Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/12/2017

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BOLETIN OFICIAL

CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las disposiciones del artículo 209º de la Constitución Provincial, el Decreto Nº 5.028/11 GOB y la Resolución Nº 3/16
F.E., la Fiscalía de Estado es el organismo encargado de promover las acciones judiciales para la percepción de las acreencias fiscales de los tributos administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, siendo el fiscal de Estado el apoderado para representar y defender los intereses del Estado Provincial en todo litigio referido al cobro de los conceptos enunciados, que además tiene la atribución de sustituir facultades en quien o quienes el organismo designe;
Que la Fiscalía de Estado ha verificado que el profesional cumple con los antecedentes y requisitos, considerando conveniente su designación como procurador fiscal;
Que el aludido profesional estará encargado de llevar a cabo acciones concretas con el fin de promover buenas conductas impositivas por parte de los contribuyentes y accionar mediante apremio fiscal a quienes se les detectase morosidad en el pago de sus obligaciones impositivas;
Que conforme lo establece el segundo párrafo del artículo 116º del Código Fiscal t.o. 2014, el cobro de las obligaciones fiscales debe llevarse a cabo a través de proc u r a do re s f isca les que de signe el Pode r Ejecutivo;
Que el señor fiscal de Estado, el señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas y la Administradora Tributaria de Entre Ríos han tomado intervención de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1559/16 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase procurador fiscal con Jurisdicción en todo el territorio provincial, al doctor Gonzalo Germán Rickert Iseli, DNI Nº 33.271.420, Matrícula Provincial Nº 8647, folio 235, tomo I del Colegio de Abogados de Entre Ríos, con domicilio legal en calle avenida Pedro Zanni Nº 1.688, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, en virtud de lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 2º Autorízase a la Escribanía Mayor de Gobierno a otorgar el poder general para actuar en Juicios y Asuntos Administrativos a favor del doctor Gonzalo Germán Rickert Iseli, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 1º del presente decreto.
Art. 3º El presente decreto será refrendada por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
MINISTERIO DE CULTURA Y
COMUNICACION
DECRETO Nº 1221 MCyC
Paraná, 24 de mayo de 2017
Otorgando un aporte no reintegrable mensual por un monto de $ 8.724,02, ascendiendo lo percibido anualmente a la suma de hasta $
104.688,24, para cada una de las 54 Bibliotecas Populares de la Provincia de Entre Ríos que integran el listado certificado en autos, por la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares, ascendiendo el total del monto de los subsidios otorgados, a la suma de $ 5.653.164,96, por el período enero a diciembre de 2017, con cargo de rendición de los fondos ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional, a hacer efectivos los pagos resultantes de lo dispuesto en el presente.

DECRETO Nº 1228 MCyC
MODIFICANDO PLANTA PERMANENTE
Paraná, 26 de mayo de 2017
VISTO:
La gestión promovida por el agente Jorge Fabián Flores, DNI Nº 22.391.098, Legajo Nº 102.153, perteneciente a la planta permanente del Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas Profesor Antonio Serrano, dependiente de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita ser incluido en los alcan ces del Decreto N º 1.348/16
MCyC, que dispuso recategorizaciones de agentes del citado ministerio, por aplicación del Instructivo de junio de 2015, ya que al 31
de diciembre de 2014, contaba con la antigedad requerida; y Que desde la Dirección General de Personal se interviene informando sobre la situación de revista del citado agente, y en consecuencia se señala que de acuerdo a lo dispuesto en el referido Instructivo; su situación encuadra en el punto 1, inciso f, correspondiendo ser promovido a la categoría 3; y Que ha tomado intervención en las actuaciones, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional como, asimismo, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura y Comunicación; y Que la presente gestión encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 15º de la Ley 10.465 de Presupuesto 2017; y Que atento a lo expuesto, resulta necesario el dictado del presente, a fin de regularizar la situación de revista del referido agente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase la planta permanente del presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2017, en la Jurisdicción 60:
Ministerio de Cultura y Comunicación - Unidad Ejecutora: Museos de la Provincia, conforme al detalle de planilla Anexo III que agregado forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Encuádrase la modificación indicada en el artículo precedente, en las disposiciones contenidas en el artículo 15º de la Ley 10465 de Presupuesto 2017.
Art. 3º Reubíquese a partir del 1 de junio de 2015, al agente Jorge Fabián Flores, DNI Nº 22.391.098, Legajo Nº 102.153, perteneciente a la planta permanente del Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas Profesor Antonio Serrano, dependiente de la Secretaría de Cultura, en una categoría 3, Escalafón 01, clase 02, grupo 01, tramo 02, b Ejecución, por los fundamentos expuestos en los considerandos.
Art. 4º Impútese el gasto a: D.A. 986 - Carácter 1 - Jurisdicción 60 - Subjurisdicción 02 Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 48 - Fuente de Financiamiento 11 Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4/6 Partida Subparcial /1001/1100/1031/1051 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 5º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional, a hacer efectivo al agente Flores los pagos resultantes de lo dispuesto en el artículo 3º del presente.
Art. 6º El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 7º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
Paraná, jueves 14 de diciembre de 2017

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 1222 MDS
EXTENDIENDO AUTORIZACIÓN
Paraná, 26 de mayo de 2017
VISTO:
El Decreto Nº 2.502/16 MDS, y CONSIDERANDO:
Que el mismo se facultó al titular del Ministerio de Desarrollo Social a otorgar, mediante el dictado de la resolución ministerial, el aporte mensual subsidio institucional que se le brinda a hogares de ancianos públicos, privados y dependientes de la iglesia católica, dedicados al cuidado y protección de los adultos mayores durante el año 2016, requiriéndose la extensión para el presente ejercicio presupuestario 2017;
Que dichos aportes tienen como finalidad mejorar la calidad de vida de los abuelos que se hospedan en dichas instituciones, ello conforme las previsiones del artículo 13º, en su inciso 5º, apartado 6 de la Ley Nº 10.093 que establece que el Ministerio de Desarrollo Social se encuentra facultado para asistir a la ancianidad, mediante el otorgamiento de subsidios;
Que los subsidios en cuestión serán tramitados en concordancia con el Protocolo de Tramitación de Subsidios a Instituciones Gerontológicas aprobado por Resolución Nº 343/15
MDS y toda otra que al respecto se dicte, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;
Que para el corriente ejercicio presupuestario 2017 se ha estimado una inversión de $
3.000.000, para asignar en carácter de subsidios y/o aportes mensuales a las instituciones, a cuyo efecto la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción ha efectuado la reserva preventiva de fondos, con la debida intervención de la señora contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional ha tomado intervención de competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Extiéndese para el corriente ejercicio presupuestario 2017 la autorización dispuesta por Decreto Nº 2.502/16 MDS, facultando a la titular del Ministerio de Desarrollo Social a otorgar subsidios y/o aportes mensuales mediante el dictado de resolución ministerial, a favor de los hogares de ancianos públicos, privados y dependientes de la iglesia católica, dedicados al cuidado y protección de los adultos mayores, estimándose una inversión por la total de pesos tres millones $ 3,000,000, conforme lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Déjase establecido que los aportes y/o subsidios que se otorguen serán tramitados en el marco de las disposiciones dictadas en la jurisdicción Resolución Nº 343/15 MDS
y/o a las normativas que al respecto se dicten en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social.
Art. 3º Facúltase a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción a emitir órdenes de pagos con sus respectivas solicitudes de fondos ante la Tesorería General de la Provincia, y a efectuar los pagos pertinentes de acuerdo a las resoluciones que a tal efecto se dicten.
Art. 4º Impútese el egreso a los siguientes créditos del presupuesto vigente: D.A. 959 Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 02 - Obra 00 Finalidad 3 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 13 - Subfuente de Financiamiento 0374
- Inciso 5 - Partida Principal 7/1 - Partida Parcial 6/7 - Partida Subparcial 0070/0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/12/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date14/12/2017

Page count16

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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