Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 20 de setiembre de 2017
siguiente Aviso Oficial: Temporada de Verano 2016/17 - Los Esperamos Codesal - Gobierno de Entre Ríos a través de la firma El Heraldo S.R.L./ Diario El Heraldo en el suplemento especial de 4 páginas a distribuirse inserto en la edición de Diario El Heraldo de Concordia, el día 24 de diciembre de 2016, por la suma total de $ 76.800,00, según Orden de Publicidad N
3694 emitida por dicho Ministerio.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 10, Decreto Nº 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley Nº 8964, concordante con el artículo 142, inciso 11, apartado b del Decreto Nº 795/96 MEOSP, Decreto N 2991/96 MEOSP de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable a hacer efectivo el pago a la firma citada, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del Certificado de Libre deuda conforme Resolución N 16/12 de la ATER y normas concordantes, subsiguientes y complementaria.
DECRETO Nº 439 MCYC
Paraná, 23 de marzo de 2017
Reconociendo el gasto realizado en el marco de la contratación directa, por vía de excepción, efectuada por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad del siguiente aviso oficial: Aviso: Fue un Año Intenso, de Mucho Trabajo, En el 2017 Seguiremos Buscando El Progreso de toda la Familia EntrerrianaGobierno de Entre Ríos, los días 9, 10 y 11 de diciembre de 2016, en distintos m e d i o s g r á f ic o s , p o r l a s u m a t o t a l d e $
750.574,48, según órdenes de publicidad emitidas por dicho Ministerio, y conforme al detalle que como anexos pasan a formar parte del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 10, Decreto Nº 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley Nº 8964, concordante con el artículo 142, inciso 11, apartado b del Decreto Nº 795/96 MEOSP, Decreto N 2991/96 MEOSP de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar a los distintos medios las sumas respectivas detalladas en el Anexo A, y a emitir las correspondientes órdenes de pago a fin que la Tesorería General de la Provincia haga lo propio con lo detallado en el Anexo B, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 124/14 MEHF, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, Certificado de Libre Deuda conformes resolución Nº 16/12
de la ATER y normas concordantes, subsiguiente y complementaria.
DECRETO Nº 440 MCYC
Paraná, 23 de marzo de 2017
Reconociendo el gasto realizado en el marco de la contratación directa, por vía de excepción, efectuada por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad del siguiente Aviso Oficial: Aviso: Una Tierra Diferente Entre Ríoswww.entrerios.tur.ar en publicaciones en suplemento semanal de la revista El Pato, durante el mes de octubre de 2016 del medio gráfico Radio Medio de Comunicación S.A./ Diario Uno Paraná, por la suma total de $ 300.787,50, según Orden de Publicidad N 2723/16, emitida por dicho Ministerio.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27, inciso c, apartado
BOLETIN OFICIAL
b, punto 10, Decreto Nº 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley Nº 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley Nº 8964, concordante con el artículo 142, inciso 11, apartado b del Decreto N 795/96 MEOSP de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a emitir la orden de pago correspondiente a fin que la Tesorería General de la Provincia haga efectivo el pago a la firma Radio Medio de Comunicación S.A. / Diario Uno Paraná, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N
124!14 MEHF, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y Certificados de Libre Deuda conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER y normas concordantes subsiguientes y complementarias.

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 300 MEHyF
DESESTIMANDO RECLAMO
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
La presentación del reclamo administrativo efectuado por la Municipalidad de Colonia Avellaneda; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota de fecha 13 de marzo de 2014, el Presidente Municipal del citado municipio solicita ante la Dirección General de Relaciones Municipales, el cambio de índice de coparticipación, atento al crecimiento poblacional adjuntado documental ilustrativo del resultado que arrojara el censo municipal llevado a cabo en esa localidad, en el año 2013;
Que, al respecto, dicha Dirección General procedió a analizar el pedido, detallando en su informe lo relativo a la normativa que regula el Régimen de Coparticipación de Impuestos a Municipios, concluyendo que tal solicitud no resulta viable, dado que las fórmulas de cálculo para dirimir tal cuestión requieren como uno de los parámetros la población existente conforme al último censo nacional, que en el presente caso fue realizado en el año 2010;
Que al tomar conocimiento del informe precedente la referida Municipalidad, formuló su disconformidad haciendo las reclamaciones pertinentes, procediendo la Dirección General de Relaciones Municipales a dar respuesta a este último planteo, analizando los puntos encontrados y reiterando la conclusión arribada anteriormente;
Que Fiscalía de Estado ha tomado la correspondiente intervención señalando que la Ley Nº 8.492 y sus modificatorias regulan el Régimen de Coparticipación de Impuestos a Municipios , estableciéndose allí la modalidad en que se procederá a realizar la coparticipación de los impuestos nacionales y provinciales, según las fórmulas que establece esa normativa;
Que, asimismo, agrega que En todos los supuestos, se toma como parámetro los resultados que arroje el último censo nacional, conforme a la base de datos suministrada por la Dirección de Estadística y Censos de la Provincia, que según lo informara esa repartición data del año 2010;
Que en virtud de ello, se adhiere al criterio expuesto por la Dirección General de Relaciones Fiscales con Municipios, estimando que no resulta jurídicamente viable, a fin de habilitar el cambio de Índice de Coparticipación que interesa la Municipalidad de Colonia Avellaneda, considerando el resultado del censo municipal llevado a cabo por esa Municipalidad en el año 2013
Que, por ello, Fiscalía de Estado concluye que dado a que la normativa aplicable resulta
9 determinante en cuanto a los parámetros a utilizar a fin dese distribuir entre los municipios los impuestos nacionales y provinciales, siendo en el presente caso el resultado del Censo Nacional del año 2010, el que corresponde considerar a ese efecto , y todo lo cual fuera debidamente analizado por la Dirección General de Relaciones Fiscales con Municipios del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, corresponde desestimar el reclamo formulado por la Municipalidad de Colonia Avellaneda;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desestímase el reclamo administrativo efectuado por la Municipalidad de Colonia Avellaneda, en virtud de los fundamentos expuestos en el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y pasen las actuaciones a la Mesa de Entradas del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a fin de que notifique fehacientemente.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 301 MEHyF
RECONOCIENDO Y AUTORIZANDO
ATENCION DE DEPARTAMENTO
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la Tesorería General de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se interesa efectivizar el reemplazo de la Jefatura de Departamento Libramientos y Obligaciones de Pago de la citada repartición, dado que su titular, Silvia Beatriz Bearzi, DNI Nº 12.729.859, Legajo Nº 49.020, ha solicitado licencia anual ordinaria y por enfermedad a partir del 2.5.16 y hasta el 29.9.16, siendo propuesta para dicho reemplazo a la agente María Valeria Messina, DNI Nº 22.728.291, Legajo Nº 136.201;
Que lo solicitado se fundamenta en la necesidad de no resentir el normal funcionamiento del referido departamento, dado que el mismo es el encargado de proceder a la liquidación y preparación para la posterior efectivización de las órdenes de pago a proveedores, contratistas, organismos y otras obligaciones de pago, de conformidad al presupuesto de caja, vencimientos; asimismo, se encarga de intervenir en el pago de haberes del personal de la Administración Pública Provincial, en el pago de regímenes de Coparticipación Nacional y Provincial y demás remesas a municipios, confeccionando los instrumentos necesarios para ello;
Que las funciones de Jefe del Departamento Libramientos y Obligaciones de Pago, dependiente de la Tesorería General de la Provincia, se hallan expresamente previstas en la Estructura Orgánica de la repartición, aprobada por Decreto Nº 3.766/92 MEOSP;
Que al tomar intervención la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, informa que cuenta con crédito disponible en el ejercicio vigente;
Que la Dirección General de Personal y la Contaduría General de la Provincia a través de su contadora delegada han tomado la intervención de sus respectivas competencias;
Que la presente gestión encuadra en las disposiciones contenidas en los Decretos Nos.
4.458/90 MGJOSP, Anexo I, punto G, 5.384/03
GOB y su modificatorio Nº 2.426/04 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º R e c o n ó c e s e y a u t o rí z a s e a la agente María Valeria Messina, DNI Nº 22.728.291, Legajo Nº 136.201, la atención provisoria del Departamento Libramientos y

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date20/09/2017

Page count26

Edition count4803

First edition01/12/2003

Last issue06/08/2024

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