Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/2/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- Autorízase a la Dirección de Administración de la Dirección General de Rentas, a efectuar las liquidaciones y pagos pertinentes al agente Benítez Ramón Alcides, con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
Art. 6º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 7º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General de Rentas a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI
- Diego E. Valiero MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
DECRETO Nº 3261 MSAS
- HACIENDO LUGAR A RECURSO
- Paraná, 3 de julio de 2007
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la señora Nelly Desideria Acevedo y otras; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la autoridad administrativa, en este caso la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de las actoras que se tramita como Expediente RU Nº 592.393;
Que resulta procedente la consideración del presente recurso por ser la Caja de Jubilaciones y Pensiones un ente sometido a contralor de legitimidad o de mérito por parte del Poder Ejecutivo, dándose los extremos legales exigidos para proceder al análisis del urgimiento intentado;
Que del análisis de las presentes surge que no se ha cumplido con las disposiciones del artículo 4º de la Ley Nº 7060, por lo que a los fines de subsanar dicha falencia se remitieron los actuados al Área Mesa de Entradas de la Gobernación, quien refiere al párrafo segundo de fojas 1º, por el que los apoderados manifiestan que la Carta Poder fue presentada al iniciar d reclamo en el organismo previsional;
Que atento a lo expuesto y por tratarse el presente de un recurso interpuesto por los apoderados ante la inacción de la Administración Pública para resolver la cuestión de fondo y, en mérito a que los antecedentes del caso fueron requeridos oportunamente al ente previsional por Memorándum Nº 105/07 sin obtener respuesta alguna, es que corresponde hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo el organismo imputado de moroso resolver la cuestión de fondo planteada en un plazo perentorio de veinte 20 días, notificando a las actoras de ello;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado intervención de su competencia en el sentido expuesto;
Por ello;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/2/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/02/2008

Page count82

Edition count4786

First edition01/12/2003

Last issue12/07/2024

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