Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/3/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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la realización de los sorteos de los profesionales destinados a integrar el cuerpo de Jurados Técnicos de los distintos Concursos Públicos que se convoquen, de acuerdo a lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.
Rubén M. Virué, presidente; Gustavo O.
Castiglioni, secretario general; Silvina M.
Calveyra, consejero.
RESOLUCION Nº 564
APROBANDO TEMARIO
Paraná, 20 de febrero de 2014
VISTO:
La creación e implementación de la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas arbitradas para dicha implementación se encuentran las de cubrir los cargos vacantes correspondientes al fuero de Casación Penal; y Que de conformidad con el artículo 182 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, son funciones del Consejo de la Magistratura:
a Seleccionar, mediante concurso público de antecedentes, oposición y entrevista personal, siguiendo criterios objetivos predeterminados de evaluación, a los postulantes para cubrir los cargos inferiores de magistrados judiciales y funcionarios de los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa;
Que, a los fines de observar la manda constitucional, resulta necesario y oportuno en atención a las características de los cargos a concursar, elaborar un Temario específico para la especialidad de Casación Penal; y Que, consecuentemente, en Sesión plenaria de fecha 20 de Febrero del año 2.014, se resolvió aprobar el Temario específico para la especialidad de Casación Penal, el que deberá ser utilizado, para el caso concreto, conjuntamente con el Temario vigente de Derecho Penal; y Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos, se designó a la Sra. Silvina Calveyra; y Que de conformidad con el artículo 66 del RGPC el consejo elaborará un programa para cada una de las especialidades previstas estableciendo un temario, sobre el que versará cada oposición que se convoque en la respectiva especialidad;
Por ello;
El Consejo de la Magistratura de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Aprobar el Temario específico para la especialidad de Casación Penal, que se agrega como anexo a la presente Resolución, que deberá ser utilizado, para el caso concreto, conjuntamente con el Temario vigente de Derecho Penal.
Art. 2º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
Rubén M. Virué, presidente; Gustavo O.
Castiglioni, secretario general; Silvina M.
Calveyra, consejero.
ANEXO I
TEMARIO CASACION PENAL
A Los que forman el temario para la cobertura de las vacantes de jueces en la órbita penal.B Se adicionan los siguientes temas específicos:
1º El denominado recurso de casación y la garantía de la doble instancia o doble conforme. La revisión integral por la vía casatoria.2º Pronunciamientos recurribles en casación: definitivos o equiparables a tales. Recur-

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so contra las medidas de coerción dispuestas en el proceso.3º Vicios invalidantes. Nulidades insanables cometidas durante la tramitación de un proceso. Lesión al principio de correlación o congruencia.4º Defectos invalidantes del pronunciamiento de grado: esenciales o secundarios; totales o parciales. Declaración de nulidad de oficio del fallo de mérito.5º Errónea aplicación de la ley sustantiva:
posibilidades de corrección casatoria y supuestos que determinan el reenvío al órgano de grado. La reformatio in pejus. Efectos del pronunciamiento para las partes no recurrentes ni recurridas.6º Los habilitados para recurrir en casación:
distintos supuestos.7º Recurso de queja por casación denegada.8º Recursos contra el pronunciamiento dictado por la Cámara de Casación Penal. Posibilidades diversas.
RESOLUCION Nº 565 CMER
RECTIFICANDO DENOMINACION
DE CARGO
Paraná, 20 de febrero de 2014
VISTO:
Los Concursos Públicos Nºs. 139 y 142; y CONSIDERANDO:
Que los Concursos Nºs. 139 y 142, destinados a cubrir un 1 cargo de Fiscal de Cámara para la Cámara Primera Sala II de la Ciudad de Paraná; y dos 2 cargos de Fiscal de Cámara para la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Concordia, respectivamente, fueron convocados mediante Resolución Nº 561 del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, de fecha 28 de Octubre de 2.013; y Que conforme al nuevo al nuevo sistema procesal penal de la Provincia, Ley Nº 9754, el Decreto de Implementación Nº 4384/09
MGJEOSP y la Ley 10.049 que aprueba este último, se ha modificado el nomen iuris del cargo correspondiente a los Fiscales de Cámara, los que en adelante se denominan Fiscales Generales de Coordinación, conservan idéntica competencia para intervenir en el desarrollo del Juicio incluso en la instancia de Casacióny además las tareas de coordinación y gestión delegadas por la Procuración General; y Que, las circunstancias mencionadas fueron expuestas detalladamente al Consejo de la Magistratura, en sendas notas remitidas por el Procurador General del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, en las cuales además, manifestó que no obstante al ponerse en marcha en la jurisdicción de Concordia el nuevo sistema de enjuiciamiento adversarial, se entendió indispensable que fuesen dos los cargos de Fiscal Coordinador Concurso Nº142-, en la evolución del nuevo sistema se comprobó que esa experiencia no era la más aconsejable a los fines estratégicos de la unicidad de criterio político criminales, todo lo cual motiva su decisión de suprimir uno 1 de los mencionados cargos, decisión que además se contemplará en la reforma legislativa que ha de acompañar la finalización de la implementación del sistema de enjuiciamiento; y Que en atención a lo expuesto, el Pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Febrero de 2.014, resolvió unánimemente que corresponde rectificar el llamado a Concursos Públicos Nº 139, el que deberá leerse correctamente como un 1 cargo de Fiscal General de Coordinación de la Ciudad de Paraná en lugar de un 1 cargo de Fiscal de Cámara para la Cámara Primera Sala II de la Ciudad de Paraná; y Que, asimismo el CMER, resolvió respecto del Concurso Nº 142 se limite a un solo cargo y se rectifique su denominación el cual deberá leerse correctamente como un 1 cargo de Fiscal General de Coordinación de la Ciudad
Paraná, viernes 7 de marzo de 2014
de Concordia en lugar de dos 2 cargos de Fiscal de Cámara para la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Concordia; y Que en tanto los cambios dispuesto no afecta ningún aspecto del trámite de los Concursos, éstos continuarán con su desarrollo en el estado en que se encuentren; y Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGPC, se designó a la Sra. Silvina Calveyra; y Que la presente se dicta en concordancia con las facultades de funcionamiento específicas del órgano, expresamente consagradas en la Constitución Provincial;
Por ello;
El Consejo de la Magistratura de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Rectificar la denominación del cargo llamado a Concursos Públicos Nº 139, el que deberá leerse correctamente como un 1 cargo de Fiscal General de Coordinación de la Ciudad de Paraná en lugar de un 1 cargo de Fiscal de Cámara para la Cámara Primera Sala II de la Ciudad de Paraná.
Art. 2º: Rectificar el llamado a Concurso Nº 142, limitándose a un solo cargo y se denominará como un 1 cargo de Fiscal General de Coordinación de la Ciudad de Concordia en lugar de dos 2 cargos de Fiscal de Cámara para la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Concordia.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
Rubén M. Virué, presidente; Gustavo O.
Castiglioni, secretario general; Silvina M.
Calveyra, consejero.
RESOLUCION Nº 566 CMER
ACUMULANDO CARGO VACANTE
DE JUEZ
Paraná, 20 de febrero de 2014
VISTO:
El artículo 1º La Ley Nº 10.276, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 10.276, publicada el 7 de Enero de 2.014 en el Boletín Oficial, crea en su artículo 1º un Juzgado del Trabajo, con asiento en la Ciudad de Concepción del Uruguay, cuya competencia territorial abarca los Departamentos de Uruguay, Colón, Villaguay y Tala y competencia material conforme al artículo 68
de la Ley Nº 6.902 y modificatorias y actuará bajo la denominación de Juzgado del Trabajo Nº 3; y Que mediante Resolución Nº 561 del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos CMER, de fecha 28 de Octubre de 2.013, se llamó a Concurso Público de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir un cargo de Juez para el Juzgado del Trabajo Nº 2 de la Ciudad de Concepción del Uruguay, y actualmente en trámite e identificado como Concurso Nº 138; y Que, conforme al artículo 37 del Reglamento General y de Concursos Públicos del CMER, de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán automáticamente a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias; y Que sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, en Sesión ordinaria de fecha 20 de Febrero de 2.014, el pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, resolvió la acumulación del cargo vacante, producido en virtud de la creación del Juzgado del Trabajo Nº 3 de la Ciudad de Concepción del Uruguay, al trámite del Concurso Nº 138; y Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGPC, se designó a la Sra. Silvina Calveyra; y Que la presente se dicta en concordancia con las facultades de funcionamiento específicas del órgano, expresamente consagradas en la Constitución Provincial;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/3/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/03/2014

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Edition count4798

First edition01/12/2003

Last issue30/07/2024

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