Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/1/2005
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Que por todo lo expuesto, corresponde sobreseer al encartado de los cargos enrostrados en el presente sumario, en virtud de haberse justificado sus inasistencias laborales, conforme lo atestiguado por los profesionales médicos citados, no encontrándose en consecuencia su conducta incursa en la causal prevista por el artículo 40º, inciso c del Decreto Nº 5703/93
MGJE, de la Ley 3289 y modificatorios;
Que atento a la dolencia que padece el agente Esquivel, deberá realizarse una junta médica a los fines de determinar el grado de incapacidad que detenta, como así también si puede cumplir con sus tareas laborales en el Hospital "San Martín", de Paraná;
Que la Comisión Asesora de Disciplina, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Apruébase y dáse por finalizado el sumario administrativo dispuesto instruir mediante Decreto Nº 3402/99 MSAS, conforme las consideraciones expuestas precedentemente.
Art. 2º -- Sobreséase al agente Ricardo Esquivel, legajo Nº 107.965, categoría 9, personal obrero y maestranza, Escalafón General, con funciones en el Hospital "San Martín", de Paraná, por no encontrarse su conducta incursa en lo dispuesto por el artículo 40º, inciso c del Decreto Nº 5703/93 MGJE, cuerpo único y ordenado de la Ley 3289 y modificatorios.
Art. 3º -- Dispónese la realización de una junta médica a través de la Comisión Médica Unica dependiente de la Subsecretaría de Trabajo, al agente Ricardo Esquivel, legajo Nº 107.965, categoría 9, personal obrero y maestranza, Escalafón General, con funciones en el Hospital "San Martín", de Paraná, a los fines de determinar el grado de incapacidad que lo aqueja como así también si puede cumplir con sus tareas laborales, en el nosocomio.
Art. 4º -- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 5º -- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Graciela D.L. de Degani - ------