Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 19 de agosto de 2014
tado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1564 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de junio de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Antivero, María Isabel; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 16 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.035.987, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 4 de diciembre de 2013 en el Área Despacho, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la señora Antivero, María Isabel, con domicilio legal en calle Rosario del Tala Nº 165, planta baja B, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Despacho, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1565 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de junio de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del señor Arroyo, Luis Dimas; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 7 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamen-

BOLETIN OFICIAL
te por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 27.147, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 28 de marzo de 2014
en el Área Central de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del señor Arroyo, Luis Dimas, con domicilio legal en calle Corrientes Nº 318 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Central de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1566 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de junio de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el señor Torrilla, Ramón Alberto;
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 14 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver el reclamo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 536.709, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 19 de junio de 2012 en el Área Despacho, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el señor Torrilla, Ramón Alberto, con domicilio legal en calle Intendente Blanda Nº 1683, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Despacho, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones
5 y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1567 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de junio de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Siomara Olga Baccon;
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 9 de abril de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.510.605, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 5 de febrero de 2014 en el Despacho - Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Siomara Olga Baccon, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Despacho, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1568 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de junio de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderada legal de la señora Giménez, Marta Beatriz; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 15 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date19/08/2014

Page count32

Edition count4785

First edition01/12/2003

Last issue11/07/2024

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