Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/12/2016

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

4
Asuntos Jurídicos de este Ministerio, ha manifestado que en el marco de los autos caratulados Ferro, Claudia c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/Amparo de Salud, tramitado por ante la Cámara Contencioso Administrativo, Sala 1 de Paraná, que se tramita por Expediente administrativo RU 1333381, caratulado D/Subsidio para Ferro, Claudia para compra de 2 clavos, responsable: Rodríguez, Adriana, ante ello se realizó una audiencia preliminar, en la cual este Ministerio, a través del nosocomio se comprometió a otorgar turno de atención médica a la Sra. Ferro, el día 20 de marzo de 2015, a la hora 09,00, toda vez que desde la Asesoría Legal del Hospital, mediante requisitoria escrita se solicitó con carácter urgente el otorgamiento de un turno para evaluación de tratamiento kinesiológico con fines de rehabilitación a la paciente Ferro, Claudia, siendo otorgado el mismo, el día mencionado ut supra, todo conforme nota emitida por la Asesoría Legal y turno que se adjunta a fs. 3 de autos;
Que el día 20.03.09 siendo las 09,00 horas se hace presente en el Servicio de Ortopedia y Traumatología del Hospital San Martín de Paraná, la paciente Ferro, solicitando la atención del Dr. Gonzalo Yacomo, toda vez que desde dicho servicio se había informado que el galeno sería quien debía realizar la evaluación de la paciente, en virtud de ello, la Secretaría del Servicio le informa, sin justa razón, que no podía ser atendida atento a que el profesional a quien se había delegado la atención no se encontraba en el nosocomio, ya que en el día de la fecha no se atendería consultorio externo;
Que en virtud de tal situación la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Misterio se dirigió al Servicio de Ortopedia y Traumatología del Hospital San Martín de Paraná, a fin de poder de constatar motivo por el cual no se brindó el servicio de salud a la Sra. Ferro, tanto es así qu e s e o bse rv ó u n c arte l que expresaba 20.03.15 no se atenderá consultorio externo, sumado a que no había personal en atención al público, seguidamente se hizo presente la secretaria del Servicio, quien entregó en originales, planilla de informe estadístico con consultas médicas ambulatorias del Dr. Yacomo, donde consta que debía atender a la paciente Ferro, por evaluación kinesiológica;
Que de la certificación que se adjunta consta que el Dr. Gonzalo Darío Yacomo, DNI Nº 29.620.834, revista como médico concurrente al Servicio de Ortopedia y Traumatología del Hospital San Martín de Paraná;
Que la Ley 9892 en su capítulo V determina el régimen Pre-escalafonario y en su artículo 41º, considera dicho régimen un sistema de educación y capacitación continua, utilizando fundamentalmente la técnica de la problematización en servicio. A dicho régimen se ingresará y se regirá por derechos y deberes funcionales, se asignaron puntajes o antecedentes y demás condiciones inherentes, de acuerdo con lo establecido en la ley. En dicho sentido en su apartado 1, determina el grupo concurrente, de acuerdo a la programación establecida por el jefe de Servicio;
Que a la luz de la citada normativa, en el título IV, capítulo I Medidas Disciplinarias, el artículo 43º determina que los profesionales incluidos en la Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, que violen algún deber u obligación inherente a su cargo, podrán ser pasible de alguna de las siguientes sanciones disciplinarias y entre ellas menciona en el inciso g la Cesantía, siendo causales de la misma las mencionadas en el artículo 46º, atento a ello, en el artículo 45º de dicha ley, se determina que en las sanciones especificadas en los incisos d, e, f, g y h del artículo 43 se aplicara las disposiciones de la Ley 9755;

BOLETIN OFICIAL
Que esta situación de anomalía, no debe quedar en una cuestión menor para la Administración Pública y más aún para este Ministerio de Salud, quien en representación del Estado, resulta ser el garante de la salud de los entrerrianos, debiendo procederse a dilucidar las responsabilidades correspondientes, tanto del Dr. Yacomo, y el jefe del Servicio y demás integrantes del mismo;
Que atento a lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde disponer que deje inmediatamente el Dr. Gonzalo Darío Yacomo, DNI Nº 29.620.834, de concurrir a cumplir funciones en el Servicio de Ortopedia y Traumatología del Hospital San Martín de Paraná;
Que asimismo a fin de evidenciar los presuntos responsables de la falta de atención de la paciente Claudia Ferro, corresponde disponer la instrucción de una información sumaria en el ámbito del Hospital San Martín de Paraná, a los efectos de investigar y determinar la realidad fáctica de los hechos, como así también deslindar la responsabilidad de los agentes del Estado en el mismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG;
Que atento a la vigencia de la Ley 9755
marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia, ya que por el artículo 121º derogó la Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecidos por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 2840/07 Gob.;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social a/c del Ministerio de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º.- Disponer la instrucción de una información sumaria en el ámbito del Hospital San Martín de Paraná, a los efectos de investigar y determinar la realidad fáctica de los hechos denunciados, como así también deslindar la responsabilidad de los agentes del Estado en el mismo, conforme a lo dispuesto en los considerandos precedentes, y a lo establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG.Art. 2º.- Dar intervención a la Dirección del Hospital San Martín de Paraná, para que notifique al Dr. Gonzalo Yacomo, DNI Nº 29.620.834, que deberá dejar inmediatamente de prestar funciones como médico concurrente al Servicio de Ortopedia y Traumatología de ese nosocomio.Art. 3º.- Mantener plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecidos por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 2840/07 Gob.Art. 4º.- Comunicar, pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, publicar y archivar.Carlos G. Ramos
RESOLUCIÓN Nº 2438 MS
Paraná, 27 de julio de 2015
Otorgando adscripción de conformidad a su solicitud a la Dra. María Soledad Vignuda, DNI
Nº 28.215.005, MP Nº 9962, con el domicilio en calle Los Ciruelos Nº 153, de la Ciudad de Oro Verde, al Servicio de Guardia del Hospital Materno Infantil San Roque de la Ciudad de Paraná, de acuerdo a la Ley 9892, artículo 41º y siguientes, ya que la Coordinación de Regis-

Paraná, lunes 19 de diciembre de 2016
tro y Fiscalización de los Profesionales de la Salud, de este Ministerio de Salud, informa que la Doctora nombrada, se encuentra inscripta en Registro de Profesionales de la Salud de Entre Ríos, como Médica, bajo el Nº 9962, teniendo reconocida la especialidad en Pediatría.
RESOLUCIÓN Nº 2439 MS
Paraná, 27 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
2.385,00, a favor de la Sra. Rosana Leonor González, DNI Nº 27.068.794, domiciliada en barrio IAPV, casa Nº 3 de Maciá, destinado a solventar gastos por la realización de una resonancia magnética, para el paciente Santiago Ismael Gillig, DNI Nº 54.007.956.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital Falucho de Maciá por un importe de $ 2.385,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal, a la Sra.
Rosana Leonor González, DNI Nº 27.068.794, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCIÓN Nº 2440 MS
Paraná, 27 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
5.484,12, a favor del Sr. Luís Erardo Paulinsky, DNI Nº 10.646.973, beneficiario Incluir Salud Nº 405-8201579-00, domiciliado en Paraje Las 14 s/nº, Dpto. Federación, destinado a solventar gastos por la compra de medicación para 4
meses de tratamiento.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia al Hospital Santa Rosa de Chajarí, por un importe de $
5.484,12, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal, al Sr. Luís Erardo Paulinsky, DNI Nº 10.646.973, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCIÓN Nº 2441 MS
Paraná, 27 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
14.480,00, a favor de la Sra. Luisa Isabel Ayala, DNI Nº 13.703.410, beneficiaria Incluir Salud Nº 405-8156766-00, domiciliada en calle Seghezzo Nº 1712 de Federal, destinado a solventar gastos por la compra de medicación oncológica para 4 meses de tratamiento.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia al Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, por un importe de $ 14.480,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal, a la Sra. Luisa Isabel Ayala, DNI Nº 13.703.410, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCIÓN Nº 2442 MS
Paraná, 27 de julio de 2015
Aprobando la contratación directa, vía excepción, y reconociendo el gasto efectuado por el Hospital Centenario de Gualeguaychú, solicita el reconocimiento y pago de reintegro correspondiente en concepto de la adquisición de un sistema de osteosíntesis con placa 1/3,

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/12/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date19/12/2016

Page count16

Edition count4796

First edition01/12/2003

Last issue26/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031