Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 18/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.903
Que a fs. 42/46 la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas, adjuntó Planilla de Cálculos Diferencias y Nuevos Valores VDC
INTERNACIONAL SRL, Cuadro de Evolución del Gasto y reporte del SIIF donde se visualiza que la partida especí ca a la que se imputan los pagos a la rma, cuenta con saldo su ciente para el presente Ejercicio 2023.
Que a fs. 47 el Socio Gerente de la rma VDC
INTERNACIONAL SRL comunicó la aceptación de todos los términos planteados para la readecuación del contrato, prestando conformidad en referencia al coe ciente propiciado en los Informes de la Contaduría General de la Provincia y a las Planillas resultantes de su aplicación, practicadas por la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas, obrantes a fs. 40/43.
Que a fs. 48 y vta. intervino nuevamente la Dirección de Asesoría Legal Jurisdiccional, y auspició el dictado del presente decreto, mediante el Dictamen N 1328 de fecha 11 de agosto de 2023; y a fs. 49 se adjuntó el Comprobante de Contabilidad del Gasto N 025483/2023 por la suma total de PESOS CIEN MILLONES
CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS $
100.426.500,00, correspondiente a los pagos a imputarse al Ejercicio 2023, conforme a la readecuación de precios, en virtud de la Licitación Pública N 05/2021.
Que a fs. 51/54 se agregó proyecto de decreto; a fs. 75 se expidió la Fiscalía de Estado, a través del Dictamen N
02499 de fecha 27 de septiembre de 2023, sin objeción al trámite de autos; y a fs. 76 y vta. el Ministro de Hacienda y Finanzas, en virtud de los artículos 6 y 9 de la Ley N
6.233, aconsejó el dictado del presente decreto.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE la Readecuación de los Valores de la Contratación con la empresa VDC
INTERNACIONAL SRL-CUIT N 30-71006258-3, en virtud de la Planilla de Precios Sugeridos Estimación In ación Anual 60% Semestres 2, 3 y 4 - Contratación Salud Ocupacional practicada a fs. 41 por la Contaduría General de la Provincia; de conformidad a lo prescripto en el artículo 9 del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública N 05/2021 adjudicada a la rma por el plazo de veinticuatro 24 meses, por Decreto N 1.626
de fecha 10 de junio de 2022.
ARTÍCULO 2: AUTORÍZASE la Readecuación del Valor de la Contratación con la rma VDC INTERNACIONAL
SRLCUIT N 30-71006258-3, a partir del 16 de diciembre de 2022 al 15 de junio de 2023, en la suma mensual de PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS $ 12.542.500,00 2 semestre; a partir del 16 de junio de 2023 al 15 de diciembre de 2023, en la suma mensual de PESOS DIECISEIS MILLONES
TRESCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $
16.305.250,00-3 semestre; y a partir del 16 de diciembre de 2023 al 15 de junio de 2024, en la suma mensual de PESOS VEINTIÚN MILLONES CIENTO
NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO $
21.196.825,00 4 semestre.
ARTÍCULO 3: AUTORÍZASE el pago a favor de la rma
CORRIENTES, 18 DE DICIEMBRE DE 2023

VDC INTERNACIONAL SRLCUIT N 30-71006258-3, por la suma total de PESOS CIEN MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTISEIS MIL QUINIENTOS $ 100.426.500,00, en concepto de readecuación del precio, correspondiente a los pagos a imputarse al Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 4: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a emitir los correspondientes Comprobantes de Contabilidad del Gasto, que serán abonados por la Tesorería General de la Provincia con cargo a la partida especí ca del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 6: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro O cial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, al Honorable Tribunal de Cuentas, a la Contaduría General de la Provincia, y pásese a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini
Decreto Nº 3075
Corrientes, 17 de noviembre 2023
Visto:
El expediente N 148-00752-2023 del registro del Obras y Servicios Públicos; y Considerando:
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos solicita un refuerzo presupuestario con el objeto de contar con saldo presupuestario su ciente para la ejecución de varias obras en el interior provincial.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para afrontar las obras mencionadas.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2.023 faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modi caciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justi cadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modi caciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
A R T Í C U LO 1 : A P R U É B A S E l a m o d i c a c i ó n presupuestaria de gastos N 327/2023 de la Jurisdicción 02Ministerio de Hacienda y Finanzas, la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.

PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 18/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date18/12/2023

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Edition count512

First edition09/11/2020

Last issue25/06/2024

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