Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/11/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

d Sociedad continuadora: Tecnoneumáticos SRL con sede social en E. Carbó Nº 514, Crespo ER. Inscripción DIPJ ER Nº 2.166.
e Fecha compromiso previo de fusión: 03 de Febrero de 2011 y aprobadas por Asambleas Generales Extraordinarias celebradas el 28/08/2011 y ratificadas el 31/10/2011.
Alberto Aurelio Becker, contador público nacional Mat. Nº 1530 CPCEER.
F.C.S. 00078597 3 v./7.11.11

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA

C. DEL URUGUAY
GRAND HOTEL SRL
Renuncia de gerente y designación de nuevo de gerente.
Por disposición del señor Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se publica por una vez en Boletín Oficial el edicto siguiente:
En reunión de socios de GRAND HOTEL
SRL, CUIT 30-70811808-3, con domicilio legal y sede social en Eva Perón Nº 114, de C.
del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, celebrada el 5.7.11, se aceptó la renuncia del gerente señor Jorge Laurindo Germanier.
En su reemplazo se designó como gerente, por tiempo indeterminado, al señor Claudio Iglesias, Documento Nacional de Identidad Nº 12.673.624, quien aceptó desempeñarse como gerente a partir de la inscripción de su designación en el Registro Público de Comercio.
En consecuencia, se modifica la parte pertinente del primer párrafo de la cláusula quinta del contrato constitutivo así:
QUINTA: la dirección, administración y representación de la sociedad, estará a cargo del señor Claudio Iglesias, Documento Nacional de Identidad Nº 12.673.624, quien será gerente y tendrá el uso de la firma social en todos los casos precedida por el sello de la sociedad.
Podrá en consecuencia, adquirir bienes muebles y/o fondo de comercio, rubricar toda clase de contratos, presentarse en licitaciones públicas y privadas, conferir toda clase de poderes, operar con bancos oficiales y privados y celebrar en nombre de la sociedad todos los actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, con la única limitación de no comprometerla en operaciones ajenas al giro social, ni en fianzas o garantías a favor de terceros.
El principio general enunciado anteriormente no regirá para las operaciones que a continuación se detallan y para las cuales se requiere la autorización expresa de la mayoría del capital suscripto, para adquirir, vender o permutar bienes inmuebles, constituir, aceptar o reconocer hipotecas, prendas y demás derechos reales, endeudar a la sociedad en entidades financieras privadas u oficiales.
Todas las demás cláusulas del contrato constitutivo de Grand Hotel SRL, mantienen su plena vigencia.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 27 de octubre de 2011 - José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00078586 1 v./3.11.11

José de Feliciano, Provincia de Entre Ríos, reunidos los socios de TELEVISA FELICIANO
SRL y en virtud de la notificación de la Nota Nº Nº 1414 AFSCA-DGAL N/CLT11 Expediente Nº 1717 COMFER/09 de fecha 14 de setiembre de 2011 en relación a la transferencia de la titularidad de la licencia adjudicada a la Sra.
Nilda Etelvina Schiro, a favor de Televisa Feliciano SRL; el AFSCA Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual requiere, para la prosecución del trámite, que la cláusula tercera del contrato social de Televisa Feliciano SRL se adecue en virtud del dictado de la Ley Nº 26.522, establece en su Artículo 31, Inc c:
Tener por objeto social único y exclusivo la prestación y explotación de los servicios contemplados en la presente ley y otras actividades de comunicación salvo: 1 la excepción prevista en el artículo 30 se tratare de personas de existencia ideal sin fines de lucro y 2
que la actividad no vinculada a la comunicación audiovisual estuviese autorizada con anterioridad, en cuyo caso excepcionalmente se podrá continuar con dichas actividades, constituyendo a tales fines unidades de negocios separadas entre la actividad como licenciataria de comunicación audiovisual y las otras actividades dentro de una misma sociedad, llevando contabilidades separadas entre ambas actividades.
En tal sentido, la firma cesionaria deberá adecuar el objeto social en los términos antes mencionados.
Por lo antes expuesto, es necesario proceder a modificar el Artículo 3º -OBJETO SOCIALdel contrato social de la firma TELEVISA FELICIANO SRL inscripta en el registro Público de Comercio bajo Legajo Social Nº 11 -Feliciano;
los señores socios, resuelven dejar redactado el artículo tercero del contrato social de Televisa Feliciano SRL de la siguiente manera:
OBJETO SOCIAL - Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse, a la: instalación, prestación y explotación de servicios de comunicación audiovisual y cualquier otra prestación y explotación de los servicios contemplados en la Ley Nº 26.522 de SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y sus ampliatorias, complementarias y/o modificatorias o de las que la reemplacen en el futuro.
Realizar toda actividad comercial que esté directa o indirectamente relacionada con la televisión aérea o por cable, con la radiodifusión sonora en amplitud modulada o frecuencia modulada y con cualquier tipo de comunicaciones audiovisuales creadas o a crearse en el futuro, en el ámbito nacional e internacional.
Adquirir, distribuir e instalar equipos, elementos, artefactos, utensilios y mobiliarios referidos a cualquiera de las actividades que hacen al objeto social.
Constituir agencias de publicidad y de noticias con incumbencia en todo el territorio de la nación a los efectos de cumplir con su objeto social.
La Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 28 de octubre de 2011 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00078584 1 v./3.11.11

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVA

FELICIANO
TELEVISA FELICIANO SRL
Texto extractado para la publicación de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos del acta de modificación artículo Nº 3 del contrato social de TELEVISA FELICIANO SRL.
Por instrumento privado del día veintitrés de setiembre de dos mil once, en la ciudad de San
SUMARIO
DECRETOS
Año 2011
Gobernación 1509, 1510, 1511, 1512, 1513, 1514, 1515, 1516, 1517, 1518, 1519, 1520, 1521, 1522, 1523, 1524, 1525, 1526, 1527, 1528

Paraná, jueves 3 de noviembre de 2011

RESOLUCIONES
Año 2008
Secretaría de Salud 2303, 2326, 2329, 2330, 2331, 2348, 2353, 2354, 2355, 2356, 2357
Instituto Provincial de Discapacidad Año 2011
28, 33
Municipalidad de Paraná Año 2011
Decreto Nº 1482
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878
S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Registro de la Propiedad Intelectual 299.323.
Se edita los días hábiles.
JOSE C. PATRICIO GUASTAVINO
Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
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IMPORTANTE
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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/11/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date03/11/2011

Page count20

Edition count4777

First edition01/12/2003

Last issue28/06/2024

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