Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/3/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 22 de marzo de 2019

BOLETIN OFICIAL

único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Capítulo II, Título 1, artículo 27º inciso c, apartado b, punto 2, concordante con el Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, y sus modificatorios artículo 142º, punto 2 y Directiva Nº 1/16 del Poder Ejecutivo Provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la Contratación Directa vía excepción Nº 10/18, autorizada mediante Resolución Nº 2.342/18 M.S., para el alquiler de un Inmueble con el objeto de poder reubicar el Laboratorio Provincial de Epidemiología dependiente de la Dirección de Epidemiología del Ministerio de Salud, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Descártanse las ofertas presentadas por los propietarios Claudia Graciela Hereñú y Francisco Pedro Salamone, en virtud de lo expresado en los considerandos del presente texto legal.
Art. 3º Autorízase y apruébase el acto de selección realizado por contratación directa vía de excepción para la contratación del alquiler del inmueble ubicado en calle Santa Fe Nº 235 de Paraná, al señor Enrique Carlos Amore, DNI Nº 21.912.460, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente decreto.
Art. 4º Adjudícase la contratación del alquiler del inmueble ubicado en calle Santa Fe Nº 235 de Paraná, al señor Enrique Carlos Amore, DNI Nº 21.912.460, a partir de la fecha de suscripción del contrato y por el término de veinticuatro 24 meses, sin perjuicio de la posibilidad de otorgar una prórroga por acuerdo de las partes, con un canon mensual de pesos cincuenta y nueve mil quinientos $
59.500,00, siendo el monto total a invertir por todo el periodo de pesos un millón cuatrocientos veintiocho mil $ 1.428.000,00.
Art. 5º Dispónese la suscripción, entre las partes, del contrato aprobado mediante el artículo 2º de la Resolución Nº 581/18 M.S. con la intervención de la Escribanía Mayor de Gobierno.
Art. 6º Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente: D.A. 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG 01 - SP 00
- PY 00 - AC 01 - OB 00 - F 13 - FU 14 - FF 11 - SF 0001 - I 3 - PR
2 - PA 1 - SP 0000 - DP 84 - UG 07.
Art. 7º Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a confeccionar las órdenes de pago y solicitud de fondos para efectivizar los pagos mensuales a favor del señor Enrique Carlos Amore, DNI Nº 21.912.460, previa presentación de documentación debidamente confeccionada, según normativas legales e impositivas vigentes, conformada por autoridad competente, con cargo a rendir cuenta, el Departamento Tesorería de dicho Ministerio, ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 8º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 9º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 3241 M.S.
RECONOCIENDO LICENCIA GREMIAL
Paraná, 28 de septiembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el agente Pablo José Muntes, DNI Nº 22.925.423, solicitó licencia gremial con goce de haberes, a partir del 1.7.17 y por el término de ciento sesenta 160
días;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado agente revista en categoría 8 - Personal de Servicios Generales, Escalafón General del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay;
Que obra en autos constancia de la Asociación Trabajadores del Estado de la Provincia de Entre Ríos ATE que el agente Muntes cumple funciones como vocal titular 1 de la Comisión Administrativa - Seccional Concepción del Uruguay;
Que obra intervención del Departamento Liquidaciones del Ministerio de Salud, donde surge detalle de los días utilizados en concepto de licencia gremial sin goce de haberes, desde el 1.7.17 y por el término de ciento sesenta 160 días;
Que, asimismo, el citado departamento realiza el cálculo de lo percibido indebidamente por el señor Muntes, suma que asciende a pesos treinta y un mil ochocientos once con cuarenta y ocho centavos $ 31.811,48;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha dictaminado al respecto;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 2.900/71 SGG;
Que la presente gestión no se ajusta al Decreto Nº 1.318/96 MGJE, artículo 3º que fue modificado por Decreto Nº 1.142/00 GOB, ya que no integra la Comisión Directiva sino que forma parte de un cargo de Comisión Administrativa de una seccional, pero sí encuadra en el artículo 48º de la Ley 23.551, licencia gremial sin goce de haberes;

Por ello;

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El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese la licencia gremial sin goce de haberes al agente Pablo José Muntes, DNI Nº 22.925.423, quien revista en categoría 8- Personal de Servicios Generales, Escalafón General del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, a partir del 1.7.17 y por término de ciento sesenta 160 días, por cumplir funciones como vocal titular 1 de la Comisión Administrativa de la Asociación Trabajadores del Estado de la Provincia de Entre Ríos ATE, seccional Concepción del Uruguay, en virtud a lo establecido por el artículo 48º de la Ley 23.551.
Art. 2º Dispónese el descuento por la suma de pesos treinta y u n m il o c h o c ie n t o s o n c e c o n c u a r e n t a y o ch o c en ta vo s $
31.811,48 en cuotas que no superen el 20% de sus haberes, al agente Pablo José Muntes, DNI Nº 22.925.423.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a cumplimentar lo dispuesto por el artículo 2º.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 3242 M.S.
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 28 de septiembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la reubicación de la agente María Angélica Acuña Casco, DNI Nº 20.283.253, a la categoría 19 - Tramo A de la Carrera Enfermería, según lo establecido por la Ley Nº 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS; y CONSIDERANDO:
Que la mencionada agente revista en categoría 12 - Tramo B, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, del Hospital Santa Elena de Santa Elena;
Que de acuerdo a lo dispuesto por la legislación vigente en la Carrera Enfermería, se procede a la reubicación en la categoría 19
- Tramo A, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, en virtud de haber obtenido la agente Acuña Casco el Título de Enfermera Profesional en fecha 3.5.17, por lo que corresponde realizar la modificación de cargos conforme a la planilla modificatoria de cargos de planta permanente, la que agregada forma parte integrante del presente texto legal;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Administración, ambas del Ministerio de Salud, se han expedido al respecto;
Que la Oficina Provincial de Presupuesto y la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia han intervenido en las presentes;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha realizado el informe técnico de competencia, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 2.900/71 SGG;
Que la modificación de cargos de la planta de personal permanente se encuadra en los términos del artículo 14º de la Ley 10.531;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2018 de la Jurisdicción 45 - Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora: Dirección del Hospital Santa Elena, mediante transferencia compensatoria de cargos, conforme se discrimina en la planilla modificatoria de cargos de planta permanente, la que agregada forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Reubícase a la agente María Angélica Acuña Casco, DNI Nº 20.283.253, a partir del 3.5.17, quien revista en categoría 12 - Tramo B, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad a la categoría 19 - Tramo A, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital Santa Elena de Santa Elena, según lo establecido en la Carrera Provincial de Enfermería, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS, en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 3º Impútase el gasto al presupuesto vigente: Dirección de Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 16 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4/6 - Partida Subparcial 1007/1700/1715/1037/1058/1075 - Departamento 70 - Ubicación Geográfica 05.
Art. 4º Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar la suma que corresponda

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date22/03/2019

Page count36

Edition count4806

First edition01/12/2003

Last issue09/08/2024

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