Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/9/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 21 de setiembre de 2017
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Adriana Verónica Sors, presidente; Walter Jesús García, secretario.
F.C.S. 502-00018884 1 v./21.9.17
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 1296
Villaguay, 16 de agosto de 2017
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por la Dra. Marta Huck, afiliada Nº 1807/00
del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 788 del 28 de julio de 2017, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio de jubilación a la Dra. Marta Huck, afiliada Nº 1807/00 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 788 del 28
de julio de 2017, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde a la afiliada percibir un haber jubilatorio mensual de pesos dos mil novecientos sesenta y siete con veinte centavos $ 2.967,20, a partir del mes de agosto de 2017, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos un mil seiscientos veintitrés con veinte centavos $ 1.623,20; y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos un mil trescientos cuarenta y cuatro $
1.344,00.
Por ello;
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de jubilación ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos a Dra.
Marta Huck, afiliada Nº 1807/00 del Sistema de Previsión Social, DNI Nº 10.229.247 percibiendo un haber jubilatorio mensual de pesos dos mil novecientos sesenta y siete con veinte centavos $ 2.967,20, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización:
pesos un mil seiscientos veintitrés con veinte centavos $ 1.623,20; y b Haber Solidario: 60
Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos un mil trescientos cuarenta y cuatro $ 1.344,00, a partir del mes de agosto de 2017, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 788 del 28 de julio de 2017.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Adriana Verónica Sors, presidente; Walter Jesús García, secretario.
F.C.S. 502-00018886 1 v./21.9.17
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 1297
Villaguay, 16 de agosto de 2017
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por la Dra. Dolores Mercedes González, afiliada Nº 1709/00 del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y
BOLETIN OFICIAL
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 789 del 28 de julio de 2017, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio de jubilación a la Dra. Dolores Mercedes González, afiliada Nº 1709/00 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 789 del 28
de julio de 2017, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde a la afiliada percibir un haber jubilatorio mensual de pesos tres mil trescientos cuarenta y seis con noventa y dos centavos $
3.346,92, a partir del mes de junio de 2017, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos dos mil dos con noventa y dos centavos $ 2.002,92; y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos un mil trescientos cuarenta y cuatro $
1.344,00.
Por ello;
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de jubilación ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos a Dra.
D o l o r e s M e r c e d e s G o n z á l e z , a f i li a d a N º 1709/00 del Sistema de Previsión Social, DNI
Nº 6.285.323 percibiendo un haber jubilatorio mensual de pesos tres mil trescientos cuarenta y seis con noventa y dos centavos $
3.346,92, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos dos mil dos con noventa y dos centavos $
2.002,92.-; y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos un mil trescientos cuarenta y cuatro $ 1.344,00, a partir del mes de junio de 2017, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 789 del 28 de julio de 2017.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Adriana Verónica Sors, presidente; Walter Jesús García, secretario.
F.C.S. 502-00018887 1 v./21.9.17
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 1298
Villaguay, 16 de agosto de 2017
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por el Dr. Juan Carlos Facendini, afiliado Nº 1106/00 del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 790 del 28 de julio de 2017, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamien-

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to del beneficio de jubilación al Dr. Juan Carlos Facendini, afiliado Nº 1106/00 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 790 del 28
de julio de 2017, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde al afiliado percibir un haber jubilatorio mensual de pesos dos mil novecientos veintisiete con noventa y un centavos $ 2.927,91, a partir del mes de junio de 2017, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos un mil ochocientos siete con noventa y un centavos $ 1.807,91 y b Haber Solidario: 50 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos un mil ciento veinte $ 1.120,00.
Por ello;
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de jubilación ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos al Dr. Juan Carlos Facendini, afiliado Nº 1106/00 del Sistema de Previsión Social, DNI Nº 10.069.821, percibiendo un haber jubilatorio mensual de pesos dos mil novecientos veintisiete con noventa y un centavos $ 2.927,91, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos un mil ochocientos siete con noventa y un centavos $ 1.807,91 y b Haber Solidario: 50 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos un mil ciento veinte $ 1.120,00, a partir del mes de junio de 2017, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 790 del 28 de julio de 2017.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Adriana Verónica Sors, presidente; Walter Jesús García, secretario.
F.C.S. 502-00018891 1 v./21.9.17

DISOLUCION DE SOCIEDAD
NUEVA

PARANA
CIRUGIA PARANA SRL
Acta de reunión de socios - Disolución y liquidación de CIRUGÍA PARANÁ SRL.
Acta N 20. En la ciudad de Paraná, a los 18
días del mes de julio de 2017, siendo las 8:00
hs., los socios de Cirugía Paraná S.R.L. se reúnen en la sede social, encontrándose presente los socios Julio Alberto Mujica, DNI
10.377.252, y Alicia Inés Miro de Mujica, DNI
10.499.418, los que representan conjuntamente la totalidad del capital social y contándose con el quórum exigido para la celebración de la presente reunión, se abre el acto bajo la presidencia del Sr. Mujica quien pone a consideración el 1º punto del orden del día:
Designación de dos socios para firmar el acta acordándose suscribirlo ambos socios.
2 Disolución de la sociedad por la causal prevista en el Artículo 94 inciso 1 de la Ley de Sociedades Comerciales N 19.550.
3 Nombramiento de liquidador.Con la presencia de todos los socios se abre el acto, sometiendo a consideración de la asamblea el punto primero del orden del día, se propone la designación de todos los socios para suscribir el acta, la que puesta a votación resulta aprobada por unanimidad.
Pasando a tratar el punto segundo del orden del día, el Sr. Presidente expone que por decisión unánime de los accionistas consideran oportuno disolver la sociedad, en vistas a que no existe ánimo ni voluntad de continuar con el emprendimiento empresarial oportunamente

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/9/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date21/09/2017

Page count26

Edition count4785

First edition01/12/2003

Last issue11/07/2024

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