Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 12 de julio de 2017
6 meses; y para aquellos concursantes que tengan menos de 5 años en el ejercicio de la matricula 0,50 puntos por año o fracción mayor a 6 meses;
b En Salud Pública Nacional, Provincial o Municipal: hasta un máximo de 7,5 ptos., a razón de 0,50 por año ejercido o fracción mayor a 6 meses.
c En el Poder Judicial y/u Organismos de Niñez y Adolescencia: hasta un máximo de 7,5
ptos. en razón de 0.5 pto. por año de servicios o fracción mayor de 6 meses. En relación de dependencia del Poder Judicial u otros organismos Estatales Públicos y privados.: deberán indicarse y acreditarse con la certificación pertinente, los cargos y/o funciones desempeñadas en el Poder Judicial de la Nación o Provincias. Asimismo, deberá acompañarse informe del desempeño y aptitud para el desarrollo de la tarea y licencias concedidas en los últimos dos años expedido por la autoridad del organismos respectivo.
d En el ejercicio de la profesión: fecha de matriculación acreditada con certificado emitido por el Colegio de Psicólogos dando cuenta la antigedad, estado actual de la matrícula y en su caso, de sanciones disciplinarias que pudieran haberse aplicado.
e Especificidad: un máximo de 4 ptos.. A los fines de valorar la especialidad del desempeño profesional deberá acreditarse la actividad efectivamente realizada mediante datos objetivamente comprobables, a efectos de apreciar su volumen y vinculación del ejercicio laboral con la especialidad requerida para el cargo concursado. En caso de invocar participación en causa judiciales como perito, deberá acompañarse un listado de los informes y/o pericias efectuadas, con la debida certificación del organismo requirente de sus servicios profesionales, y que sean exclusivas de la materia que se concursa.
3 Antecedentes académicos: hasta un máximo de 10 puntos; a Docencia: hasta un máximo de 2 ptos; universitaria hasta 1,5 ptos, y de mas niveles hasta 0.5 pto. b publicaciones hasta un máximo de 1 ptos., en revistas científicas y del orden de la materia que se concursa quedando excluidas otras que no sean de la especificidad.- c Doctorados 3 ptos., Maestrías: 2,50 ptos., y especializaciones: 2 ptos.;
diplomaturas 1 pto. todo hasta un máximo de 4 ptos. d Cursos de Posgrados Aprobados:
0.25 hasta un máximo de 1 punto; e Instituto Alberdi: Máximo 1 punto, en razón de 0.25 por curso aprobado.- f Otros curso, congresos, jornadas hasta un máximo de 1 ptos.; 0,10 por cada uno. Se dará particular relevancia al que tuviere relación con la competencia propia del fuero de familia y psicología forense.
VIII.- Integrar el Tribunal examinador de este concurso con los magistrados de esta jurisdicción, Dra. Fátima Anahí Polizzi - Jueza de Familia y Penal de Niños y Adolescentes - Dr.
Alfredo Alesio Eguiazu Juez Civil y Comercial Nº 2 - Dr. Carlos Ramón Zaburlin -Juez de Garantías y Transición, designándose Secretario de actuación al Secretario interino de este Juzgado de Familia y Penal de Menores, Dr.
Carlos Oscar Caraballo, o quien resulte su reemplazante como subrogante legal.
Recaratúlese los presentes como: Concurso de Títulos y Antecedentes Para Cubrir el Cargo de Psicólogo - Equipo Técnico Interdisciplinario Juzgado de Familia y Penal de Menores Villaguay -2017- Que sin perjuicio de las notificaciones que se realizarán conforme los medios previstos en el C.P.C.C. y a fin de mayor celeridad también se realizarán por medio de correo electrónico jdofliapen-vil@jusentrerios.gov.ar. Regístrese, notifíquese y comuníquese al Excmo. Superior Tribunal de Justicia.
Oportunamente se fijará fecha de audiencia a una entrevista que mantendrán los aspirantes con el Tribunal Examinador, integrado por los Sres. Dra. Fátima Anahí Polizzi - Jueza de
BOLETIN OFICIAL

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Familia y Penal de Niños y Adolescentes - Dr.
Alfredo Alesio Eguiazu Juez Civil y Comercial N 2 Dr. Carlos Ramón Zaburlin -Juez de Garantía y Transición.
Villaguay, 3 de julio de 2017 Carlos O.
Caraballo, secretario.
F. 500-00006746 3 v./13.7.17

CAMBIO DE APELLIDO
ANTERIOR

FEDERACION
La señora Jueza a cargo del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la ciudad de Chajarí E. R., Dra. Griselda Mabel Moscatelli, Secretaría a cargo de la Dra. Susana E. Pertus interina, en los autos caratulados Reverditto Leonardo s/ Autorización Judicial Para Anteponer Al Apellido Paterno El Materno Expte. N 5097/17, cita y emplaza por el término de quince días 15 días desde la última publicación para quien se considere con derecho presente su oposición respecto de lo solicitado por Leonardo Reverditto DNI
30.788.707, de anteponer el apellido materno al paterno a fin de que el nombre y apellido sea Leonardo Ferreyra Reverditto.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente; dice: Chajarí, 19 de abril de 2017.
Téngase por presentado al señor Leonardo Reverditto por derecho propio, con domicilio procesal constituido y real denunciado, por parte y documentación de su referencia acompañada. Téngase por promovida la presente acción tendiente a obtener la autorización judicial para anteponer al apellido paterno el apellido materno, que se tramitará según las normas del proceso sumarísimo Art. 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 84 y 86
de la Ley 26413 y Art. 484 y concs. C.P.C.C..
Asimismo, conforme lo dispuesto por el Art. 70
del C.C.y C., publíquense edictos una vez por mes por el lapso de dos meses en el diario El Heraldo" de la ciudad de Concordia ER y en el Boletín Oficial de la Provincia, para que en el plazo de quince días desde la última publicación quien se considere con derecho presente su oposición.- Notifíquese Fdo. Dra.
Griselda Mabel MoscatelliJueza de Familia y Penal de Niños y Adolescentes".
Chajarí, 30 de mayo de 2017 Susana E.
Pertus, secretaria int.
F.C.S. 502-00016168 2 v./12.7.17

SENTENCIAS
ANTERIORES

PARANA
En la causa N caratulada: Castellano, Jonathan Martiniano Florencio s/ Amenazas con acumuladas N 4899, 4937, 4987, 5332, del registro de esta Sala II de Transición de Juicios y Apelaciones de Paraná, transcribiéndole para su publicación en el Boletín Oficial bajo el título Inhabilitación absoluta -Art. 12 CP, la parte pertinente de la sentencia recaída en autos, que dice:
En la ciudad de Paraná, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil diecisiete
SENTENCIA: I. Sobreseer a JONATHAN MARTINIANO FLORENCIO CASTELLANO, ya filiado, por la comisión de los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma de fuego -coacción- ; resistencia a la autoridad; resistencia a la autoridad y abuso de armas en concurso ideal por prescripción de la acción penal -Arts.
333, 334, 335 inciso 1º y concordantes del C.P.P.E.R. Ley 4843; 59 inciso 3, 62 inciso 2,
63, 67 cuarto párrafo inciso d, 149 bis, segundo párrafo en función del Art. 149 ter Inc. 10, 239, 239, 104 primer párrafo y 54 del Código Penal. Costas de oficio, Arts. 547 y 548 del C.P.P.E.R. Ley 4843.
II.- Sobreseer III.- Declarar que Jonatan Florencio Martiniano Castellano ya filiado, es autor material y responsable de los delitos de lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego; lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego; amenazas calificadas por el uso de arma; tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil; abuso de arma; amenazas calificadas y abuso de arma; todos en concurso real y en consecuencia condenarlo a la pena de tres 3 años de prisión de cumplimiento efectivo -Arts. 5, 12, 90 y 41 bis, 90 y 41 bis, 149 bis, primer párrafo segunda parte, 189 bis, inciso 2 primer párrafo; 104 primer párrafo, 149
bis, primer párrafo primera parte y 104, 45, 54
y 55 del Código Penal.
IV. Ordenar V VI VII VIII IX X
XI XII Fdo.: Dres. Bonazzola - Grippo - Zilli -Vocales-. Ante mí: Dra. Melina L. Arduino -SecretariaEs copia fiel. Doy fe.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 25.12.2019 veinticinco de diciembre de dos mil diecinueve.
Paraná, 3 de julio de 2017 Melina L. Arduino, secretaria.
13547 3 v./13.7.17
En los autos Nº 4646 - Tinta caratulados:
Tinta Cristian José Enrique s/ Homicidio Agravado, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle que se ha dispuesto la inhabilitacion absoluta por el tiempo de la condena respecto de.
Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia que así lo dispone: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintiocho días del mes de marzo del año diecisiete Resuelvo: 1º Declarar que CRISTIAN JOSE ENRIQUE TINTA, ya filiado, es autor material y responsable del delito de homicidio agravado por el vinculo en grado de tentativa y, en consecuencia, condenarlo a la pena de trece años de prisión más las accesorias legales -Arts. 80
Inc. 1, 42, y 12 del Código Penal-, la que deberá ser cumplida, como lo acordaran las partes, en la Unidad Penal Nº 6 de Rawson, Provincia de Chubut Fdo.: Dra. Elisa Zilli -Vocal de Juicios y Apelaciones N 7.
El mencionado Cristian José Enrique Tinta, sin alias, con Documento Nacional de Identidad Nº 30.322.651, de nacionalidad argentina de 33 años de edad, estado civil soltero, changarín, nacido en Paraná, el día 28 de junio de 1983, con estudios secundarios incompletos, alojado actualmente en la Unidad Penal Nº 1
de esta ciudad, con domicilio anterior en Bajada Grande, calle Valentín Denis de Paraná, donde convivía con su mujer, Julia Melgarejo y su hijo, que ha residido en Buenos Aires, Paraná, Gualeguaychú, Santa Fe y Rosario, estuvo internado por adicción a estupefacientes, consume drogas desde los 12 años -marihuana, cocaína, pastillasy consumía alcohol; con Prontuario policial Nº 715.161 IG, ha sido condenado anteriormente por el Tribunal Oral Nº 10 de Capital Federal a una pena de cinco años de prisión en el año 2008, hijo de Luis Enrique Tinta, y de Teresa Beatriz Romano.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 3.8.2029 tres de agosto de dos mil veintinueve.
Paraná, 5 de julio de 2017 Adriana Arus, secretaria.
13548 3 v./13.7.17

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/7/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date12/07/2017

Page count22

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First edition01/12/2003

Last issue17/07/2024

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