Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 20 de diciembre de 2018
tomar oportunamente los recaudos correspondientes que permitieran tomar superar la faltante de personal, particularmente convocar la presencia inmediata y efectiva de otro enfermero para el cumplimiento de las tareas del sector, modificando la programación de las guardias y reasignando las funciones del personal para cubrir la faltante del Sr. Britos;
Que el relato de los agentes involucrados en el hecho, no mencionan a la Enfermera Nélida Saavedra, e incluso surge que la misma no fue notificada, ni advertida de la inasistencia del Sr. Britos, a la guardia del 11.08.13, tomando conocimiento de lo sucedido a las 05,30 horas del día 12.08.2013, cuando ingresó a cumplir su guardia;
Que por todo lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la agente Saavedra, ya que surge de autos que no tuvo conocimiento previo de la instancia del Sr. Britos, a la guardia programada de Enferm e r í a e n la S a l a d e I n t e r n a c i ó n d e l d í a 11.08.13, en virtud de lo cual, debería dejarse sin efecto el artículo 3 de la Resolución N
1229/16 MS, donde se aplica la sanción de 10
diez días de suspensión sin goce de haberes a la agente Nélida Beatríz Saavedra, aclarando que se mantendrá la sanción, que el mismo articulado, se le aplica a la agente Elsa Elena Quinter;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º.- Hacer lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la agente Nélida Beatriz Saavedra, DNI N 18.260.112, domiciliada en calle Barón Hirsch N654, de Basavilbaso, contra el artículo 3 de la Resolución N 1229 MS del 25
de abril de 2016.Art. 2º.- Dejar sin efecto la sanción de 10
diez días de suspensión a la agente Nélida Beatriz Saavedra, DNI N 18.260.112, mediante el artículo 3 de la Resolución N 1229/16
MS, dejando aclarado que se mantiene la sanción aplicada en el mencionado artículo de la agente Elsa Elena Quinter, en virtud a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 3º.- Comunicar, publicar y archivar.Ariel L. de la Rosa
RESOLUCIÓN Nº 127 MS
Paraná, 16 de febrero de 2017
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la firma Residencia Gerontológica Privada SRL, en concepto de servicio de alojamiento con atención médica y cuidados especiales realizados al paciente beneficiario UGP, Incluir Salud Nº 405-0815238/00, según factura B N 0002-00001037 del 05 de diciembre de 2016, de $ 36.300,00, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto en el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, de la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, concordante con los artículos 133º y artículo 142º, inciso 4, puntos a y b, del Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, con valores actualizados por Decreto Nº 3368/15 MEHF, Decreto Nº 3912/12 MS, Convenio Marco del Programa Federal, Incluir Salud y Resolución N2253/16
MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar el pago a la firma Residencia Gerontológica Privada SRL, por la suma de $ 36.300,00, a través del Departamento Tesorería con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, Fondos Incluir Salud, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.-

BOLETIN OFICIAL
RESOLUCIÓN Nº 128 MS
Paraná, 16 de febrero de 2017
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la firma Residencia Gerontológica Privada SRL, de Paraná, en concepto de servicio de alojamiento con atención médica y cuidados especiales realizados al paciente David Milton Padilla, DNI N 11.417.817, beneficiario UGP, Incluir Salud Nº 405-0815238/00, según factura B N 0002-00001037 del 31 de diciembre de 2016, de $ 39.680,00, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto en el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, de la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, concordante con los artículos 133º y artículo 142º, inciso 4, puntos a y b, del Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, con valores actualizados por Decreto Nº 3368/15 MEHF, Decreto Nº 3912/12 MS, Convenio Marco del Programa Federal, Incluir Salud y Resolución N2253/16
MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar el pago a la firma Residencia Gerontológica Privada SRL, por la suma de $ 39.680,00, a través del Departamento Tesorería con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, Fondos Incluir Salud, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.
RESOLUCIÓN Nº 129 MS
Paraná, 16 de febrero de 2017
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la firma Residencia Gerontológica Privada SRL, de Paraná, en concepto de servicio de alojamiento con atención médica y cuidados especiales realizados al paciente David Milton Padilla, DNI N 11.417.817, beneficiario UGP, Incluir Salud Nº 405-0815238/00, según factura B N 0002-00001117 del 31 de enero de 2017, de $ 39.680,00, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto en el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, de la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, concordante con los artículos 133º y artículo 142º, inciso 4, puntos a y b, del Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, con valores actualizados por Decreto Nº 3368/15 MEHF, Decreto Nº 3912/12 MS, Convenio Marco del Programa Federal, Incluir Salud y Resolución N2253/16
MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar el pago a la firma Residencia Gerontológica Privada SRL, por la suma de $ 39.680,00, a través del Departamento Tesorería con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, Fondos Incluir Salud, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.-

ADMINISTRADORA TRIBUTARIA
DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 419 ATER
ESTABLECIENDO MODIFICACION DE
VALUACIONES FISCALES
Paraná, 28 de noviembre de 2018
VISTO:
La Ley Provincial Nº 8672 y las modificaciones introducidas por las Leyes N 10446 y N
10951 y el Convenio Marco de Intercambio de Información y Colaboración Reciproca celebrado entre la Administradora Tributaria de Entre Ríos y la Municipalidad de Paraná; y CONSIDERANDO:
Que la cláusula quinta del convenio referenciado establece un intercambio -en forma
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digital y catastral y material, de información catastral y valuatoria; y Que a través del Departamento Económico de la Dirección de Catastro, se ha efectuado una segunda etapa de prueba, cruzamiento Y
análisis de información catastral, determinándose diferencias en superficies de mejoras y/o categorías de parcelas urbanas, surgiendo a partir de su evaluación un estado de situación que amerita la incorporación de oficio de las mismas con la correspondiente adecuación de sus valuaciones conforme a la normativa vigente; y Que la modificación de las valuaciones fiscales se efectúa por incorporación de mejoras en el Periodo Fiscal 2018; y Que el Artículo 17º inciso f de la Ley N 8672
y modificatorias, establece que en caso de modificación de valuaciones por incorporaciones de oficio efectuadas en base a información suministrada por Municipalidades, Juntas de Gobierno o Comunas, la notificación de las nuevas valuaciones fiscales a los contribuyentes podrá ser efectuada en el domicilio declarado por el contribuyente o por difusión de padrones; y Que resulta conveniente efectuar las notificaciones de las nuevas valuaciones fiscales por difusión de padrones físicos e impresos en soporte papel los que se acompañan como Anexo A de la presente resolución:
asimismo y considerando el avance en materia tecnológica y a efectos de prever su más amplia difusión se establecen mecanismos complementarios de accesos a la información referida; y Que el Departamento Legislación, en Dictamen N513/18 emite opinión favorable respecto al proyecto de resolución de notificación por padrón, correspondiente a la modificación de valuaciones fiscales, en idéntico proceso llevado a cabo en la ciudad de Concordia, opinión compartida por la Dirección de Asuntos Jurídicos; y Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N
10091; y Por ello;
El Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º.- Establécese la modificación de las valuaciones fiscales correspondientes al Padrón de Partidas, por incorporación de superficies de mejora en base a información suministrada por la Municipalidad de Paraná, que como Anexo A forma parte de la presente resolución.
Art. 2º.- Dispónese que la notificación de las nuevas valuaciones fiscales establecidas en el Artículo 1 de la presente, se efectúe por difusión de padrones.
Art. 3.- Dispónese que el Padrón físico incorporado como Anexo A de la presente, sea puesto a disposición de los titulares de las partidas inmobiliarias involucradas, en la Representación Territorial Paraná de esta Administradora Tributaria a partir del día 30 de noviembre de 2018.
Art. 4.- Establécese que la Dirección de Sistemas Informáticos habilite a través de la página web de la Administradora Tributaria de Entre Ríos un mecanismo de consulta del estado de situación de las Partidas Inmobiliarias incluidas en el Anexo A de la presente.
Art. 5º.- Las Direcciones de Impuestos, del Interior, de Catastro y de Sistemas Informáticos de esta Administradora Tributaria adoptarán todas las medidas y recaudos necesarios para la instrumentación de lo dispuesto en la presente resolución.
Art. 6º.- Regístrese. comuníquese, publíquese y archívese.
Sergio Daniel Granetto, Director Ejecutivo ATER.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date20/12/2018

Page count20

Edition count4806

First edition01/12/2003

Last issue09/08/2024

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