Lina Magdalena s/
Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 9089, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por MINERVA LINA MAGDALENA FASSI, D.N.I. Nº 6.367.255, fallecida en Concordia el 18/06/2020, quien fueran vecina de la ciudad de Concordia.
Se le hace saber la siguiente resolución: Concordia, 28 de julio de 2020.- Visto: la presentación electrónica que antecede, documentación acompañada en formato electrónico, lo dispuesto por los Arts.
718, 728, ss. y ccs. del CPCyC y Art. 2340 del CCyC, y que la presente se suscribe mediante firma electrónica -Resolución STJER
N 28/20, del 12/04/2020, Anexo IV. Resuelvo: 1.- Tener por presentados a los Sres. Marcelo Alberto Fernández, María Florencia Fernández, Marisol Fernández y María Belén Fernández, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado de la Dra. Lorena Giménez, con los domicilios reales denunciados y procesal constituido, por parte, déseles intervención. 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, decretar la apertura del juicio sucesorio de Minerva Lina Magdalena Fassi, DNI Nº6.367.255, fallecida en fecha 18/06/20, vecina que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar a publicar Edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 4.Dar intervención al Ministerio Fiscal. 5.- Librar Oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 6.- . 7.- . 8.- 9. A lo demás, oportunamente. Notifíquese, conforme Arts. 1 y 4 Acordada 15/18 SNE.
Diego Luis Esteves, Juez interino.Concordia, 04 de agosto del 2020 - Natalia Gambino, secretaria.F.C. 04-00010952 3 v./09/09/2020
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N 2, de esta ciudad a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría a cargo de la Dra.
Gimena Bordoli, en los autos Arregui Héctor Domingo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 8952, cita por tres veces en el término de
Paraná, lunes 7 de setiembre de 2020

treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HECTOR DOMINGO ARREGUI, DNI M N 5.832.307, vecino de esta ciudad, defunción ocurrida en Concordia en fecha 21/12/2015.
La resolución que lo ordena en su parte pertinente reza: Concordia, 13 de agosto de 2020. 3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. Dr. Gabriel Belén, Juez Civil y Comercial int..
Concordia, agosto de 2020 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00010991 3 v./09/09/2020

FEDERACION
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados: Benítez Jorge s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 14018/20, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por JORGE BENITEZ, D.N.I. Nº 16.849.975, fallecido el día 21/02/2013, en Concordia E.R., vecino que fuera de la ciudad de Colonia Villa del Rosario, Departamento Federación E.R..La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 4 de agosto de 2020.- Por presentado el Dr.
Carlos Adrián Arruda, en nombre y representación de Miguel Angel Benítez y Elida Ester Benítez, con domicilio procesal constituido y real de sus mandantes denunciados, personería acreditada a mérito del Poder Especial agregado, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de Jorge Benítez, vecino que fuera de Colonia Villa del Rosario, Departamento Federación ER.Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo de la ciudad de Concordia, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de la causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez.Chajarí, 4 de agosto de 2020 Facundo Munggi, secretario.F.C. 04-00010861 3 v./07/09/2020
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Federación Entre Ríos, Dr. Juan Angel Fornerón, Secretaría única a cargo del Dr. Santiago Andrés Bertozzi, secretario interino, sito en el 2 piso del Centro Cívico de esta ciudad, en los autos Schmidt María Elena s/ Sucesorio s/
Sucesorio ab intestato, Expte. N 16632., cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de la Sra.
MARIA ELENA SCHMIDT, DNI N 2.803.394, vecina que fuera de la ciudad de Federación, Provincia de Entre Ríos, quien falleciera en fecha 02/02/19, en Concordia, Entre Ríos. Publíquese por tres días. Fdo. Dr. Juan Angel Forneron, Juez. Fdo. Dr. Santiago Andrés Bertozzi, secretario.
La resolución que lo ordena en su parte pertinente establece:
Publíquense edictos por tres 3 días con los recaudos del Art.
144 del CPCyC y punto 6.3.5 del Reglamento para el Fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos, en el Boletín Oficial y diario de publicación regular a elección del peticionante de esta ciudad cfr. Art. 728 Inc. 2 CPCC, citando por treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, bajo apercibimientos de ley Art. 2340 CCC.
Art. 2340 CCCN: Si no hay testamento o este no dispone de la totalidad de los bienes, el interesado debe expresar si el derecho que pretende es exclusivo, o si concurren otros herederos. Justificado el fallecimiento, se notifica a los herederos denunciados en el expediente, y se dispone la citación de herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales, para que lo acrediten dentro de los treinta días.
Santiago Andrés Bertozzi, secretario interino.
F.C. 04-00010871 3 v./07/09/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados Confalonieri Mabel Beatriz s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 14032/20, cita y emplaza por el término de treinta días

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/9/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/09/2020

Page count24

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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