Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2015

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BOLETIN OFICIAL

do por el señor Ministro Secretario de Estado de Educacion, Deportes y Prevencion de Adicciones.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; por la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones, notifíquese a la doctora Fischbach.
SERGIO D. URRIBARRI
Jose E. Lauritto
MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
DECRETO Nº 3029 MDS
ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 2 de setiembre de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes han cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su artículo 1º incisos A y C a la ancianidad y a la invalidez, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su artículo 1º, incisos A y C por los conceptos de ancianidad e invalidez, de cuerdo al sistema de haberes que fija el artículo 2º del Decreto Nº 4886/86 MAS, a las personas que a continuación se detallan:
Departamento Concordia:
Ancianidad: Bernhardt Norma Teresa; Dionisio Arnaldo Omar; Fernández Miguel Angel, Pérez Gladis Graciela.
Departamento Diamante:
Ancianidad: Nierenberger Arsenio.
Invalidez: Salzman Jorge Horacio Departamento Federal:
Ancianidad: Ferreira Juan A.
Departamento Feliciano:
Invalidez: Giménez Emilio.
Departamento Gualeguay:
Ancianidad: Mendoza Julio Oscar; Yedro Ubaldo Melitón.
Departamento Gualeguaychú:
Invalidez: Martínez Mónica Beatriz.
Departamento La Paz:
Invalidez: Alderete Juan Carlos.
Departamento Nogoyá:
Ancianidad: Maldonado Aparicio Renato.
Departamento Paraná:
Ancianidad: Abalos Blanca Noemí; Díaz Pablo Ramón; Gauna Roberto Oscar; Hernández Natalio Apolinario, Pérez Daniel Andrés, Perpeto Gerónimo Enrique, Ramos Pedro César, Rodríguez Ramón Emilio Rafael, Rosa Horacio Ramón, Rosales Nélida del Valle, Sosa Pablo Avelino, Villanueva Hugo José.
Invalidez: Colman Rubén Alberto, Godoy María Aurelia, Iseli Ermelinda Esther, Medina Sergio Romeo.
Departamento Paraná Campaña:
Ancianidad: Cabrera José Ambrosio, Ramos Domingo Héctor.
Invalidez: Cabrera Antonia Beatriz.
Departamento Tala:
Ancianidad: Rivero José Luis, Cabaña Francisco.
Departamento Victoria:
Ancianidad: García Rubén Sebastián.
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN Nº 3901 MS
Paraná, 3 de noviembre de 2014
Reconociendo las funciones de jefe de Unidades Enfermería del Hospital San Martín de Hernandarias, a favor del agente Guillermo Villalba, Legajo Nº 125297, categoría 2, jefe de Unidad de Enfermería, Escalafón Sanidad, como asimismo, el pago del adicional por responsabilidad funcional correspondiente por los períodos 12.03.07 al 20.08.08 y desde el 09.04.12 hasta la fecha de la presente resolución, atento a lo expresado.Asignando las funciones de jefe del Hospital San Martín de Hernandarias, a favor del agente Guillermo Villalba, Legajo Nº 125297, categoría 12, jefe de Unidad de Enfermería, Escalafón Sanidad, en forma transitoria y otorgando el adicional por responsabilidad funcional, a partir de la fecha de la presente resolución y mientras se desempeñe en las mismas.Encuadrando la presente gestión en la Ley 9564 y Decreto Nº 5467/04 MSAS.Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a abonar el adicional por responsabilidad funcional, a favor del agente Guillermo Villalba, Legajo Nº 125297, conforme a lo dispuesto en la presente resolución.
RESOLUCIÓN Nº 3902 MS
Paraná, 3 de noviembre de 2014
Otorgando adscripción de conformidad a su solicitud a la Licenciada en Nutrición María Josefina Marfil, DNI Nº 32.659.488, MP Nº 19356, con domicilio en calle San Juan Nº 1294
de la Ciudad de Concordia, al Servicio de Alimentación y Nutrición del Hospital Delicia Concepción Masvernat de la mencionada ciudad, de acuerdo a la Ley 9892, Artículo 41º y siguientes, ya que la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud, informa que la licenciada nombrada, se encuentra inscripta en el Registro de Auxiliares de la Salud de Entre Ríos, como Licenciada en Nutrición, bajo el Nº 19356.
RESOLUCIÓN Nº 3903 MS
Paraná, 3 de noviembre de 2014
Otorgando adscripción de conformidad a su solicitud a la Licenciada en Producción de Bioimágenes Tamara Niderhaus, DNI Nº 30.061.274, MP Nº 17943, con domicilio en calle Salta y Belgrano de la Localidad de Basavilbaso, al Hospital Sagrado Corazón de Jesús de la mencionada localidad, de acuerdo a la Ley 9892, Artículo 41º y siguientes, ya que la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud, informa que la licenciada nombrada, se encuentra inscripta en el Registro de Auxiliares de la Salud de Entre Ríos, como Licenciada en Producción de Bioimágenes, bajo el Nº 17943.
RESOLUCIÓN Nº 3904 MS
DISPONIENDO SUSTANCIACIÓN
DE SUMARIO
Paraná, 3 de noviembre de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales, la Farmacéutica Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, directora técnica de la Farmacia Farma Full 1 de la Ciudad de Concordia, responde imputación mediante carta documento; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 3337 MS de fecha 11.09.13, se autorizó el alta a la Farmacéutica Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, en la co-dirección técnica de la Farmacia Farma Full 1, sita en Avenida San Juan Nº 1339 de
Paraná, viernes 11 de setiembre de 2015
la Ciudad de Concordia, en conjunto con su directora técnica Farmacéutica Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, con horario de atención al público de 07,30 hs. a 23,30 hs. de lunes a sábados. Fuera de esos días y horarios deberán adecuarse a la legislación vigente;
Que la profesional antes citada, directora técnica de la Farmacia Farma Full 1, sita en Avenida San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, propiedad de la firma Bienteveo SRL, responde mediante carta documento a la imputación efectuada, indicando que niega y desconoce la supuesta imputación formulada y que la Farmacia Farma Full abriera sus puertas los domingos y feriados en contraposición a la legislación vigente;
Que a fs. 02 obra imputación formulada por once 11 farmacias de la Ciudad de Concordia, indicando que la Farmacia Farma Full 1, sita en Avenida San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, y otra farmacia de la misma localidad, realizan atención al público los días domingos y feriados;
Que a fs. 03 se adjunta carta documento enviada por el Departamento Integral del Medicamento, con fecha 12.09.13, a las directoras técnicas de la Farmacia Farma Full 1 de la Ciudad de Concordia, Farmacéuticas Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582 y Tatiana Alexandra Maidana, MP
Nº 10130, DNI Nº 29.647.598, con su correspondiente recibido a fs. 04; a fs. 05 carta documento enviada por el departamento antes mencionado en igual fecha, a la firma Bienteveo SRL, adjuntando el recibido a fs. 06;
Que de fs. 07/14 se adjunta copia del acta de inspección realizada en fecha 07.05.14, por el Departamento Integral del Medicamento, a la Farmacia Farma Full 1 de la Ciudad de Concordia, indicando a fs. 11 que se han realizado ven ta s e n la farmacia los días domingos 20.04.14 y 04.05.14, fechas en la que no le correspondía atender ya que no estaba designado a cumplir el turno obligado, encontrándose tickets ventas en el horario aproximado de 18,00 hs. a 23,00 hs., incluyendo medicamentos de condición venta bajo receta. Domingo 20.04.134, tickets Nº 0003-00112709 al Nº 0003-00115856. Domingo 04.05.14; tickets Nº 0003-00117083. El domingo 27.04.14 si le correspondía turno según cronograma autorizado por Resolución Nº 426/13 MS, obrante a fs.
13 durante el acto no es posible constatar los días correspondientes a la imputación del año 2013, por no encontrarse archivados en la farmacia las copias de los comprobantes de venta correspondientes a ese período. Solo tenían a disposición de los inspectores los del mes de abril y mayo 2014;
Que a fs. 13 consta copia de cronograma de turnos para el años 2014 de la Ciudad de Concordia, aprobado por Resolución Nº 4286/3
MS;
Que teniendo en cuenta la Ley 3818 sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, la Resolución Nº 5078/09 SS y habiéndose agregado copia del Informe Nº 061/2014
correspondiente a Expediente RU Nº 1540575, por el que se tramita denuncia de igual tenor formulada por el Colegio de Farmacéuticos de Entre Ríos, de la cual fueran las involucradas debidamente notificadas, según consta de fs.
15 a 21 de dicho expediente, por lo cual corresponde sustanciar un sumario a la firma Bienteveo SRL en carácter de propietario y a las Farmacéuticas Ana Margarita Flores, MP Nº 10173 y Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, en el de directoras técnicas, ambos de la Farmacia Farma Full 1, sita en Avenida San Juan Nº 1339 de la Ciudad de Concordia, por incumplimiento de Artículo 2º, Resolución Nº 3337/13, Resolución Nº 4286/13, Ley 3818, Artículo 75º, Inc. c, i, Artículo 81º, Resolución Nº 5078/09 SS, Artículo 3º, el mismo será llevado a cabo por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud de este Ministerio;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date11/09/2015

Page count22

Edition count4798

First edition01/12/2003

Last issue30/07/2024

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