Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2007
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Que por todo lo expuesto, corresponde en esta instancia ratificar el convenio oportunamente celebrado;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Ratifícase el convenio celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y la Dirección de Estadística y Censos de la Provincia de Entre Ríos, representados para este acto por sus directores doctor Lelio Alberto Marmora y licenciada Graciela Laura Mingo de Bevilacqua, respectivamente, el que agregado como anexo I
forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º -- Impútase la erogación resultante de lo dispuesto en el presente, a la cuenta: Dirección de Administración 957, Carácter 1, Jurisdicción 30, Subjurisdicción 00, Entidad 0000, Programa 18, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 80, Fuente de Financiamiento 13, Subfuente de Financiamiento 418, Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial 9, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección de Estadística y Censos, a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI
- Diego E. Valiero Ministerio de Salud y Acción Social DECRETO Nº 8805 MSAS
- CONCEDIENDO BENEFICIO
- Paraná, 28 de diciembre de 2006
VISTO:
Las presentes actuaciones elevadas por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, relacionadas con la solicitud efectuada por la señora Ofelia Yolanda Pellegrini, al régimen de la Ley Nº 8107; y CONSIDERANDO:
Que según se informa en autos, la solicitante ha reunido los requisitos establecidos por el artículo Nº 5 de la norma anteriormente citada, para hacerse acreedora al beneficio interesado, como asimismo ha cumplimentado los requisitos exigidos por los artículos correlativos de los Decretos Nº 765/89 MGJOSP, 4076/89 MGJOSP, 3371/90 MEH y 2108/91 MEH;
Que por lo expresado corresponde convalidar el beneficio aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, habiendo intervenido la Dirección