Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/4/2012

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

8
toda la Provincia, los que fueran convocados por las Resoluciones Ns 2355/08 y 3786/08
SS.
Dando por finalizadas las funciones de distintos profesionales, enumerados en mérito a los resultados de los concursos realizados, a saber:
Farm. María Cristina Torres Garnero, DNI N
l1.978.896, Legajo N 145.082, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Justo José de Urquiza de Federal.
Farm. Marcela Viviana Correa, DNI N
18.094.530, Legajo N 144.836, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Centenario de Gualeguaychú.
Farm. Adriana Lucrecia Díaz, DNI Nº 16.182.300, Legajo N" 140.256, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Centenario de Gualeguaychú.
Farm. Irma Elida Echeverría, LC Nº 5.320.991, Legajo N 145.694, en el cargo de Farmacéutico Asistente del Hospital 9 de Julio de La Paz.
Designando a los profesionales que a continuación se mencionan de acuerdo a los ordenes de méritos producidos por el jurado farmacéutico actuante ya las opciones efectuadas a saber:
Farm. Claudio Cesar Vignola, DNI N
16.586.870, en el cargo de Farmacéutico Asistente del Hospital Castilla Mira de Viale, en forma efectiva.
F a r m . N o r m a Georgina Acebal, D N I N
10.572.812, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Nuestra Señora de Luján de Ramírez, en forma efectiva.
Farm. Aldo Alfredo Otero, DNI Nº 11.702.099, en el cargo de Farmacéutico Adjunto del Hospital Fidanza de Colonia Ensayo, en forma interina articulo 61 de la Ley 9190, vigente a la fecha del concurso.
Farm. Edith Gladis Analia Huizzi, DNI N
16.632.544, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital General Francisco Ramírez de San José de Feliciano, en forma Efectiva.
Farm. María Fernanda Ledesma, DNI N
29.574.805,en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Justo José de Urquiza de Federal, en forma efectiva.
Farm. Adriana Lucrecia Díaz, DNI N
16.182.300, Legajo N 140.256, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Centenario de Gualeguaychú, en forma efectiva.
Farm. Marcela Viviana Correa, DNI N
18.094.530, legajo N 144.836, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital Centenario de Gualeguaychú, en forma efectiva.
Farm. Irma Elida Echeverría, LC N
5.320.991, Legajo N 145.694, en el cargo de Farmacéutica Asistente del Hospital 9 de Julio de La Paz, en forma Efectiva.
Encuadrando, la presente gestión en lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley 9190 Carrera Profesional Hospitalaria, vigente a la fecha del concurso.
DECRETO Nº 4083 MS
Paraná, 3 de octubre de 2011
Convalidando, para el presente ejercicio, el convenio de Cooperación de Atención de la Salud suscripto entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos y la Municipalidad de Concordia aprobado por Decreto N
7824/07 MSAS.
Autorizando a la Dirección de Administración del Ministerio de Salud, a emitir libramiento de los fondos por la suma total de $ 945.600,00 y transfiriendo los fondos al Municipio de Concordia para aplicar al pago de las 12 cuotas mensuales de enero/11 a diciembre/11 por un importe mensual de $ 78.800,00 cada una.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por el Decreto N 7824/07 MSAS.
Facultando a la Dirección de Administración de este Ministerio a transferir los fondos al Municipio de Concordia por un importe men-

BOLETIN OFICIAL
sual de $ 78.800,00 con destino al cumplimiento del convenio convalidado, con cargo a rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
DECRETO Nº 4084 MS
Paraná, 3 de octubre de 2011
Reconociendo las funciones desempeñadas como jefa de División Unidad de Administración de Recursos de la Dirección General del Primer Nivel de Atención del Ministerio de Salud y el pago de los adicionales por responsabilidad funcional y falla de caja a favor de la agente María de los Angeles González, DNI Nº 23.279.116, Legajo Nº 130.988, categoría 5 Carrera Administrativa -Escalafón General, a partir del 1 de octubre de 2004 y hasta la fecha del presente.
Encuadrando el adicional por falla de caja reclamado en e l marco del Decreto -Ley 5982/77 ratificado por Ley 7499, como asimismo el adicional por responsabilidad funcional, en lo dispuesto por los Decretos Nº 4458/90
MGJOySP, anexo I - punto G, Nº 2426/04
GOB.
Facultando a la Dirección de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago de los adicionales interesados a la agente María de los Angeles González, DNI N
23.279.116, Legajo Nº 130.988, conforme a lo dispuesto.
DECRETO Nº 4085 MS
Paraná, 3 de octubre de 2011
Reconociendo a la Sra. Claudia Cristina Di Orio, DNI Nº 18.483.962 los haberes dejados de percibir durante el período 1.2.2005 al 22.3.2006.
Autorizando a la Dirección de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago de los haberes caídos a la Sra. Claudia Cristina Di Orio, DNI N 18.483.962, conforme a lo dispuesto.
DECRETO Nº 4086 MS
Paraná, 3 de octubre de 2011
Modificando la planta de cargos de personal permanente del presupuesto de la Administración Provincial, ejercicio 2011 de la Jurisdicción - 45 del Ministerio de Salud conforme a las planillas anexo III, las que agregadas forman parte integrante del presente.
Reubicando a partir de la fecha del presente con carácter transitorio y hasta tanto se dicte la reglamentación de la Ley N 9755 y modificatoria Nº 9811 y se dispongan los modos en que habrán de operarse los ajustes correspondientes para las adecuaciones al nuevo escalafón a la agente Yonson Noemí Celia DNI N
13.043.683, Legajo N 55.480 actual categoría 4 - Carrera Administrativa -Escalafón General en un cargo categoría 4 - Carrera Profesional - Tramo C - Escalafón General del Hospital San Martín de Paraná, en virtud a lo expuesto.
Autorizando a la Dirección de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar lo que corresponda a la agente Yonson, en concepto de lo dispuesto.
DECRETO Nº 4087 MS
Paraná, 3 de octubre de 2011
Aprobando la contratación directa -vía de excepciónde los servicios prestados por la firma Samo -Sistema de Atención Médica OrganizadaMinisterio de Salud Provincia de Buenos Aires, C.U.C.A.I.B.A. de La Plata, en concepto de concepto de trasplante alogénico de médula realizada al paciente Leguiza José Luis DNI N
34.015.187, derivado del Hospital San Martín de esta ciudad, con diagnóstico de aplasia medular severa y suministro de medicación fuera de módulo, en el mes de octubre/10, por la suma total de $ 132.592,28, según Facturas C Ns. 0066-00002122 y 0066-00002123 ambas del 27.4.10, obrantes a fs. 2 y 6 de autos,
Paraná, martes 24 de abril de 2012
debiendo realizar débitos por la suma total de $ 29.987,52.
Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 - texto único y ordenado, Decreto N
404/95 MEOSP - artículo 27 -inciso c - apartado b - punto 9 - concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP -artículos 133º, 134º y 142º -inciso 10 y Decretos Ns.
3521/09 y 1755/11 ambos MEHF y Decreto Nº 5780/03 SES.
Facultando a la Dirección de Administración del Ministerio de Salud, para que abone a favor de la firma Samo -Sistema de Atención Médica OrganizadaMinisterio de Salud Provincia de Buenos AiresC.U.C.A.I.B.A. de La Plata, la suma de $ 102.604,76, debiendo el prestador presentar nota de crédito por la suma de $
29.987,52, en concepto de lo dispuesto.
DECRETO Nº 4102 MS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 3 de octubre de 2011
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales las abogadas Maité Churruarín y Magali Olalla, apoderadas del Sr. Eduardo Néstor Arce, DNI
Nº 12.284.926, interpone recurso de revocatoria contra el Decreto Nº 3170/09 MSAS, por el que se le rechazó el recurso de apelación jerárquica contra la denegatoria de su reclamo de reconocimiento y pago del adicional por incompatibilidad parcial en el ejercicio de la profesión; y CONSIDERANDO:
Que de los antecedentes obrantes en autos y al examinar el presente caso desde el punto de vista formal, surge que a fs. 107/108 de autos la Administración Pública Provincial remitió carta documento a los fines de notificar el acto ahora cuestionado al quejoso, dirigiendo aquélla al domicilio legal constituido inicialmente en las presentes, sin reparar en que éste fue posterior y debidamente modificado, en razón del cambio de representación legal operado o decidido en las presentes, lo que a su vez determinó una nueva constitución de domicilio legal, en el domicilio donde se localiza el estudio jurídico de las letradas que continuaron y continúan a la fecha, interviniendo en representación del quejoso, por ende la notificación de referencia es nula;
Que a los fines de analizar la admisibilidad del recurso examinado y computar si éste fue presentado dentro del plazo de diez días hábiles previsto legalmente a esos fines, debe considerarse que el expediente fue otorgado en préstamo a la Dra. Olalla, en fecha 9 de noviembre de 2009, y ésta es la fecha que debe entonces estimarse como término inicial para efectuar ese computo, a su vez el recurso fue presentado por ante la Mesa de Entradas de la Gobernación en fecha 17 de noviembre de 2009, por lo que corresponde tenerlo por presentado en tiempo y forma y considerarlo admisible;
Que al tomar intervención la Fiscalía de Estado, dictaminó que el acto atacado fue dictado luego que desde la Dirección General de Personal dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, emitiera la opinión interesada sustentado en lo dispuesto en el Decreto Nº 8373/06 MEHF, expresando dicho organismo que: A su vez, conforme lo previsto en el Art. 2º del Decreto Nº 8373/06 MEHF, la reunión en cada caso particular de los extremos objetivos y de carácter subjetívo requeridos, por la normativa, deberá ser verificada por la autoridad de aplicación o Dirección General de Personal. Ello así, se aconseja devolver las actuaciones a esa dirección, para que proceda conforme lo dispuesto en el Art. 2º del citado acto, cumplimentado lo ordenado, la citada dirección ratificó la opinión que emitiera oportunamente y contraria, a la procedencia de la pretensión del quejoso;
Que en su presentación recursiva, las letradas apoderadas del quejoso sostienen que el

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/4/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date24/04/2012

Page count26

Edition count4777

First edition01/12/2003

Last issue28/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2012>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930