Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/8/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

VISTO:
La necesidad planteada por la Dirección General de Arquitectura y Construcciones de rescindir de común acuerdo el contrato de Obra Pública, con la Empresa Malvicino S.A.
contratista de la obra "Construcción Complejo Polideportivo 1 Etapa - estructura de hormigón armado, Concordia, Departamento Concordia", que fuera oportunamente adjudicada a la citada empresa mediante Decreto N 5621/05 MGJEOSP; y CONSIDERANDO:
Que en referencia a lo mencionado se suscribió un Acta acuerdo entre la Dirección General de Arquitectura y Construcciones y la Empresa Malvicino SA;
Que en la misma se plasman las distintas cláusulas que contienen las obligaciones que deben cumplimentar, tanto la Dirección General de Arquitectura y Construcciones y la empresa contratista a los fines de dejar debidamente ordenada la entrega de la obra ejecutada, certificaciones finales, las debidas renuncias a reclamos posteriores por parte de la contratista, demás acciones técnicas y administrativas que se deben asumir como previo a dar por concluida la obra;
Que la rescisión se acuerda en un marco de previsión, atento a que la obra se ha paralizado y no tiene avance por distintos motivos técnicos, fundamentados por los profesionales intervinientes de la Dirección General de Arquitectura y Construcciones;
Que en consecuencia y para no afectar el derecho de la Empresa Malvicino SA ni el del Estado Provincial, se suscribió el acta mencionada, lo que permitirá avanzar rápidamente en la adecuación del proyecto original a las nuevas opciones que este tipo de obras demandan, para lograr un aprovechamiento máximo, tanto de la inversión como de la infraestructura existente, atendiendo a la dinámica de cambios en este tipo de emprendimientos;
Que acorde con lo establecido por las partes intervinientes, el acta de rescisión obtendrá plena vigencia y en consecuencia surtirá todos los efectos, una vez ratificada mediante decreto por este Poder Ejecutivo;
Que la presente gestión encuadra en las previsiones del Art. 78 de la Ley de Obras Públicas N 6351, ratificada por Ley 7495;
Que ha tomado intervención la Zonal Concordia de la Dirección General de Arquitectura y Construcciones, el Departamento Legal de la misma repartición y la Asesoría Legal de la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos, en cuanto al análisis del proyecto de decreto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Ratifícase el acta celebrada el día 09 de noviembre de 2007, entre la Dirección General de Arquitectura y Construcciones y la Empresa Malvicino SA que como anexo forma parte del presente decreto, por el cual se pacta la rescisión de común acuerdo del contrato de la obra "Construcción Complejo Polideportivo 1 Etapa - estructura

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/8/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date22/08/2008

Page count83

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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