Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado por el actor en fecha 27 de diciembre de 2006, encontrándose a su entender paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08
SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, no ha sido factible agregar ficha del Sistema Informático de Seguimiento de Expedientes, dado que no consta en el mismo ningún registro de trámite relacionado con el reclamo que se urge en esta instancia;
Que no obstante ello y según los dichos del quejoso en su escrito recursivo, nunca obtuvo una respuesta de parte del ente previsional pese a haber transcurrido más de un año de su presentación;
Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días resolver el trámite pendiente;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del señor Abelardo Alberto Mosqueda, con domicilio legal constituido en calle Córdoba Nº 667, piso 1, departamento A, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un trámite jubilatorio presentado por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 4º --