Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/7/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 8 de julio de 2011
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 82 GOB
DECLARANDO DE INTERÉS OBRA
Paraná, 9 de febrero de 2011
VISTO:
El Decreto Nº 2.855/10 GOB y la decisión del Gobierno Provincial de realizar en el marco de la política energética provincial, obras de ampliación a la Red Básica de Gas Natural por Gasoducto en los distintos Municipios de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que en mérito a ello resulta necesario comenzar la construcción de diversas obras, razón por la cual la Provincia ha decidido encarar la ejecución de la obra Ampliación red de distribución de gas natural primera etapa, para la localidad de Concordia, barrios La Cantera y Cabildo;
Que los pliegos técnicos para la obra citada, fueron realizados conforme a las técnicas dictadas por el ENARGAS, los planos de anteproyecto de extensión SKR-133-CON-S08 barrio La Cantera SKR-133-CONS-09 barrio Cabildo y demás documentación técnica aportada por la distribuidora Gas NEA S.A.;
Que la presente gestión es procedente en virtud de lo previsto en el punto 1, inciso II del acta acuerdo aprobado por la Ley Nº 9.295, y en el artículo 2 de la Ley Nº 8.916 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 9.289 y artículo 78, primer apartado, de la Ley Nº 8.916 modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 9.289;
Que por ello, una vez finalizada la construcción de la obra, la misma será entregada para su tenencia y uso por parte de la licenciataria;
Que en virtud a lo expresado en el artículo 78º de la Ley Nº 8.916, modificatorio del artículo 24º de la Ley 6.879 ratificado por la Ley Nº 7.512, corresponde declarar de Interés Provincial la obra Ampliación red de distribución de gas natural, primera etapa, para la localidad de Concordia, barrios La Cantera y Cabildo;
Que por Decreto 27 GOB de 2006 y su modificatorio 3.181 GOB de 2006, y la Resolución Nº 85/06 SE texto único y ordenado, fueron aprobados los pliegos general y complementario para regir en todo procedimiento de contratación de obra a realizar por el Estado Provincial, en licitaciones públicas;
Que en mérito a lo expuesto, la Secretaría de Energía por Resolución 020/11 SE, ratificó Resolución Nº 001/11 DDG por la que se aprueba la memoria descriptiva, pliego general de condiciones, pliego de especificaciones técnicas generales, pliego de especificaciones técnicas particulares anexos y planos de anteproyecto, anexos correspondientes y el presupuesto oficial que a enero/11 asciende a la suma de pesos dos millones seiscientos cuarenta mil quinientos cincuenta y cinco con 88/100 $
2.640.555,88;
Que corresponde encuadrar el procedimiento en las previsiones del artículo 12º, concordantes y siguientes de la Ley Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495, y su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y modificatorios; como así también en el artículo 17º, inciso a de la Ley Nº 5.140;
Que, por otra parte, resulta necesario designar la Comisión de Evaluación de las propuestas que se presenten a la Licitación Pública Nº 01/2011 y facultar al señor Secretario para que por resolución designe los integrantes de dicha comisión;
Que resulta necesario privilegiar cuestiones esencialmente humanitarias y sociales, por lo que este trámite amerita premura e inmediatez, para poder atender la urgencia del bien a alcanzar para los habitantes que aún carecen de este servicio indispensable para detentar una buena calidad de vida;

BOLETIN OFICIAL
Que conforme a lo expuesto precedentemente se autoriza el llamado a licitación pública con plazos de difusión abreviados por razones de urgencia, circunstancia prevista en el capítulo II, artículo 13º del Decreto Nº 795/96, reglamentario de las contrataciones del Estado, normativa que rige supletoriamente en materia de obras públicas;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección de Administración, el Área Contable y la Asesoría Legal de la Secretaría de Energía de la Gobernación y la Contaduría General de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárase de Interés Provincial la obra Ampliación Red de Distribución de Gas Natural, primera etapa, para la localidad de Concordia, barrios La Cantera y Cabildo.
Art. 2º Autorízase a la Secretaría de Energía de la Gobernación en su carácter de comitente, de acuerdo a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 6.351, ratificado por la Ley 7.495, a efectuar el llamado a Licitación Pública Nº 01/2011 para, contratar la ejecución de la obra Ampliación red de distribución de gas natural primera etapa, para la localidad de Concordia, barrios La Cantera y Cabildo y a realizar, todos y cada uno de los actos que sean necesarios hasta la finalización total de la obra premencionada, cuyo presupuesto oficial al mes de enero/2011, asciende a la suma de pesos dos millones seiscientos cuarenta mil quinientos cincuenta y cinco con 88/100 $
2.640.555,88 y el plazo de ejecución de la obra es de ciento veinte 120 días corridos; de conformidad a los pliegos general y complementario de condiciones aprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, modificado por Decreto Nº 3.181/06 GOB y Resolución Nº 85/06 SE, texto único y ordenado y Resolución Nº 20/11 SE
que ratificó la Resolución Nº 001/11 DDG por la que se aprueba la memoria descriptiva, pliego general de condiciones, pliego de especificaciones técnicas generales, pliego de especificaciones técnicas particulares anexos y planos de anteproyecto, anexos correspondientes y por la que se aprueba el presupuesto oficial a valores de enero de 2011, con ajuste a las prescripciones de los artículos 9º inciso a, 10º, inciso a punto 1 y 12º, primer párrafo del Decreto-Ley Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y artículo 17º inciso a del Decreto Nº 404/05 MEOySP, texto único y ordenado de la Ley Nº 5.140 de Administración Financiera, de los Bienes y Contrataciones.
Art. 3º Autorízase a la Secretaría de Energía a efectuar la publicación por dos 2 días con una antelación de siete días corridos a la fecha de apertura de la licitación pública que se autoriza por el artículo anterior, en el Boletín Oficial, en dos 2 diarios de la ciudad de Concordia y en dos 2 diarios de la ciudad de Paraná, de acuerdo a lo previsto en el capítulo II, artículo 13º del Decreto 795/96, reglamentario de las Contrataciones del Estado.
Art. 4º Facúltase al señor Secretario de Energía, para que por resolución designe la Comisión de Evaluación de las Ofertas, que se presenten a la Licitación Pública Nº 01/2010 la que estará integrada por un 1 representante de la Asesoría Legal, un 1 representante de la Dirección de Desarrollo Gasífero y un 1
representante de la Dirección de Administración de la Secretaría de Energía de la Gobernación.
Art. 5º Instrúyase a la Secretaría de Energía de la Gobernación y a la Dirección de Presupuesto a efectuar las previsiones presupuestarias correspondientes para dar continuidad al presente plan de ampliación en ejercicios futuros, acorde al cronograma de obras que se determine.
Art. 6º La erogación que demande esta contratación será atendida con recursos del
3 Fondo de Desarrollo energético de Entre Ríos, creada por Ley Nº 6.879/82 y ratificada por la Ley Nº 7.512 con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 8.916.
Art. 7º Impútase el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente: Dirección de Administración 968 Carácter 1 Jurisdicción 10 Subjurisdicción 04 Entidad 0000 Programa 16 Subprograma 00 Proyecto 03 Actividad 00 Obra 57 Finalidad 4 Función 11
Fuente de Financiamiento 13 Subfuente 0322
Inciso 4 Partida Principal 2 Partida Parcial 2
Subparcial 000 Departamento 99 Ubicación Geográfica 99 - $ 679.194,75.
Dirección de Administración 968 Carácter 1
Jurisdicción 10 Subjurisdicción 04 Entidad 0000 Programa 16 Subprograma 00 Proyecto 03 Actividad 00 Obra 57 Finalidad 4 Función 11 Fuente de Financiamiento 13
Subfuente 0422 Inciso 4 Partida Principal 2
Partida Parcial 2 Subparcial 000 Departamento 99 Ubicación Geográfica 99 - $
1.961.361,13.
Art. 8º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 9º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes a la Secretaría de Energía de la Gobernación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 83 GOB
Paraná, 9 de febrero de 2011
Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de $ 20.000,00 a la Municipalidad de Concordia, en la persona de su Presidente Municipal, señor Gustavo Eduardo Bordet, MI
Nº 14.998.054, domiciliado en calle Urquiza Nº 867 de esa ciudad, con destino a reintegrar el aporte otorgado a los organizadores de la Fiesta de los Estudiantes Concordienses, llevada a cabo los días 20 y 21 de septiembre de 2010, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectiva al Presidente Municipal, señor Gustavo Eduardo Bordet, la suma determinada.
DECRETO Nº 84 GOB
Paraná, 11 de febrero de 2011
Otorgando un subsidio por la suma total de $
30.000,00, a la Cooperativa de Servicios Públicos Piedras Blancas Limitada, con domicilio en avenida Tuyango Nº 420 de la localidad de Piedras Blancas, Departamento La Paz, en la persona de su presidente, señor Alberto Armando Mansilla, MI Nº 16.081.185, domiciliado en la mencionada localidad, con destino a la atención de gastos por la compra de bombas dosificadoras, bomba sumergible, boba centrífuga, electrobomba, tablero de comando, equipo clorador y gastos por instalaciones electromecánicas, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente, a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectiva al presidente de la cooperativa, señor Alberto Armando Mansilla, la suma determinada.
DECRETO Nº 85 GOB
Paraná, 11 de febrero de 2011
Otorgando un subsidio por la suma total de $
59.000,00, al Club Deportivo Juventud Unida, con domicilio en calle Schachtel y Colombo, de la ciudad de Gualeguaychú, en la persona de su presidente, señor Jorge Martín Lonardi, MI
Nº 25.018.823, domiciliado en calle 25 de Mayo Nº 1.423 de esa localidad, con destino a

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/7/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date08/07/2011

Page count22

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