Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/5/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PARANA, viernes 9 de mayo de 2008 - Nº 24.021 - 088/08
SUMARIO
DECRETOS
Año 2008
Ministerio de Salud y Acción Social 537, 538
Ministerio de Salud y Acción Social DECRETO Nº 537 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 7 de febrero de 2008
VISTO:
El recurso de apoderado legal Resolución Nº Pensiones de la
apelación jerárquica interpuesto por el de la Sra. María Elena Hernández, contra la 3101/06 de la Caja de Jubilaciones y Provincia de Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal y atento a que se carece de constancia de diligenciamiento del mismo, corresponde tenerlo por interpuesto en legal tiempo y forma, en virtud del principio de formalismo moderado que impera en el derecho administrativo;
Que la recurrente se agravia contra la resolución de la Caja de Jubilaciones y Pensiones que rechaza su reclamo de reconocimiento y pago de haberes previsionales retroactivos a la fecha en que se encontraba en condiciones de gozar del beneficio y hasta la fecha de su primer haber previsional, como así también que le rechazó la liquidación y pago del haber mínimo conforme lo estatuido en el Art. 11º de la Ley Nº 8107
y de liquidación y pago del porcentual correspondiente al adicional no remunerativo dispuesto por Decreto Nº 2505/04 MEHF;
Que en este sentido podemos decir que la Fiscalía de Estado ya se ha expedido en reclamos similares al presente mediante los Dictámenes Nº 0356 y 1107 FE, en cuya oportunidad sostuvo que resulta conveniente resaltar que el recurso en cuestión tiene por objeto el control por el superior jerárquico de la legitimidad de los actos, en este caso, de un ente autárquico, sujeto a control administrativo que en materia de entidades de este tipo reemplaza al "control o poder jerárquico"
de la administración centralizada;
Que el acto administrativo, según su objeto, puede responder a dos tipos: "legitimidad" y "oportunidad, mérito o conveniencia";
Que respecto de los supuestos que involucran decisiones de entes autárquicos creados por ley, la doctrina sostiene que solo procede por parte del Poder Ejecutivo, el control de legitimidad que le permite analizar la armonía del acto en cuestión con el derecho objetivo;
Que en función de lo mencionado ut supra, no se encuentran motivos suficientes para revocar la decisión que tomó la administración con el dictado de la Resolución Nº 3101/06

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/5/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date09/05/2008

Page count74

Edition count4780

First edition01/12/2003

Last issue03/07/2024

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