Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/10/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SUR: recta alambrada y edificada por linea municipal de edificación 3-4 al rumbo Sudoeste 82 36 de 19.90 m., lindando con calle 53 cont. Coronel González.
OESTE: línea recta por costado Este de pared lindera 4-1 al rumbo Noroeste 10 57 de 19,90 m., lindando con Hilda María José Lalli.
La presente citación se efectúa bajo apercibimiento de designar defensor de ausentes.
El auto que lo ordena dice: Gualeguay, 14
de septiembre de 2016 Hallándose cumplimentados los requisitos establecidos por el Art. 669, Inc. 1 de CPCC - informe de dominio de fs. 5/8 y plano de fs. 10 - y atento lo dispuesto por el Inc. 2 de la mencionada norma legal y Art. 329 del CPC, publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón citando y emplazando a quien y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado, por el término de quince días, bajo los ap ercibim ient os de ley. F abián Morahan.
Juez Civ. y Com. N 1.
Gualeguay, 3 de octubre de 2016 Delfina M. Fernández, secretaria interina.
F.C.S. 502-00009518 2 v./18.10.16

USUCAPION
NUEVAS

CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 sito en calle Mitre 28, 2 Piso de la ciudad de Concordia ER, a cargo de la Dra. Estela B. Méndez Castells, Secretaría de la Dra. Ana María Noguera, en autos caratulados Iturralde, María Ramona c/ Herederos y/o sucesores de Eduardo Galucchio s/ Usucapión, Expte. Nº 9057, cita y emplaza por el término de treinta y un 31 días, contados a partir de la última publicación del presente, a herederos y/o sucesores de Eduardo Gallicchio y/o a quién se considere con derecho respecto del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Registro de la Propiedad Inmueble local al Nº 1084, Finca 9573, Folio 2406, Tomo 73-C.U inscripto en fecha 04/07/1960, ubicado en el Departamento Cdia.
Municipio de Concordia, Planta Urbana, Manzana Nº 2243 08 Norte / 05 Este, Superficie:
291,04 m2, Plano N 60385; como así también los límites y linderos del mismo:
NORTE: Recta 1-2 al S 77 00 E de 9,95 m., divisorias con Carlos E. Benítez;
ESTE: Recta 2-3 al S 13 00 O de 29,25 m., divisoria con Marcos Cremonte;
SUR: Recta 3-4 N 77 00 O de 9,95 m:, divisoria con calle Montevideo; y OESTE: Recta 4-1 N 13 00 E de 29,25 m., divisoria con Guido Héctor Adolfo Fontana y otra, y con domicilio parcelario:
Montevideo Nº 336, de esta ciudad; para que comparezca a juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrarse defensor de ausentes, con el que se seguirán los trámites de la causa -Art. 329 y 669 Incs. 2 y 3 del CPCC.Las resoluciones que dispone el presente en su parte pertinente dice: Concordia, 23 de septiembre de 2016. Vistos: 1.- 2.- 3.-
4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- 9.-Cítese por edictos, que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en un diario local de esta ciudad, a herederos y/o sucesores de Eduardo Galucchio, y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble objeto del juicio inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble local al N 1084, Finca 9573, Folio 2406, Tomo 73-CU, inscripto en fecha 04/07/1960, ubicado en el Departamento Cdia ., Municipio de Concordia, Planta Urbana, Manzana N
2243 08 Norte / 05 Este, Superficie: 291,04
m2, Plano Nº 60385; cuyos límites y linderos constan en la Ficha de Transferencia que obra
en el legajo de documental que corre agregado por cuerda a las presentes actuaciones y domicilio parcelario: Montevideo Nº 336, de esta ciudad; para que dentro del término de treinta y un días - Art. 330 del CPCC-, comparezcan a éste juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrárseles defensor de ausentes Arts. 329 y 669, Incs. 2
y 3º, y ccs. del CPCC.- Fdo. Estela B.
Méndez Castells, Jueza.
Concordia, 27 de septiembre de 2016 Ana María Noguera, secretaria.
F.C.S. 502-00009551 2 v./19.10.16

VILLAGUAY
El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial Nº 2 del Partido Judicial de Villaguay, Dr. Alfredo Alesio Eguiazu, Secretaría única a cargo dela Dra. Carla Gottfried, en autos caratulados Kearney Maria Inés y otro s/ Usucapión, Expte. 4366, año 2016, cita y emplaza para que dentro del plazo de quince días a partir de la última publicación del presente concurran quienes se consideren con derecho respecto a un inmueble rural ubicado en Distrito Mojones Norte, Dpto. Villaguay, Pcia. de Entre Ríos, inscripto bajo partida Nº 110897, plano de mensura Nº 31.783, de una superficie de doce hectáreas, cuarenta áreas, setenta y nueve centiáreas 12 has, 40 as, 79
cas comprendido dentro de los siguientes limites y linderos:
NORESTE: Ramona Rodríguez, mediante línea 1-2, al rumbo S 50º 22 E, longitud de 29,25
m.
ESTE: Ruta Provincial Nº 6, mediante línea 2-3 al rumbo S 6º 55 E, longitud de 254,49 m;
Luís Ramón Mercado, mediante tres líneas:
3-4 al rumbo S 82º 59 O, longitud de 100,00m;
4-5 al rumbo S 6º 34 E, longitud de 100,00 m, y 5-6 al rumbo N 83º 26 E, longitud de 100,00
m; y Ruta Provincial Nº 6, mediante cinco líneas 6-7 al rumbo S 6º 34 E, longitud de 142,81 m; 7-8 al rumbo S 7º 11 E, longitud de 123,72 m; 8-9 al rumbo S 6º 06 E, longitud de 72,63 m; 9-10 al rumbo S 4º 35 E, longitud de 48,48 m; y 10-11 al rumbo S 3º 12 E, longitud de 68,62 m.
SUROESTE: Flota Car. S.R.L, mediante línea 11-12 al rumbo N 55º 16 O, longitud de 418,69 m.NOROESTE: Héctor Francisco Ronconi y otro, mediante dos líneas 12-13 al rumbo N 35
37 E, longitud de 100,10 m; y 13-14 al rumbo N 52º 55 O, longitud de 10,15 m; y Pedro Paulino Quinteros mediante línea 14-1 al rumbo N 20º 01 E, longitud de 530,89 m; en forma especial a Corina Carmen Maciel de Miller, Eleodora Miller de Tuiol, Elena Miller, Ysabel Miller, Manuel Miller, Hilario Miller, Maria Luisa Molina de Miller, Roberto Rubén Retamar y Maria Concepción Palladino y/o sus herederos y/o sus sucesores, para que comparezcan a tomar intervención dentro del término de quince días, bajo apercibimientos de nombrárseles defensor de ausentes con el que se seguirán los trámites de la causa -Arts. 329 y 669 Incs.
2 y 3 del CPCC.
Villaguay, 28 de septiembre de 2016 Carla Gottfried, secretaria.
F.C.S. 502-00009540 2 v./19.10.16

LLAMADO A CONCURSO
ANTERIORES

PARANA
Paraná, 11 de octubre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que como surge del oficio N 2218, librado por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia de esta Provincia, se encuentra vacante el cargo de Médico -Oficial Superior de Primerade este Juzgado de Ejecución de Penas y Medi-

Paraná, martes 18 de octubre de 2016
das de Seguridad Nº 1, por lo que corresponde proveer la cobertura de dicho cargo de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo General N 25/16 del 13/09/16, Punto 2, en el marco de las Actuaciones D N 17.783 Fs. 190/16
caratuladas: Degani, Juan Francisco - Of.
Sup. la. s/ Jubilación ordinaria común, Paraná, el que deberá reunir la característica de médico clínico.Atento a ello, a esta Magistrada, como Juez titular del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta capital, dispondrá la realización de un Concurso Público de Oposición y Antecedentes, en el que podrán inscribirse todas aquellas personas que reúnan las exigencias previstas para integración de Equipos Técnicos Interdisciplinarios, toda vez que el cargo de médico a cubrir está previsto en la Ley Nº 9246 de Creación de este organismo, conforme lo prescripto en el Art. 6, donde menciona que los Juzgados de Ejecución Penal, contarán con un equipo profesional interdisciplinario, compuesto por: un 1 médico clínico, un 1 médico psiquiatra, un 1
psicólogo, un 1 asistente social y un 1 terapeuta ocupacional, designado por concurso y de acuerdo a la normativa que a tales fines se disponga.
Por su parte, el D ecreto Nº 1724 B.O.
28/04/00 reglamentario del cuerpo legal citado, dispone que dichos Equipos se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos N6.902, Estatuto del Empleado Judicial y por los acuerdos que emanen de dicho poder, teniendo en cuenta la competencia específica de este Juzgado que abarca a todo condenado con sentencia judicial firme y/o con medida de seguridad dispuesta por autoridad competente.
Cabe aclarar, dentro de la competencia del Juzgado de Ejecución Penal tiene preponderancia el deber de velar estrictamente por el cumplimiento íntegro de la Ley de Ejecución de Pena Privativa de la Libertad y buscar por todos los medios que la ley otorga, la reinserción social del condenado, como premisa fundamental de su función.
Del Decreto Reglamentario antes citado -Art.
5- surge que los Juzgados de Ejecución Penal quedarán integrados por un equipo profesional interdisciplinario -previsto en el artículo 6 de la Ley 9246-, cuyos integrantes serán designados por concurso y con las mismas incompatibilidades previstas para los profesionales que integran el equipo técnico profesional de los Juzgados de Menores de la Provincia creados por Ley 8.490. En este Reglamento se menciona que el Equipo estará integrado por un médico clínico, entre otros profesionales. Así, este equipo interdisciplinario, tendrá como función la de asistir al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en el desarrollo y marcha del régimen progresivo de la prosecución de la pena, sin perjuicio del seguimiento que efectúe el gabinete criminológico dependiente del Servicio Penitenciario Provincial, considerando a tales fines, cada uno de los períodos que prevé le Ley 24.660.
Por su parte, cabe destacar que dentro de las funciones que le competen al médico clínico a como facultativo de la salud por disposición del Decreto Reglamentario citado, está la de participar y evaluar a los interno al momento de la audiencia de conocimiento -Art. 10-. A ello, se suma que el Art. 15 se dispone que en caso, de que por fundados motivos sea ordenado el aislamiento disciplinario provisional de un interno, por personal superior del establecimiento en el que se encuentre alojado, tomará intervención inmediata mediante orden del magistrado competente para la ejecución penal, el médico clínico del equipo profesional interdisciplinario para que evalúe su estado psicofísico, diariamente y mientras dure la medida

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/10/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date18/10/2016

Page count26

Edition count4790

First edition01/12/2003

Last issue18/07/2024

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