Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/8/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 27 de agosto de 2013
picio Ministerio de Turismo de la Provincia de Entre Ríos - Banner Entre Ríos Una Tierra Diferente consistente en la colocación del logo del Ministerio de Turismo en el vehículo del piloto entrerriano Mariano Werner, en indumentaria de equipo, en buzo antiflama, en interior del box en cada una de las competencias de la categoría Turismo Carretera que se realice en los distintos autódromos del país, banner de Ministerio de Turismo en página oficial www.marianowerner.com, durante los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del corriente año, para lo cual fue contratado Werner Mariano Raúl por la suma total de hasta $
450.000,00, según Orden de Publicidad N
778/13 emitida por la citada repartición.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto N 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N
8964, concordante con el artículo N 142, punto 11, apartado b del Decreto N 795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a hacer efectivo el pago a Werner Mariano Raúl por la suma total de hasta $ 450.000,00
pagaderos en cuotas de hasta $ 30.000,00 por carrera, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
DECRETO Nº 1857 MCyC
SUSTITUYENDO ARTÍCULO
Paraná, 1 de julio de 2013
VISTO:
El Decreto N 1452/13 MCyC; y CONSIDERANDO:
Que mediante dicho instrumento legal se dispuso la aprobación del contrato de locación de obra celebrado entre el señor Ministro Secretario de Cultura y Comunicación de Entre Ríos D. Pedro Ángel Báez, ad referéndum de este Poder Ejecutivo y el señor Roque Edmundo Minatta; y Que debido a un error involuntario, se indicó como Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional para efectuar el desembolso del contrato, al Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, siendo el correcto el Contable de la Gobernación; y Que atento a lo expuesto, este Poder Ejecutivo estima procedente sustituir el artículo 4, de la citada norma legal;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Sustitúyase el artículo 4 del Decreto N 1452/13 MCyC, por el siguiente: Art.
4- Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a hacer efectivo el pago a Roque Edmundo Minatta, por un monto total de hasta pesos setenta y dos mil $ 72.000,00 pagaderos en una 1 cuota inicial de pesos dieciocho mil $
18.000,00 y en nueve 9 cuotas mensuales y c o n s ecu tiv as de has ta pe sos se is m il $
6.000,00, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la finalización de los servicios prestados y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Cultura y Comunicación.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Pedro Báez
DECRETO Nº 1863 MCyC
Paraná, 2 de julio de 2013
Aceptando la renuncia presentada por el se-

BOLETIN OFICIAL
ñor Pablo Javier Feuillade, DNI N17.799.694, al cargo de director del Instituto Audiovisual de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación y en el que fuera designado por Decreto N 42 MGJE de fecha 12 de diciembre de 2011, a partir del dictado del presente y agradeciendo al mismo los servicios prestados.
DECRETO Nº 1864 MCyC
Paraná, 2 de julio de 2013
Designando como director del Instituto Audiovisual de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación, al Señor Sergio Hugo Cristani, DNI N 16.043.046, domiciliado en calle Maipú N 529 de la ciudad de Paraná, a partir del dictado del presente, con una remuneración equivalente al cargo Nivel 40, Funcionario Fuera de Escalafón.
DECRETO Nº 1879 MCyC
AUTORIZACION
Paraná, 2 de julio de 2013
VISTO:
La gestión promovida por el Ente de Control y Regulación de Telecomunicaciones, dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación, relacionada con la aprobación de partidas que permitirán atender las erogaciones derivadas de las tareas de la obra pública, del Programa de Servicio Universal Telefonía e Internet de Banda Ancha para localidades sin Servicio Básico Telefónico dispuesto por la Resolución SC Nº 88/2009, las tareas derivadas del convenio especifico Integración de Red Provincial de Entre Ríos en el marco del desarrollo de La Red Federal de Fibra Óptica y el desarrollo de proyectos y ejecución de las obras Nodo de Comunicaciones Villaguay Seguí y la obra Nodo de Comunicaciones Gral. Campos incluidas dentro del marco del Plan Nacional de Telecomunicaciones Argentina Conectada, lo cual demandara gastos de estudios, proyectos y una intensa actividad en todo el territorio provincial; y CONSIDERANDO:
Que las tareas adicionales, derivadas de las obras mencionadas, serán afrontadas con personal y medios propios que generan gastos extras que no es posibles atender con las partidas de funcionamiento previstas en el presente ejercicio; y Que en tal sentido la Repartición recurrente, interesa una partida de hasta pesos ciento setenta y cinco mil $ 175.000,00 para atender las erogaciones estimadas que se consignan en el detalle de gastos que como Anexo I, pasa a formar parte integrante del presente decreto; y Que para tal fin han tomado intervención de competencia, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación efectuando reserva de gastos e informe, con intervención del señor contador auditor de la Contaduría General de la Provincia, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura y Comunicación; y Que la presente gestión encuadra en las disposiciones del artículo 12 inc. a del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351, ratificado por Ley N 7495 y Art. N 8 de su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP, como así también en las prescripciones del Decreto N 7738/08
MGJEOYSP y su modificatorio Decreto Nº 1485/11 MPIyS;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorizase al Ente de Control y Regulación de Telecomunicaciones, a invertir hasta la suma de hasta pesos ciento setenta y cinco mil $ 175.000,00, para solventar las erogaciones derivadas de las tareas de la obra pública, del Programa de Servicio Universal Telefonía e Internet de Banda Ancha para localidades sin Servicio Básico Telefónico dispuesto por la Resolución SC N 88/2009, las tareas derivadas del Convenio especifico Integración de Red Provincial de Entre Ríos en el marco del desarrollo de La Red Federal de Fibra Óptica y el desarrollo de proyectos y ejecución de las obras Nodo de Comunicacio-

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nes Villaguay Seguí y la Obra Nodo de Comunicaciones Gral. Campos incluidas dentro del marco del Plan Nacional de Telecomunicaciones Argentina Conectada conforme al detalle que como anexo forma parte del presente Decreto, y de acuerdo a lo expresado en los considerandos.
Art. 2º Impútese el gasto a la partida DA
984, Carácter 1, Jurisdicción 60, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 18, Subprograma 00, proyecto 10, Actividad 00, Obra 06, Finalidad 4, Función 20, Fuente de Financiamiento 13, Subfuente 0428, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 99, Ubicación Geográfica 99 del presupuesto vigente.
Art. 3º Dispónese que la Tesorería General de la Provincia mediante solicitudes de fondos y de acuerdo a los procedimientos previstos, entregue a la Dirección del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, hasta la suma de pesos ciento setenta y cinco mil $
175.000,00, de conformidad a la autorización acordada en el artículo 1, con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 4º Facúltase al señor Ministro Secretario de Estado Cultura y Comunicación, para efectuar todas las contrataciones que resulten necesarias en el marco de la presente gestión a través de las resoluciones pertinentes y asimismo para que previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, pueda variar los montos estimativos programados entre los rubros detallados en el anexo I, que pasa a formar parte integrante del presente decreto, cuando por razones debidamente fundadas así lo requieran.
Art. 5º Establécese que la aplicación de los fondos según lo autorizado por los artículos precedentes, deberán efectuarse ajustado a las normas de contrataciones del Estado.
Art. 6º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación para liquidar y efectivizar mensualmente, el gasto originado por horas extraordinarias previa resolución aprobatoria de las mismas por del Ente de Control y Regulación de Telecomunicaciones.
Art. 7º Encuádrese la gestión en artículo 12 inc. a del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6351, ratificado por Ley N 7495 y Art. Nº 8
de su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP, como así también en las prescripciones del Decreto Nº 7738/08 MGJEOYSP y su modificatorio Decreto N 1485/ 11 MPIyS.
Art. 8º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Cultura y Comunicación.
Art. 9º Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Pedro Báez
DECRETO Nº 1999 MCyC
Paraná, 2 de julio de 2013
Prorrogando por el término de 12 meses el contrato celebrado entre el señor Ministro de Cultura y Comunicación y la firma Ruiu, Aurora A-ERRE Comunicación, Agencia Textual, de conformidad a lo establecido en la cláusula tercera, para la contratación de un servicio consistente en: 1 Ejecución de trabajos de monitoreo de emisoras radiales: a Compactos informativos radiales con el detalle de las declaraciones periodísticas generales en las principales radios AM y FM detallados en el anexo adjunto al presente pliego.- b Seguimiento focalizado de temas, según necesidades específicas.- c Desgrabación exacta de aquellas declaraciones periodísticas, comentarios, informes, llamados de oyentes y entrevistas formuladas por distintos actores sociales que conforman la realidad política, social; cultural, económica y deportiva de la región.- d Sistema de alerta de prensa.- e Copia del registro del audio de las entrevistas y emisiones realizadas en los medios detallados en el anexo.2 Ejecución de trabajos de Monitoreo de

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/8/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date27/08/2013

Page count27

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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