Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 18 de febrero de 2019

BOLETIN OFICIAL

la ciudad de Colón, Primera Junta N 93, a cargo del Juez Arieto Alejandro Ottogalli, Secretaría de la Dra. Flavia C. Orcellet, en los autos Massiolo Carlos Alberto s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
13917-18, cita y emplaza en el término de treinta días corridos a los que se consideren con derechos a los bienes dejados al fallecimiento de CARLOS ALBERTO MASSIOLO, DNI N 7.665.111, vecino que fue de la ciudad de Colón, Entre Ríos, fallecido el 02 de noviembre de 2018 en la ciudad de Salta, Provincia de Salta.
A sus efectos se transcribe la resolución que en su parte pertinente textualmente dice: Colón, 20 de diciembre de 2018 Resuelvo:
2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Carlos Alberto Massiolo, DNI N 7.665.111, vecino que fuera de esta ciudad.
3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.- Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
Colón, 5 de febrero de 2019 Flavia C. Orcellet, secretaria.
F.C. 0001-00009196 3 v./19.2.19

CONCORDIA
El Juzgado de la Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, sito en calle Mitre Nº 28 - 1º piso de la ciudad de Concordia ER, a cargo del Dr.
Julio C. Marcogiuseppe, Secretaría cargo de quién suscribe, en los autos caratulados Benitez, Eduardo Gregario s/ Sucesorio ab intestato, Expediente Nº 12701, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EDUARDO GREGORIO BENITEZ, DNI
8.297.158, fallecido en fecha 05/04/2017 en Concordia ER, vecino que fuera de ésta ciudad.La resolución que dispone el presente en su parte pertinente dice:
Concordia, 8 de noviembre de 2018 Resuelvo: 1.- Tener por presentados a Juan Eduardo Benitez y Diego Fernando Benitez, con el patrocinio letrado del Dr. Fernando Diego Oriol, domicilio constituído en calle 3 de Febrero Nº 38, por parte se les da intervención. 2.Decretar la apertura del juicio sucesorio de Eduardo Gregorio Benitez -DNI M 8.297.158, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley -Art. 728, Inc. 2 CPCC. y Art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-.
4.-Dar Intervención 5.- Tener Presente 6.- Oficiar al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de la ciudad de Paraná ERconfr. Art.
135 Decreto Ley 6964. 7.-Dar Intervención A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 23 de noviembre de 2018 José M. Ferreyra, secretario.
F.C. 0001-00009153 3 v./18.2.19
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, sito en calle Mitre Nº 28 - 2º piso de la ciudad de Concordia ER, a cargo del Dr. Diego Luis Esteves interino, Secretaría cargo de quién suscribe, en los autos caratulados Castillo, Eduardo Mariano Eugenio s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 8667, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EDUARDO MARIANO
EUGENIO CASTILLO, DNI 5.607.377, fallecido en fecha 15/02/1994
en Concordia ER, vecino que fueran de la ciudad de Concordia ER.La resolución que dispone el presente en su parte pertinente dice:
Concordia, 23 de noviembre de 2018. Visto: Resuelvo: 1.- Tener por presentados a Nélida Esther Varela, Cristina Alejandra Castillo, Alfredo Martín Castillo y Mariana Eugenia Castillo en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio del Dr. Fernando Diego Oriol, con el domicilio real denunciado y por constituido el procesal, por parte, désele intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Eduardo Mariano Eugenio Castillo, vecino que fuera de esta ciudad.
3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 4.- Dar intervención al Ministerio Fiscal. 5.- Librar Oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 6.- Certificar 7.- Dar 8.-

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Tener A lo demás, oportunamente. Fdo. Diego Luis Esteves, Juez int..Concordia, 28 de noviembre de 2018 Martina Bordoli, secretaria supl.
F.C. 0001-00009154 3 v./18.2.19
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Concordia, Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Alvarez, Rogelia Gloria s/ Sucesorio ab intestato, N 12647, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de Doña ROGELIA GLORIA ALVAREZ, DNI F N 1.394.405, argentina, vecina de esta ciudad, fallecida en Concordia en fecha 2
de septiembre de 2018.
Como mayor recaudo se transcribe el auto que ordena el presente, que en su parte pertinente dice: Concordia, 18 de octubre de 2018.
Resuelvo: IIIIII.- IV.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos, a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los mismos, bajo apercibimiento de ley Art. 728 Inc. 2 CPCC. Y Art. 2340 CCC Ley 26.994.
Concordia, 10 de diciembre de 2018 José M. Ferreyra, secretario.
F.C. 0001-00009188 3 v./19.2.19
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino, Secretaria a cargo de la Dra. Ana María Noguera, con asiento en esta ciudad de Concordia, en autos caratulados: Ava Carlos Rene s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 9841, cita y emplaza por tres días a todos aquellos que se consideren con derechos a los bienes quedados por el fallecimiento del causante, CARLOS RENE AVA, LE N
5.788.686 fallecido 28 de febrero del año 1997, en esta ciudad de Concordia, Entre Ríos, para que dentro del plazo de treinta días de corrido lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.
La resolución que así lo ordena, transcripta en su parte pertinente, textualmente dice: Concordia, 20 de noviembre de 2018. 1.- Por presentadas las Dras. Griselda Verónica Bertoni y Natalia Verónica S. Esquibel, en nombre y representación de Marta Elena Oliveira DNI N 3.556.688, con -domicilio real en calle san juan N 1358
D p t o . N 1 2 , de es ta c iu da d, d e M arí a La ur a Av a, D N I N
13.940.387, con domicilio real en calle Urquiza N 167, de esta ciudad y de Claudio Marcelo Ava, DNI N 14.021.008 con domicilio real en calle Felipe Vallese N 540, Piso 2 K, de la ciudad de Buenos Aires, poderes acompañados y agregados a fs. 6; fs. 5 y fs.
7/8, respectivamente y todos con domicilio procesal constituido en calle Hipólito Irigoyen N 795, Piso 1 Oficina B, de esta ciudad, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del CPC, declárese abierto el juicio sucesorio de Carlos Rene Ava, LE N 5.788.686, fallecido en fecha 28/02/1997
vecino que fuera de la ciudad de Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir del 1/8/2015 y Art. 728 del CPCyC. A lo demás oportunamente. Fdo. Dr. Alejandro Daniel Rodríguez.
Concordia, 6 de diciembre de 2018 Ana María Noguera, secretaria.
F.C. 0001-00009192 3 v./19.2.19

DIAMANTE
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante Dr. Mariano Andrés Ludueño, Secretaría a cargo de quien suscribe, en lo autos caratulados Suárez Elsa Catalina y Romero Regino s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 13646, cita y emplaza por el termino de diez 30 días a herederos, acreedores y a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejados por los causantes ELSA CATALINA
SUAREZ, MI 1220864, fallecida el día 25/04/1991 en la ciudad de Diamante, Departamento de Diamante, habiendo sido su ultimo domicilio en calle España N 461, de la ciudad de Diamante; y del Sr. REGINO ROMERO, MI N 1722877, fallecido el día 06/l1/1997,

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/2/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date18/02/2019

Page count26

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First edition01/12/2003

Last issue16/07/2024

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