Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

ta SRL, Alimentos Vida S.A., Industrias Alimenticias La Blanquita SRL, Súper La Estrella SRL y Copacabana S.A.;
Que la comisión toma conocimiento de las presentaciones efectuadas por las firmas Industrias Alimenticias La Blanquita SRL fojas 270
y 294/337, Súper La Estrella SRL fojas 340 y 371/374 y Alimentos Vida S.A. fojas 506/546, donde acompañan documentación para acreditar el cumplimiento de los extremos requeridos por la Ley 9.353
de compre provincial, y dejan constancia que se ha analizado el cumplimiento de la ley mencionada y se ha concluido que no corresponde su aplicación, atento a que las empresas señaladas no dan cumplimiento al requisito previsto en el punto e del artículo 1º de dicha norma, es decir, ninguna de las empresas en sus cotizaciones posee una diferencia de precio igual o inferior al 5% con relación a las ofertas de menor precio que no se encuentran amparadas por el beneficio;
Que, seguidamente, y luego de verificada la totalidad de la documentación y de producida la votación, de conformidad con lo establecido en los artículos 56º y 61º del Decreto Nº 795/96 MEOSP y modificatorios, por unanimidad la Comisión de Compras aconseja aprobar todo lo actuado en la Licitación Pública Nº 10/19;
Que, asimismo, aconsejan rechazar las ofertas presentadas por las firmas que seguidamente se detallan: Masivo S.A para el renglón 1 y Renglón 4, Compañía Comercial Mayorista SRL para el renglón 8, Industrias Alimenticias La Blanquita SRL para el renglón 8, Copacabana S.A., los renglones 4, 11 y 12, conforme los motivos expresados en cada caso y de acuerdo al informe elaborado por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología obrante de fojas 486 a 494
y el de la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 496/505;
Que, seguidamente, la comisión aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle y por los motivos especificados en cada caso: a favor de la firma Compañía Comercial Mayorista SRL los renglones 01
opción 1, 3, 4, 7 opción 1, 9, 10 opción 1 y 12, a favor de la firma Súper La Estrella SRL los renglones 2 y 6, a favor de la firma Copacabana S.A. los renglones 5, 8 y a favor de la firma Alimentos Vida S.A. el renglón 11, en todos los casos por cumplir con los pliegos, ajustarse técnicamente a lo requerido y resultar el precio acorde ofrecido a los valores del mercado, según lo expresado en el informe elaborado por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología obrante a fojas 486/494 y de la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 496/505;
Que la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción ha efectuado la afectación presupuestaria correspondiente, conforme surge del volante de reserva de fondos obrante a fojas 572, con la debida intervención del contador delegado de la Contaduría General de la Provincia;
Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos jurisdiccional, emitiendo dictamen de su competencia;
Que corresponde encuadrar el trámite en las disposiciones del artículo 26º inciso a de la Ley Nº 5.140 de Contabilidad, modificada por la Ley Nº 8.964 - t.o. por Decreto Nº 404/95 MEOSPconcordante con los artículos 5º inciso 1, 6º inciso 1, 7º inciso 1, 8º inciso 1, y 9º a 104º, del Decreto Nº 795/96 MEOSP, Reglamentario de las Contrataciones del Estado, modificado por los Decretos Nos. 2.991/96
MEOSP, 5.719/04 MEHF, 5.526/07 MEHF, 6.721/07 MEHF, 693/09
MEHF, 3.521/09 MEHF, 1.755/11 MEHF, 1.258/13 MEHF, 1.334/14
MEHF, 3.368/15 MEHF, 723/17 MEHF y 4.800/18 MEHF;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase todo lo actuado por la Unidad Central de Contrataciones en el llamado a Licitación Pública Nº 10/19, tendiente la adquisición de productos no perecederos para ser entregados como parte de la estrategia de ayuda a situaciones críticas dentro del territorio provincial, según detalle de productos obrantes en tabla anexa a fojas 2 y 3 elaborado por el señor coordinador de Operaciones Logísticas, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, autorizado mediante Decreto Nº 1.056/19 MDS, y por un monto estimado de pesos treinta y un millones quinientos mil $ 31.500.000, ello conforme lo aconsejado en Acta Nº 63/19, por la Comisión de Compras constituida a tal fin y a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Recházanse las ofertas presentadas por las firmas que seguidamente se detallan, de acuerdo a lo aconsejado en Acta Nº 63/19 obrante a fojas 566/568 elaborada por la Comisión de Compras constituida a tal fin, y conforme surge del informe del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de fojas 486/494, y del Informe Técnico elaborado por la Coordinación de Operaciones Logísticas dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, de fojas 496/505.
Masivo S.A.:
- Renglón 1- Producto aceite marca Alsamar: por no dar cumplimiento a lo previsto en el numeral 5.2 del Pliego de Condiciones Particulares, dado que no presenta las muestras requeridas corres-

Paraná, miércoles 16 de octubre de 2019

pondientes a un mismo lote de producción, según surge del informe del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología obrante a fojas 455.
- Renglón 4 - Producto yerba marca Carnaval: por no cumplir con lo requerido en los pliegos, por encontrarse el producto presentado como muestra fuera de la fecha de aptitud vencido.
Compañía Comercial Mayorista SRL:
- Renglón 8 - Producto cacao marca El Quillá: por no encontrarse el precio cotizado dentro de los valores del mercado, resultando un 42,71 % mayor al valor estimado por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Industrias Alimenticias La Blanquita SRL:
- Renglón 8 - Producto cacao marca Santa Elena: por no encontrarse el precio cotizado dentro de los valores del mercado, resultando un 31.37% mayor al valor estimado por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Copacabana S.A.:
- Renglón 4 - Producto yerba marca La Posadeña: por no dar cumplimiento a lo requerido en los pliegos, dado que de las muestras presentadas resulta ilegible el dato correspondiente al lote de producción.
- Renglón 11- Producto leche marca Fundación Favaloro: por no cumplir con lo requerido en los pliegos, dado que el RNPA del producto se encuentra dado de baja. Sin perjuicio de ello, el precio cotizado para este renglón, no se encuentra dentro de los valores del mercado, resultando el mismo un 29,75% mayor al del mercado y el estimado por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
- Renglón 12 - Producto harina marca Monarca: por no dar cumplimiento a lo requerido en los pliegos, dado que de las muestras presentadas resulta ilegible el dato correspondiente al vencimiento.
Art. 3º Adjudícase la Licitación Pública Nº 10/19 MDS, de acuerdo a lo aconsejado en Acta Nº 63/19 elaborada por la Comisión de Compras constituida a tal fin y según surge del informe del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de fojas 486/494, y del informe técnico elaborado por la Coordinación de Operaciones Logísticas, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a fojas 496/505, por la suma total de pesos treinta y un millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos veintiuno con cincuenta centavos $ 31.383.421,50 a favor de las firmas que seguidamente se detallan:
Compañía Comercial Mayorista SRL:
Renglón Nº 1 opción 1: por la provisión de 59.250 botellas de aceite comestible de girasol o maíz, envase PVC de 900 cc, marca El Despensero, demás especificaciones, de conformidad con lo expresado en su oferta y lo establecido en los pliegos, a un precio unitario de $ 59,30, y por un importe total de $ 3.513.525; por cumplir con los pliegos, ajustarse técnicamente a lo requerido y resultar el precio acorde a los valores del mercado, según surge de los informes técnicos elaborados por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología y por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Renglón Nº 3: por la provisión de 59.250 paquetes de azúcar molida común, tipo A, blanca, limpia, en envases de polietileno puro por 1 kilogramo, marca Baity, demás especificaciones, de conformidad con lo expresado en su oferta y lo establecido en los pliegos, a un precio unitario de $ 28,90, y por un importe total de $ 1.712.325; por cumplir con los pliegos, ajustarse técnicamente a lo requerido y resultar el precio acorde a los valores del mercado, según surge de los informes técnicos elaborados por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología, y por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Renglón Nº 4: la provisión de 59.250 paquetes de yerba mate elaborada, con palos, paquete de 500 gramos, compacto y rotulado con el 65% de hojas trituradas de primera calidad, sellado conforme Ley 25.564, paquete de papel marca YO-LA-VI, demás especificaciones, de conformidad con lo expresado en su oferta y lo establecido en los pliegos, a un precio unitario de $ 45,88, y por un importe total de $ 2.718.390, por cumplir con los pliegos, ajustarse técnicamente a lo requerido y resultar el precio acorde a los valores del mercado, según surge de los informes técnicos elaborados por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología y por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Renglón Nº 7 opción 1: por la provisión 59.250 paquetes de fideos secos tipo guiseros, en envase de polietileno puro por 500
gramos, marca Verizzia, demás especificaciones, de conformidad con lo expresado en su oferta y lo establecido en los pliegos, a un precio unitario de $ 22,05, y por un importe total de $
1.306.462,50; por cumplir con los pliegos, ajustarse técnicamente a lo requerido y resultar el precio acorde a los valores del mercado, según surge de los informes técnicos elaborados por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología y por la Coordina-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date16/10/2019

Page count32

Edition count4797

First edition01/12/2003

Last issue29/07/2024

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