Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/5/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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cutivo recién a través del Decreto Nº 7901
MSAS, en fecha 30.12.2008;
Que la Fiscalía de Estado siguiendo autorizada doctrina sostiene que el acto administrativo emitido por autoridad competente opera una hipótesis de saneamiento del vicio, que por lo general tiene efecto retroactivo, pero tal decisión no es obligatoria para la autoridad y por lo tanto admite decisión expresa en contrario, en este caso concreto, el Poder Ejecutivo, si bien reconoció que el agente se desempeñaba como asesor legal desde 2004, recalcó considerando tercero del Decreto que hasta el 3.10.2006 se desempeñó como personal suplente y que en razón de ello no es posible reconocer el pago del adicional con anterioridad a dicha fecha, y fundamentalmente el Poder Ejecutivo no dispuso la asignación de la función artículo 2º mediante la ratificación del acto viciado -Disposición Interna Nº 9 del Hospitaldel decreto, con lo que inequívocamente la decisión administrativa - establequedó expresamente privada de los efectos retroactivos apuntados;
Que en razón de ello, una aplicación estricta del instructivo implicaría sostener que la antigedad en la Jefatura requerida, no podría ser otra que la que computada a partir del Decreto Nº 7901 /08 MSAS, puesto que constituye el acto de designación o asignación formal, no obstante lo dicho, la Administración ha obrado legítimamente inclusive adoptando una postura más favorable al agente, si se considera el dictamen técnico de la Dirección General de Personal que propuso -y así receptó el acto impugnado Decreto Nº 4159/11 MStomar la antigedad en la función desde el 3.10.06, fecha en la que el comenzó a percibir la bonificación especial por responsabilidad funcional y que coincide con la de su reconocimiento de estabilidad;
Que asimismo es atendible tal interpretación, máxime se considera que el instructivo en el punto 1 del apartado Criterios de interpretación incluye al personal contratado con estabilidad reconocida, ocurre que aún aplicando el criterio expuesto, al agente le correspondió la categoría 2, porque la antigedad computada al 31.12.2010 exigida en el punto 3.2. Jefaturas de Departamento. 3.2.2. Agrupamiento Clase: Profesional Universitario resulta menor a 6 años;
Que por todos los argumentos expuestos, corresponde desestimar el recurso de revocatoria interpuesto por el Dr. Gustavo Pablo Pagnoni contra el Decreto Nº 4159/11 MS, el que se encuentra ajustado a derecho;
Que la Fiscalía de Estado ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por el abogado Gustavo Pablo Pagnoni, DNI Nº 25.307.886, contra el Decreto Nº 4159/11 MS y su Anexo I, por el cual se reubicó al agente en una categoría 2 -tramo C, conforme instructivo del 18.3.11, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, notifíquese al recurrente por intermedio del Departamento Mesa de Entradas del Ministerio de Salud de lo dispuesto en el presente decreto mediante cédula al domicilio de Tucumán Nº 268 de la ciudad de Paraná, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour
BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 231 MS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 24 de febrero de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se tramita la modificación presupuestaria de cupos presupuestados para el personal transitorio - contratos de locación de servicios, con la finalidad de no resentir el funcionamiento y prestación de los servicios esenciales de salud; y CONSIDERANDO:
Que se hace necesario incorporar diez 10
cupos al presupuesto general de la Administración Provincial en la Jurisdicción 45 - Ministerio de Salud;
Que la Dirección de Recursos Humanos y Liquidaciones y la Dirección General de Administración, dependientes del Ministerio de Salud, se han expedido al respecto;
Que se han confeccionado al efecto planillas de autorizaciones de contratos de locación de servicios, las que agregadas forman parte integrante del presente decreto;
Que la Dirección General de Presupuesto de la Provincia ha tomado intervención que le compete;
Que la modificación de cupos propuesta encuadra en el artículo 14 de la Ley Nº 10.269;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modificase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2014, establecido por Ley Nº 10.269, en la Jurisdicción 45 - Ministerio de Salud y Jurisdicción 91
- Obligaciones a cargo del Tesoro, en lo que respecta a la planta de personal temporario, conforme se discrimina en las planillas que agregadas forman parte integrante del presente decreto, conforme se desprende de los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuádrese la presente gestión en el artículo 14 de la Ley Nº 10.269.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Salud, y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero Hugo R. Cettour
DECRETO Nº 238 MS
Paraná, 26 de febrero de 2014
Aceptando la renuncia presentada por el Dr. Martín Héctor Oliva, DNI Nº 20.326.435, al cargo de director interino Nivel VI del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, a partir de la fecha del presente.
Dejando sin efecto la designación interina del Dr. Carlos Eduardo Cherot, DNI N
21.696.398, como Profesional Jefe de Servicio i Carrera Profesional Asistencial Sanitaria Escalafón Sanidad con funciones de Secretario Técnico del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay.
Designando interinamente a partir de la fecha del presente al Dr. Carlos Eduardo Cherot, DNI N 21.696.398, en el cargo de director Nivel VI - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - Escalafón Sanidad del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay.
Encuadrando el presente trámite en el artículo 37 de la Ley 9892 - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar la suma que corresponda al Dr. Carlos Eduardo Cherot, DNI N 21.696.398, en concepto de lo dispuesto.

Paraná, lunes 26 de mayo de 2014
RESOLUCION Nº 1 MS
DEJANDO SIN EFECTO RESOLUCION
Paraná, 3 de enero de 2014
VISTO:
El Decreto N 2326 MEHF, de fecha 28 de junio de 2011 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 11/13 MS, se constituyeron las Cajas Chicas con destino, a las dependencias de Nivel Central del Ministerio de Salud;
Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, solicita autorización para la constitución de Cajas Chicas, para el normal funcionamiento de las dependencias del Nivel Central, en virtud de la implementación del SIAF;
Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 2326/11 MEHF, se constituirán Cajas Chicas, las que serán utilizadas para la atención de pagos por gastos de menor cuantía, en concepto de Bienes de Consumo, Servicios No Personales, Bienes de Uso y que por sus características, modalidades y/o urgencias requieran su cancelación en efectivo;
Que visto lo dispuesto en el Artículo 7 el Decreto N 2326/11, se adjunta Anexo indicando dependencias, responsables e importes asignados para la constitución de Caja Chicas, formando parte de la presente norma legal;
Que los gastos se imputarán a Fuente Financiamiento 11, Subfuente Financiamiento 001, del Presupuesto General de Gastos Vigente;
Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad dependiente de la Dirección de Administración del Ministerio de Salud, ha verificado el crédito presupuestario asignado para la atención de los gastos detallados en el marco de lo dispuesto en Decreto N 2326/11
MEHF;
Que ha tomado intervención la Dirección Contable de la Contaduría General de la Provincia, manifestando que no tiene objeciones que formular;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º: Dejar sin efecto la Resolución N
11/13 MS.
Art. 2º: Constituir la Cajas Chicas para gastos de menor cuantía, cuyo objeto responda a Bienes de Consumo, Servicios No Personales y/o Bienes de Uso y que por sus características, modalidades y/o urgencias requieran su cancelación en efectivo con destino a las dependencias del Nivel Central del Ministerio de Salud, y para los responsables e importes asignados, según Anexo I, que forma parte de la presente norma legal.
Art. 3º: Los gastos se imputarán a Fuente Financiamiento 11, Subfuente Financiamiento 001, del Presupuesto General de Gastos Vigente de la jurisdicción del Ministerio de Salud.
Art. 4º: Facultar a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a través del Departamento Tesorería MS a realizar los pagos correspondientes a los responsables según Anexo I y mientras cumplan sus funciones, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2, previa confección de las Ordenes de Pago y Solicitud de Fondos ante la Tesorería General de la Provincia, con cargo de rendir al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 5º: Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour
RESOLUCION Nº 2 MS
Paraná, 7 de enero de 2014
Otorgando adscripción de conformidad a su solicitud al Dr. Maximiliano Nicolás Velazquez, DNI N 30.160.874, MP N 10125, como Médico con domicilio en calle Monseñor Dobler N
1640 de la ciudad de Paraná, al Centro de

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/5/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date26/05/2014

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First edition01/12/2003

Last issue01/07/2024

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